Administración Federal de
Ingresos Públicos
PASOS FRONTERIZOS
Resolución General 1939
Habilitación de Pasos
Fronterizos con la República Federativa del Brasil. Actualización en un único
Acto Dispositivo.
Bs. As., 8/9/2005
VISTO la ACTUACION SIGEA AFIP Nº 12237 - 69/2005 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en
el VISTO tramita la actualización e identificación de los pasos fronterizos
habilitados por país limítrofe dada la extensa frontera existente en el país y
la decisión adoptada por la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS de unificar en un acto administrativo los Pasos Fronterizos habilitados que limitan con la República Federativa de BRASIL.
Que idéntica situación se ha
concretado con la República ORIENTAL del URUGUAY, con la República de BOLIVIA y con la República de CHILE mediante Resoluciones Generales nros. 882,
922 y 1827, respectivamente.
Que se hace necesario reflejar
aquellos Pasos Fronterizos en que oportunamente se ha delegado el control
aduanero en las Fuerzas de Seguridad, los que se encuentran alejados de ámbitos
urbanos y/o escaso movimiento.
Que se destaca la presentación
efectuada por la Cámara de Vereadores de ITAQUI (BRASIL) con adhesión del Centro
de Despachantes de Aduanas de PASO DE LOS LIBRES, referente a la ampliación de
la operatoria del Paso Fronterizo PUERTO ALVEAR, dependiente de la División Aduana de Paso de los Libres, para operaciones de importación, atento al incremento
de costos por tiempo de espera que se generan al transitar por Pasos
Fronterizos alejados, actualmente habilitado para operaciones de exportación
mediante Resolución Nº 673/93 (ANA).
Que la ampliación de dicha
operatoria traería aparejada la posibilidad de diversificar las operaciones y
productos de intercambio, lo que beneficiaría a la región con mejores opciones
de desarrollo socio-económico.
Que en ese orden de ideas, se
considera pertinente extender la habilitación para la realización de
operaciones de cargas en general, entendiéndose habilitación para cargas, a
todo tipo de operaciones y/o destinaciones aduaneras tal como figura en la
columna de "operatoria habilitada" en los actos dispositivos citados
anteriormente.
Que oportunamente mediante
Resolución General Nº 1717, se concentró en un único Acto Administrativo los
Pasos Fronterizos habilitados en jurisdicción de la Provincia de MISIONES, dada la adecuación de jurisdicciones que generó la creación de la División Aduana de Oberá y la decisión de recuperar el control aduanero en el Paso SAN
ANTONIO.
Que el ANEXO de la Resolución General Nº 1717, para una mejora técnica administrativa, será modificado por vía
separada, toda vez que el mismo contempla Pasos Fronterizos habilitados con la República de PARAGUAY.
Que se destacan las
presentaciones efectuadas por la Cámara Regional de Industria y Comercio de OBERA, Asociaciones Civiles y Fuerzas Vivas de la Zona, respecto de la habilitación para operaciones de comercio exterior del Paso Fronterizo ALBA POSSE - PORTO
MAUA, dependiente de la División Aduana de Oberá.
Que la RECEITA FEDERAL de PORTO MAUA asegura la reciprocidad en cuanto a la habilitación para
operaciones de comercio exterior de la Aduana de PORTO MAUA, localidad fronteriza con ALBA POSSE.
Que se cuenta con los
compromisos asumidos por Organismos Provinciales y Municipales en cuanto a la
adecuación, ampliación y remodelación de la infraestructura e instalaciones del
Resguardo Aduanero y del Puerto de ALBA POSSE.
Que se hace necesario para una
mejor exposición de la información, concentrar en un único acto administrativo
la totalidad de los Pasos Fronterizos habilitados con la República Federativa del BRASIL, según la nominación indicada en la Resolución Nº 956/00 de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR dependiente del MINISTERIO DEL
NTERIOR, motivo por el cual se incorpora el ANEXO I con los Pasos oportunamente
habilitados y las modificaciones que se aprueban por la presente.
Que se cuenta con la conformidad
de la Dirección Regional Aduanera Posadas, las Subdirecciones Generales Técnico
Legal Aduanera y de Operaciones Aduaneras del Interior.
Que la Subdirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente acto
administrativo se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos
7º y 11 del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997.
Por ello;
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Aprobar el ANEXO I que forma parte
integrante de la presente, con los Pasos detallados en el mismo, en las
operatorias allí indicadas y las delegaciones del control aduanero en las
Fuerzas de Seguridad en los casos expresamente señalados.
Art. 2º — Ampliar la habilitación del Paso
Fronterizo PUERTO ALVEAR para operaciones de cargas en general.
Art. 3º — Ampliar la habilitación del Paso
Fronterizo ALBA POSSE para operaciones de cargas en general.
Art. 4º — Autorizar a la Dirección Regional Aduanera Posadas —Divisiones Aduanas de Paso de los Libres y Oberá— a que
se adopten los recaudos pertinentes de recursos humanos y materiales a los
fines del funcionamiento de los Pasos Fronterizos arriba mencionados.
Art. 5º — Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Remítase copia de la presente a la DIRECCION NACIONAL DE POBLACION Y MIGRACIONES, a la GENDARMERIA NACIONAL y a la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR. Cumplido, archívese. — Alberto
R. Abad.
ANEXO I