Detalle de la norma RG-2061-2006-AFIP
Resolución General Nro. 2061 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2006
Asunto Clasificación arancelaria de las mercaderías segun cirterio NCM
Boletín Oficial
30916 Fecha: 31/05/2006
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución 2059

29/05/2006

Fecha:

31/05/2006

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Dependencia:

RE-2059-2006-AFIP

Tema

 

Tema:

NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR

Asunto:

Clasificación arancelaria de mercaderías en la citada nomenclatura, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución General Nº 1618.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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VISTO el Expediente Nº 1-252592-2005, las Actuaciones ADGA Nº 412192/04, Nº 414402/04 y Nº 422439/04, y las Actuaciones SIGEA Nº 13289-464-2005, Nº 13289-5766-2005, Nº 12116-66-2005, Nº 12116-249-2005 y Nº 12119-82-2005, todos ellos del registro de esta Administración Federal o, en su caso, del registro de la Dirección General de Aduanas, correspondientes al procedimiento de consulta de clasificación arancelaria de determinadas mercaderías en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) y la Resolución General Nº 1.618, y

CONSIDERANDO:

Que la clasificación arancelaria de las mercaderías a que se refieren las citadas actuaciones, se ha efectuado de acuerdo con el procedimiento previsto por la Resolución General Nº 1.618, conforme a las constancias que obran en el mencionado expediente.

Que a tal fin, se emitieron los Criterios de Clasificación Nros. 22/05 al 29/05, según corresponda.

Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia, aconsejan resolver en un solo acto resolutivo las referidas consultas de clasificación arancelaria de mercaderías.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Técnico Legal Aduanera y de Asuntos Jurídicos.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618, del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Por ello;

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

Artículo 1º — Ubícase en la Posición Arancelaria NCM 8531.10.10 a la siguiente mercadería: alarma contra incendio conformada por unidad de proceso digital con comunicación serie de datos para sensores y actuadores, unidad de entrada (teclado), unidad de salida (“display”), dispositivos de señalización visual, micrófono para aviso de evacuación y microteléfono (hand-set); todo ello alojado en un gabinete metálico, conforme Criterio de Clasificación Nº 22/05, recaído en la Actuación

ADGA Nº 412192/04 del registro de la Dirección General de Aduanas, dependiente de esta Administración Federal.

Art. 2º — Ubícase en la Posición Arancelaria NCM 8705.20.00 a la siguiente mercadería: camión automóvil con equipo montado para tareas de sondeo o perforación de pozos petroleros, de cuatro ejes, cabina de conducción que agrupa algunos comandos de la máquina y los órganos de conducción del vehículo, motor de propulsión diesel que acciona la máquina de trabajo, caja de cambio de velocidades, órganos de dirección y frenado, sistema de comandos hidráulicos, transmisión con convertidor hidráulico y sistema de amortiguación con suspensión en tándem, conforme Criterio de Clasificación Nº 23/05, recaído en la Actuación ADGA Nº 414402/04 del registro de la Dirección General de Aduanas, dependiente de esta Administración Federal.

Art. 3º — Ubícase en la Posición Arancelaria NCM 5407.10.19 a la siguiente mercadería: tejido de trama y urdimbre de aproximadamente 400 g/, constituido por 70% filamentos de poliéster y 30% filamentos de poliamida, aproximadamente, a dos cabos retorcidos de alta tenacidad, impregnado con estireno butadieno, no perceptible a simple vista, conforme Criterio de Clasificación Nº 24/05, recaído en la Actuación ADGA Nº 422439/04 del registro de la Dirección General de Aduanas, dependiente de esta Administración Federal.

Art. 4º — Ubícase en la Posición Arancelaria NCM 3926.90.90 a la siguiente mercadería: red extruida de plástico presentada en forma tubular, de los tipos utilizados para el embalaje de flores y plantas, conforme Criterio de Clasificación Nº 25/ 05, recaído en la Actuación SIGEA Nº 13289-464- 2005 del registro de esta Administración Federal.

Art. 5º — Ubícase en la Posición Arancelaria NCM 9504.10.10 a la siguiente mercadería: juego o surtido conformado por un videojuego de los tipos utilizados con receptor de televisión, apto para leer discos de lectura por rayo láser grabados con los formatos DVCD, VCD, CD y CDI, con salidas de señal de T.V. en normas NTSC/PAL y función de karaoke, presentado con dos módulos de control, un apuntador con forma de arma de fuego, un micrófono, cables de conexión, un mando a distancia (control remoto) y un disco acompañado por una solución que permiten la limpieza del dispositivo de lectura y manual de uso, en la Posición Arancelaria NCM 8524.39.00 a la siguiente mercadería: disco para sistema de lectura por rayo láser grabado con sonido e imagen y en la Posición Arancelaria NCM 8524.32.00 a la siguiente mercadería: disco para sistema de lectura por rayo láser grabado únicamente con sonido, conforme Criterio de Clasificación Nº 26/05, recaído en la Actuación SIGEA Nº 13289-5766-2005 del registro de esta Administración Federal.

Art. 6º — Ubícase en la Posición Arancelaria NCM 1901.90.90 a la siguiente mercadería: preparación alimenticia a base de harina de maíz fortificada con vitaminas y minerales y adicionada de aproximadamente 0,8% en peso de azúcar (sacarosa), una proporción inferior al 0,5% en peso de sal (cloruro de sodio) y cúrcuma, conforme Criterio de Clasificación Nº 27/05, recaído en la Actuación SIGEA Nº 12116-66-2005 del registro de esta Administración Federal.

Art. 7º — Ubícase en la Posición Arancelaria NCM 9209.10.00 a la siguiente mercadería: metrónomo y diapasón, eléctricos que se presentan en un mismo gabinete, de los tipos utilizados para ejecutar una composición musical y afinar instrumentos de cuerdas, respectivamente, conforme Criterio de Clasificación Nº 28/05, recaído en la Actuación SIGEA Nº 12116-249-2005 del registro de esta Administración Federal.

Art. 8º — Ubícase en la Posición Arancelaria NCM 6402.99.00 a la siguiente mercadería: calzado con suela de caucho y parte superior que no cubre el tobillo, conformada en su mayor superficie de recubrimiento exterior por plástico, sin abertura en el empeine, que presenta refuerzos del mismo material en la punta y el talón, este último a modo de contrafuerte, de los tipos utilizados en gimnasia y entrenamiento, conforme Criterio de Clasificación Nº 29/05, recaído en la Actuación SIGEA Nº 12119-82-2005 del registro de esta Administración Federal.

Art. 9º — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia al Ministerio de Economía y Producción y al Comité Técnico Nº 1 Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías de la Comisión de Comercio del MERCOSUR y pase a la División Clasificación Arancelaria para su archivo. — Alberto R. Abad.

 

 

 

 

 

 

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