Detalle de la norma RG-2120-2006-AFIP
Resolución General Nro. 2120 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2006
Asunto Importaciones de Prod.Originarios del Paraguay DC-4-2005-CMC
Boletín Oficial
Fecha: 07/09/2006
Detalle de la norma
Administración Federal de Ingresos Públicos

Administración Federal de Ingresos Públicos

ADUANAS

Resolución General 2120

Mercosur - Decisión del Consejo del Mercado Común Nº 4/2005 (CMC) y su Fe de Erratas Nº 8/2005. "Medidas de Agilización para Importaciones de Productos Originarios del Paraguay". Su incorporación al ordenamiento jurídico interno.

Bs. As., 4/9/2006

VISTO las Actuaciones SIGEA Nros. 13288- 1182-2005 y 13288-1539-2005/1 del Registro de esta Administración Federal, la Decisión Nº 04 del Consejo del Mercado Común (CMC) del 19 de junio de 2005 y la Fe de Erratas Nº 08 del 2 de septiembre de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que a efectos de facilitar las exportaciones paraguayas hacia los mercados de la Región y en búsqueda de la transparencia del comercio exterior y optimización de los recursos con que cuenta, la República del Paraguay se encuentra abocada al desarrollo del Programa de Simplificación de Trámites de Exportación.

Que en tal sentido el Consejo del Mercado Común dictó la citada Decisión Nº 04/05 (CMC), referida a las "Medidas de Agilización para Importaciones de Productos Originarios del Paraguay" con su Fe de Erratas Nº 08/05.

Que en virtud de lo establecido en la Decisión Nº 20 del Consejo del Mercado Común (CMC) del 6 de Diciembre de 2002, resulta necesario incorporar al ordenamiento jurídico nacional la mencionada Decisión Nº 04/05 (CMC).

Que dicha incorporación implicará la adopción de las medidas tendientes a su efectivo cumplimiento.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Técnico Legal Aduanera, de Control Aduanero y de Asuntos Jurídicos y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de Julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL

DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Incorpórase al ordenamiento jurídico nacional la Decisión Nº 04 del Consejo del Mercado Común (C.M.C.) del 19 de junio de 2005 con la Fe de Erratas Nº 08 del 2 de septiembre de 2005 "Medidas de Agilización para importaciones de Productos Originarios del Paraguay", la cual se consigna como Anexo que se aprueba y forma parte de la presente.

Art. 2º — Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia al Ministerio de Economía y Producción, al Grupo Mercado Común — Sección Nacional—, a la Secretaría Administrativa de la ALADI (Montevideo R.O.U.) y a la Secretaría del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones de Aduanas de América Latina, España y Portugal (México D.F.). Cumplido, archívese. — Alberto R. Abad.

ANEXO RESOLUCION GENERAL Nº 2120

MERCOSUR/CMC/DEC Nº 04/05

SECRETARIA DEL MERCOSUR

RESOLUCION GMC Nº 26/01 - ARTICULO 10

FE DE ERRATAS - COPIA CERTIFICADA

MEDIDAS DE AGILIZACION PARA IMPORTACIONES

DE PRODUCTOS

ORIGINARIOS DEL PARAGUAY

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 26/03 y Nº 13/04 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 17/04 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que conforme a la Decisión CMC Nº 26/03 "Programa de Trabajo del MERCOSUR 2004 - 2006", los Estados Parte se han comprometido a "identificar medidas de cooperación e información con respecto a medidas técnico-administrativas con miras a facilitar las exportaciones Paraguayas hacia los mercados de la Región".

Que, en la búsqueda de la transparencia del comercio exterior y en la optimización de los recursos con que cuenta, la República del Paraguay se encuentra abocada al desarrollo del Programa de Simplificación de Trámites de Exportación, con el objetivo de concretar el Sistema de Ventanilla Unica del Exportador, que permitirá el registro de datos relacionados al proceso de producción y exportación; así como la generación de autorizaciones electrónicas de los organismos intervinientes en dichos procesos.

Que en ocasión de las reuniones realizadas en el marco de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, el Comité Técnico Nº 2 "Asuntos Aduaneros", Sub Comité de Informática Aduanera, se han establecido protocolos de interconexión informática entre los servicios aduaneros de los Estados Parte, que permiten generar procesos de simplificación del comercio intrazona.

Que la disponibilidad de información obtenida permitirá a las Administraciones Aduaneras de los Estados Parte, disponer de la información oficial necesaria para la agilización de los procesos de importación al momento del desaduanamiento.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN

DECIDE:

Art. 1 - A partir del 1 de enero de 2006, la República del Paraguay pondrá a disposición de las Administraciones de Aduanas de los demás Estados Parte, los datos referentes a exportadores, productores, productos y establecimientos, contenidos en el Sistema de Ventanilla Unica del Exportador.

Art. 2 - La información que refiere el artículo 1, estará disponible mediante procedimientos de consultas conforme a los protocolos de interconexión establecidos entre los Sistemas Informáticos de las Aduanas, de los Estados Parte.

Art. 3 - Los Estados Parte instruirán a sus Administraciones Aduaneras a implementar las medidas técnico-administrativas que sean necesarias para efectuar la consulta de los datos referidos en el artículo 2, a partir de la disponibilidad de los mismos, con miras a facilitar el comercio de productos originarios del Paraguay hacia los mercados de la región.

Art. 4 - Los datos que podrán ser objeto de consultas conforme al artículo 3, se encuentran detallados en el Anexo a la presente Decisión.

Art. 5 - Los Estados Parte deberán incorporar la presente Decisión a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes del 1/I/2006.

XXVIII CMC - Asunción, 19/VI/05

ANEXO

REGISTRO DE EMPRESAS, PRODUCTOS Y ESTABLECIMIENTOS

1. DATOS A NIVEL DE EMPRESAS (PRODUCTORAS Y EXPORTADORAS)

- TIPO DE DOCUMENTO (RUC, CEDULA DE IDENTIDAD, OTROS)

- NUMERO DEL DOCUMENTO

- NOMBRE O RAZON SOCIAL DE LA EMPRESA

- TIPO DE EMPRESA (FISICA, JURIDICA)

- NOMBRE COMERCIAL O NOMBRE DE FANTASIA

- SITIO WEB

-TELEFONOS

- NUMERO DE FAX

- CORREO ELECTRONICO

- DIRECCION

- TIPO DE EXPORTADOR (CASUAL Y PERMANENTE)

1.1 DOCUMENTOS DIGITALIZADOS POR EMPRESAS

- ESCRITURA DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD

- PATENTE MUNICIPAL

- REGISTRO UNICO DEL CONTRIBUYENTE

1.2 PERSONAS AUTORIZADAS POR EMPRESAS

- TIPO Y NUMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD

- FECHA DE INICIO COMO CONTACTO DE LA EMPRESA

- CARGO

- CEDULA DE IDENTIDAD DIGITALIZADA

2. ESTABLECIMIENTOS Y PRODUCTOS

2.1 DATOS GENERICOS DEL PRODUCTO

- CODIGO (El Clasificador que manejamos, es el emitido por UNSPSC

(United Nations Standard Products and Services Code).

- NOMBRE TECNICO DEL PRODUCTO

- NOMBRE EN INGLES

- PERECEDERO SI O NO

- PARTIDA ARANCELARIA

2.2 DATOS DEL ESTABLECIMIENTO

- NOMBRE

- PAIS

- DEPARTAMENTO

- CIUDAD

- DIRECCION

- TELEFONOS

- EMAIL

2.2.1 ACTIVIDADES POR ESTABLECIMIENTOS

- CODIGO Y NOMBRE DE ACTIVIDAD

2.2.1.1 HABILITACION POR ACTIVIDAD

- INSTITUCION QUE HABILITA

- FECHA DE REGISTRO

2.2.2 PRODUCTOS Y MARCAS, POR ESTABLECIMIENTOS

- CODIGO DE PRODUCTO

- NUMERO DE REGISTRO DE LA MARCA

- FECHA DE REGISTRO

2.2.2.1 COMPOSICION DEL PRODUCTO

- DESCRIPCION DEL COMPONENTE

- CANTIDAD

- UNIDAD DE MEDIDA

2.2.2.2 PRESENTACION DEL PRODUCTO

- DESCRIPCION DE PRESENTACION

- CANTIDAD

- UNIDAD DE MEDIDA

- PESO UNITARIO, PESO BRUTO, PESO NETO

- ALTO, ANCHO, LARGO

- TIPO DEL MATERIAL

2.2.2.3 DATOS ADICIONALES DEL PRODUCTO

3 PERSONAS

- TIPDOC: Tipo de Documento

- NRODOCID: Número de Documento

- NOMBRES: Nombres de la persona

- APELLIDOS: Apellidos de la persona

- DIRECCION: Dirección

- TELEFONOS: Teléfonos

- MOVIL: Teléfono móvil

- EMAIL: Dirección de correo electrónico

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