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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of
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Resolución General n° 1877
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27/04/2005
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Fecha:
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Dependencia:
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RG-1877-2005-AFIP
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Tema:
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NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR
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Asunto:
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Consultas de clasificación arancelaria
en la
Nomenclatura Común del Mercosur, según Resolución General Nº
1618-AFIP. Expediente Nº 1-250.709/05.
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VISTO el Expediente Nº 1 - 250.709/05 y las actuaciones
ADGA Nos 402.095/03, 408.385/04, 408.387/04, 419.859/04, 420.067/04 y
421.744/04 por las que se solicita la clasificación en la
Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) de mercaderías de las
cuales se adjunta muestra o información técnica según los casos, y
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CONSIDERANDO:
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Que
las actuaciones consignadas en el VISTO han sido analizadas a través de los Criterios
de Clasificación Nos 02 al 07/05 por la
División Clasificación Arancelaria y aprobados por el
Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria, según
constancias que obran a fs. 1/6 del Expediente mencionado en el VISTO, los
que se dan por reproducidos.
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Que
razones de oportunidad, mérito y conveniencia aconsejan, en atención a una
sana economía administrativa, definir en un solo acto resolutivo las
referidas consultas de clasificación arancelaria de mercaderías.
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Que
han tomado la intervención que les compete el Departamento Técnica de
Nomenclatura y Clasificación Arancelaria, la
Dirección de Técnica y la
Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera.
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Que
la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7º
del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.
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Por ello;
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EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:
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Artículo
1º — Ubicar en la
Posición Arancelaria NCM 6807.90.00 a la siguiente
mercadería:
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Placa
ondulada constituida por un soporte de cartón inmerso en asfalto, de los
tipos utilizados para revestimiento de tejados, conforme Criterio de
Clasificación Nº 02/05 recaído en la actuación ADGA Nº 402.095/03.
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Art.
2º — Ubicar en la
Posición Arancelaria NCM 9503.49.00 a la siguiente
mercadería: Manufactura compuesta de plástico rígido conformada por:
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un
juguete que representa un ser no humano encastrado sobre un patinete con ruedas
y mecanismo a fricción, el que una vez accionado permite su desplazamiento, o
bien, que gire sobre sí mismo al insertarlo en un soporte concebido a tal
fin. Todo ello acondicionado para la venta al por menor, conforme Criterio de
Clasificación Nº 03/ 05 recaído en la actuación ADGA Nº 408.385/04.
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Art.
3º — Ubicar en la
Posición Arancelaria NCM 9503.49.00 a la siguiente
mercadería: Juguete de plástico rígido que representa un ser no humano
acostado con mecanismo a resorte que permite su desplazamiento a través de
ruedas dispuestas en su base, conforme Criterio de Clasificación Nº 04/05
recaído en la actuación ADGA Nº 408.387/04.
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Art.
4º — Ubicar en la
Posición Arancelaria NCM 8528.12.90 a la siguiente
mercadería: Aparato receptor de televisión con pantalla de plasma de 106,68
cm (42”)
de diagonal y relación de aspecto 16:9, con sistema cuadro a cuadro (PIP) de
dos (2) sintonizadores, conforme Criterio de Clasificación Nº 05/05 recaído
en la actuación ADGA Nº 419.859/04.
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Art.
5º — Ubicar en la
Posición Arancelaria NCM 8543.89.99 a la siguiente
mercadería: Aparato de activación por proximidad constituido por una bobina,
un capacitor y un dispositivo de sujeción de accionamiento magnético de los
tipos utilizados para la prevención de robos de artículos exhibidos en
locales comerciales, conforme Criterio de Clasificación Nº 06/05 recaído en
la actuación ADGA Nº 420.067/04.
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Art.
6º — Ubicar en la
Posición Arancelaria NCM 8523.90.90 a la siguiente
mercadería: Dispositivo de almacenamiento de datos, de estado sólido,
conformado por circuitos integrados de memoria “E² PROM” montados sobre
circuito impreso, con capacidad de almacenamiento de 64MB, 128MB, 256MB o
512MB, de los tipos denominados “flash memory card”, conforme Criterio de
Clasificación Nº 07/05 recaído en la actuación ADGA Nº 421.744/04.
|
Art.
7º — Regístrese dése a la
DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación
y publíquese en el Boletín de la
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Remítase copia al MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION y al COMITE TECNICO Nº 1 ARANCELES, NOMENCLATURA Y
CLASIFICACION DE MERCADERIAS de la
COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR y pase a la
División Clasificación Arancelaria para su archivo. —
Alberto R. Abad.
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