Detalle de la norma RG-1850-2005-AFIP
Resolución General Nro. 1850 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2005
Asunto Consultas de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común
Boletín Oficial
30619 Fecha: 28/03/2005
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

B/Of: 30619

Resolución General nº 1850

21/03/2005

Fecha:

28/03/2005

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Dependencia:

RG-1850-2005-AFIP

Tema:

Nomenclatura Común del MERCOSUR

Asunto:

Consultas de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del Mercosur, según Resolución General Nº 1618-AFIP. Expediente Nº 1-256.067/04.

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VISTO el Expediente Nº 1 – 256.067/04 y las actuaciones ADGA Nº 409.234/04, 412.210/04, 412.873/04, 415.057/03, 415.226/03, 415.227/03, 416.604/03, 417.751/04 y 422.279/04 por las que se solicita la clasificación en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) de mercaderías de las cuales se adjunta muestra o información técnica según los casos, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones consignadas en el VISTO han sido analizadas a través de los Criterios de Clasificación Nº 115 al 123/04 por la División Clasificación Arancelaria y aprobados por el Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria, según constancias que obran a fs. 1/9 del Expediente mencionado en el VISTO, los que se dan por reproducidos.

Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia aconsejan, en atención a una sana economía administrativa, definir en un solo acto resolutivo las referidas consultas de clasificación arancelaria de mercaderías. Que han tomado la intervención que les compete el Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria, la Dirección de Técnica y la Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello;

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

Artículo 1º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8419.50.90 a la siguiente mercadería:

Intercambiador de calor, para el enfriamiento de solución refrigerante, de motores de encendido por compresión (motor Diesel), de los tipos utilizados en locomotoras, con tubos de acero galvanizado y aletas de aluminio para aumentar la superficie de intercambio térmico, montados en bastidor de acero galvanizado, conforme Criterio de Clasificación Nº 115/04 recaído en la actuación ADGA Nº 409.234/04.

Art. 2º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8467.21.00 a la siguiente mercadería: Juego o surtido conformado por un taladro eléctrico de uso manual con dispositivo de sujeción y barra limitadora de profundidad de taladrado, milimetrada; llave de ajuste del portaútil; útiles de taladrar; nivel de burbuja de aire; martillo; mango con puntas intercambiables para atornillar y

extensión magnética; tornillos y artículos plásticos de fijación; todo ello acondicionado para su venta al por menor en un bolso de mano de material textil que presenta, en su interior los elementos necesarios para contener o sujetar los bienes antes descriptos y en su exterior una envuelta de cartón, impreso con la descripción de los artículos que contiene, conforme Criterio de Clasificación Nº 116/04 recaído en la actuación ADGA Nº 412.210/04.

Art. 3º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 6402.99.00 a la siguiente mercadería: Calzado tipo sandalia con suela de plástico y parte superior constituida por una pieza del mismo material de forma irregular que sujeta parcialmente los laterales, el talón y el empeine, y cierra sobre este último mediante dos dispositivos tipo “velcro”. Dicha pieza se halla sujeta a la suela por medio de seis tetones dispuestos sobre los laterales, conforme Criterio de Clasificación Nº 117/04 recaído en la actuación ADGA Nº 412.873/04.

Art. 4º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8707.10.00 a la siguiente mercadería: Carrocería incompleta de acero, de vehículo automóvil para el transporte de personas, constituida por el monocasco, cuatro puertas laterales y portón trasero, conforme Criterio de Clasificación Nº 118/04 recaído en la actuación ADGA Nº 415.057/03.

Art. 5º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 6114.30.00 a la siguiente mercadería:

Prenda de vestir con breteles de aproximadamente 1 cm de ancho, forrada en la parte delantera, sin escote, con ajuste en el borde superior mediante cinta elástica, destinada a cubrir la parte superior del cuerpo por encima de la cintura, confeccionada con tejido de punto 90 % poliamida y 10 % fibras elastoméricas, conforme Criterio de Clasificación Nº 119/04 recaído en la actuación ADGA Nº 415.226/03.

Art. 6º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 6109.10.00 a la siguiente mercadería:

Prenda de vestir sin mangas, escote redondo pronunciado en frente y espalda, destinada a cubrir la parte superior del cuerpo descendiendo hasta la cadera, sin ningún tipo de ajuste, confeccionada con tejido de punto 100 % algodón, conforme Criterio de Clasificación Nº 120/04 recaído en la actuación ADGA Nº 415.227/03.

Art. 7º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 6109.90.00 a la siguiente mercadería:

Prenda de vestir sin mangas, escote redondo, con corte pronunciado de las sisas en el espaldar, destinada a cubrir la parte superior del cuerpo descendiendo hasta la cadera, sin ningún tipo de ajuste, confeccionada con tejido de punto 100 % fibras sintéticas, conforme Criterio de Clasificación Nº 121/04 recaído en la actuación ADGA Nº 416.604/03.

Art. 8º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8413.19.00 a la siguiente mercadería: Conjunto de bombas dosificadoras volumétricas alternativas a pistón, con dispositivo medidor incorporado, para uso en bombeo de fluidos viscosos, de caudal inferior o igual a 200 mililitros por minuto, montadas sobre bastidor metálico conformando un único cuerpo, y unido mediante cables y tuberías de conexión a un tablero de control y distribución de energía eléctrica equipado con controlador lógico programable, conforme Criterio de Clasificación Nº 122/04 recaído en la actuación ADGA Nº 417.751/04.

Art. 9º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 9021.90.89 a la siguiente mercadería: Manufactura compuesta por un implante expansible, de nitinol (aleación níquel-titanio), para dilatar arterias (“stent”) montado sobre su correspondiente catéter introductor, conforme Criterio de Clasificación Nº 123/04 recaído en la actuación ADGA Nº 422.279/04.

Art. 10. — Regístrese dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Remítase copia al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y al COMITE TECNICO Nº 1 ARANCELES, NOMENCLATURA Y CLASIFICACION DE MERCADERIAS de la COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR y pase a la División Clasificación Arancelaria para su archivo. — Alberto R. Abad.

 

 

 

 

 

 

 

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