Detalle de la norma RG-2175-2006-AFIP
Resolución General Nro. 2175 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2006
Asunto Importación para consumo de gas natural
Boletín Oficial
Fecha: 20/12/2006
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución General N° 2175

15/12/2006

Fecha:

20/12/2006

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Dependencia:

RG-2175-2006-AFIP

Tema

 

Tema:

IMPUESTOS

Asunto:

Destinaciones definitivas de importación para consumo de gas natural por gasoductos. Resolución General Nº 1875. Su derogación.

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VISTO la Actuación SIGEA Nº 13289-22158-2005 del Registro de esta Administración Federal y las Resoluciones Generales Nº 1706 y Nº 1875, y

CONSIDERANDO:

Que la resolución general citada en primer término estableció un procedimiento específico aplicable a las operaciones de importación definitiva de gas natural por gasoducto, atento sus especiales características.

Que en tal sentido, prevé que en todos los puntos de entrada y salida de los gasoductos utilizados para el transporte de gas natural se deben instalar medidores de volumen y valor calórico, a efectos del control del gas ingresado y extraído.

Que la Resolución General Nº 1875 autorizó, con carácter provisorio y excepcional, el uso de un sistema de medición único instalado en territorio Boliviano, para el control de las cantidades de gas natural que se importen para consumo utilizándose para su transporte el gasoducto Madrejones Campo Durán, debido a que en ese momento se estaban realizando obras tendientes a la instalación de un punto de medición fiscal en el territorio Argentino.

Que a su vez, dispuso que la aludida autorización tendrá vigencia hasta que se produzca la instalación del punto de medición fiscal en la localidad de Campo Durán, Provincia de Salta.

Que el mencionado punto de medición fiscal actualmente se encuentra instalado y habilitado.

Que consecuentemente, corresponde dejar sin efecto la autorización otorgada por la Resolución General Nº 1875.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Técnico Legal Aduanera, de Operaciones Aduaneras del Interior y de Asuntos Jurídicos y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

Artículo 1º — Déjase sin efecto la Resolución General Nº 1875.

Art. 2º — Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia al Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, y al Ente Nacional de Regulación del Gas. Cumplido, archívese. — Alberto R. Abad.

 

 

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Deroga RG-1875-2005-AFIP Importación para consumo de gas natural