Detalle de la norma RG-1854-2005-AFIP
Resolución General Nro. 1854 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2005
Asunto Consultas de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común
Boletín Oficial
30620 Fecha: 29/03/2005
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

B/Of: 30620

Resolución General nº 1854

22/03/2005

Fecha:

29/03/2005

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Dependencia:

RG-1854-2005-AFIP

Tema:

Nomenclatura Común del MERCOSUR

Asunto:

Consultas de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del Mercosur, según Resolución General Nº 1618-AFIP. Expediente Nº 1 - 254.848/04.

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VISTO el Expediente Nº 1 - 254.848/04 y las actuaciones ADGA Nos 410.419/02, 416.250/03, 425.021/03, 403.792/04, 406.510/04 y 414.498/04 por las que se solicita la clasificación en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) de mercaderías de las cuales se adjunta muestra o información técnica según los casos, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones consignadas en el VISTO han sido analizadas a través de los Criterios de Clasificación Nos 90 al 95/04 por la División Clasificación Arancelaria y aprobados por el Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria, según constancias que obran a fs. 1/7 del Expediente mencionado en el VISTO, los que se dan por reproducidos.

Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia aconsejan, en atención a una sana economía administrativa, definir en un solo acto resolutivo las referidas consultas de clasificación arancelaria de mercaderías.

Que han tomado la intervención que les compete el Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria, la Dirección de Técnica y la Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello;

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

Artículo 1º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 9018.19.10 a la siguiente mercadería:

Juego o surtido destinado al diagnóstico endoscópico del tracto gastrointestinal mediante el registro de imágenes, conformado por: cámara de televisión encapsulada, de transmisión inalámbrica, descartable; conjunto de sensores vinculados mediante conductores eléctricos; dispositivo de registro de las señales provenientes de los sensores montado conjuntamente con dos acumuladores en un cinturón portable por el paciente; y nueve cámaras de televisión encapsuladas adicionales, todo ello acondicionado para su venta al por menor y ubicar en las Posiciones Arancelarias NCM 8471.49.11, 8471.49.45 y 8471.49.54 a las siguientes unidades de una máquina automática para tratamiento o procesamiento de datos, presentada en forma de sistema: Unidad de proceso digital, Unidad de entrada (teclado) y Unidad de salida por video, de tubos de rayos catódicos, en colores (monitor), respectivamente, conforme Criterio de Clasificación Nº 90/04 recaído en la actuación ADGA Nº 410.419/02.

Art. 2º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8517.50.10 a la siguiente mercadería: Aparato modulador-demodulador de señales (“modem”) sobre líneas SDSL (“Symmetric Digital Subscriber Line”), conforme Criterio de Clasificación Nº 91/04 recaído en la actuación ADGA Nº 416.250/03.

Art. 3º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8517.50.10 a la siguiente mercadería: Aparato modulador-demodulador de señales (“modem”) sobre líneas ADSL (“Asymmetric Digital Subscriber Line”) con programa (“software”) que le otorga la posibilidad de encaminar datos, y capacidad para conectarse con una máquina automática para tratamiento o procesamiento de datos a través de un puerto USB (“Universal Serial Bus”), conforme Criterio de Clasificación Nº 92/04 recaído en la

actuación ADGA Nº 425.021/03.

Art. 4º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8542.70.00 a la siguiente mercadería: Microestructura electrónica conformada por componentes discretos activos y pasivos tales como transistores, resistencias, termistor, circuito integrado y terminales, todo ello dispuesto sobre un circuito impreso y encapsulado en un único bloque metálico, de los tipos utilizados en el interior de aparatos eléctricos con el fin de entregar una señal destinada a activar dispositivos para ventilación forzada de aire cuando detecta un aumento de temperatura, conforme Criterio de Clasificación Nº 93/04 recaído en la actuación ADGA Nº 403.792/04.

Art. 5º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 6805.30.90 a la siguiente mercadería: Abrasivo inorgánico (silicato) disperso y aglomerado mediante resina sobre un soporte de tela sin tejer de fibras sintéticas, de los tipos denominados fibra abrasiva, conforme Criterio de Clasificación Nº 94/04 recaído en la actuación ADGA Nº 406.510/04.

Art. 6º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8457.10.00 a la siguiente mercadería: Centro de mecanizado horizontal, de control numérico, con desplazamientos de 1.000 mm, 900 mm y 1.000 mm en ejes X, Y y Z, respectivamente, combinado, conformando un único cuerpo, con dispositivo extractor de viruta y vinculado, mediante cables y tuberías, con transformador eléctrico de alimentación, tablero de control y mando y aparato de enfriamiento del husillo, conforme Criterio de Clasificación Nº 95/04 recaído en la actuación ADGA Nº 414.498/04.

Art. 7º — Regístrese dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Remítase copia al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y al COMITE TECNICO Nº 1 ARANCELES, NOMENCLATURA Y CLASIFICACION DE MERCADERIAS de la COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR y pase a la División Clasificación Arancelaria para su archivo. — Alberto R. Abad.

 

 

 

 

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