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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Gral n° 1898 |
06/06/2005 |
Fecha: |
08/06/2005 |
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Dependencia:
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RG-1898-2005-AFIP |
Tema:
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PROMOCION INDUSTRIAL |
Asunto:
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Regímenes
de Promoción Industrial. Decreto Nº 1125/96 y sus modificaciones, artículo
3º. Anexo de la
Resolución General Nº 4235 (DGI) y sus modificaciones.
Nómina de empresas promovidas reorganizadas o con reformulación y/o modificación
de proyectos. Su modificación. |
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-
VISTO - la
Resolución General Nº 4235 (DGI) y sus modificaciones, y |
CONSIDERANDO:
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Que
mediante la norma citada se ha publicado la nómina de empresas beneficiarias
de proyectos promovidos que han cumplido, en tiempo y forma, con los actos
administrativos correspondientes a reformulaciones y/o modificaciones de proyectos
o a reorganizaciones de esas empresas. |
Que
como resultado de verificaciones efectuadas por este organismo, corresponde
disponer la inclusión de la empresa que ha dado cumplimiento a las obligaciones
del Decreto Nº 804, de fecha 16 de julio de 1996 y sus modificaciones.482081F |
Que
han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de
Asesoría Legal, de Programas y Normas de Fiscalización y de Análisis de
Fiscalización Especializada. |
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los
artículos 3º y 7º del Decreto Nº 1125, de fecha 4 de octubre de 1996 y sus modificaciones,
y el artículo 7º del Decreto Nº 618, de fecha 10 de julio de 1997, su
modificatorio y sus complementarios. |
Por
ello, |
EL
ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE: |
Artículo
1º — Modifícase la
Resolución General Nº 4235 (DGI) y sus modificaciones, en la
forma que se indica a continuación: |
—
Incorpórase en su Anexo, la siguiente empresa promovida: |
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CUIT |
DENOMINACION |
NORMAS DE PROVINCIA |
APLICACIÓN |
33-67972632-9 |
BODEGA
DON DOMENICO S.A. |
Decreto
Nº 861/99
y
San Juan |
Resolución
Nº 179/95 (MPIyMA) |
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Art.
2º — Las disposiciones de la presente serán de aplicación a partir de la
vigencia de la
Resolución General Nº 4235 (DGI) y sus modificaciones. |
Art.
3º — Regístrese, publíquese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —
Alberto R. Abad. |
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