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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en: |
B/Of: 30611 |
Resolución Gral nº 1841 |
10/03/2005 |
Fecha: |
14/03/2005 |
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Dependencia:
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RG-1841-2005-AFIP |
Tema:
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Facturación y Registración |
Asunto:
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Procedimiento. Emisión de
comprobantes. Controladores Fiscales. Resolución General Nº 4104 (DGI), texto
sustituido por
la
Resolución General Nº 259, sus modificatorias y complementarias.
Nómina de equipos homologados y empresas proveedoras autorizadas. |
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VISTO
- el régimen de emisión de
comprobantes mediante el empleo de Controladores Fiscales, establecido por
la Resolución General
Nº 4104 (DGI), texto sustituido por
la Resolución General
Nº 259, sus modificatorias y complementarias, y |
CONSIDERANDO: |
Que
conforme a lo dispuesto por el Apartado C del Capítulo XI del Anexo I de la
referida norma, este organismo debe homologar, mediante el dictado de una
resolución general, los equipos que resulten aprobados para su
comercialización e informar las respectivas empresas proveedoras autorizadas. |
Que
el mencionado pronunciamiento es indicativo del cumplimiento de los
requisitos y condiciones que han reunido los Controladores Fiscales que se
homologan —cuya aptitud surge del análisis de los Informes de Evaluación
Técnica del Instituto Nacional de Tecnología Industrial —, y de la
constitución de los avales requeridos a las empresas proveedoras inscritas,
por
la Resolución
General Nº 4104 (DGI), texto sustituido por
la Resolución General
Nº 259, sus modificatorias y complementarias. |
Que
asimismo, durante el lapso de validez de la homologación deberán ser
cumplidas las demás obligaciones previstas por el régimen. |
Que
han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y
de Programas y Normas de Fiscalización. |
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
artículo 7º del Decreto Nº 618, de fecha 10 de julio de 1997, su
modificatorio y sus complementarios. |
Por ello, |
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE: |
Artículo
1º — De acuerdo con lo dispuesto en el Apartado C del Capítulo XI del Anexo I
de
la Resolución
General Nº 4104 (DGI), texto sustituido por
la Resolución General
Nº 259, sus modificatorias y complementarias, se homologa el equipo
denominado “Controlador Fiscal”, cuyos datos identificatorios y empresa
proveedora se detallan a continuación: |
Art.
2º — La homologación dispuesta en el artículo anterior, así como la
autorización de venta que se otorga a la empresa proveedora, tendrá una
validez de CINCO (5) años contados a partir del día de la publicación de la
presente en el Boletín Oficial, inclusive, siempre que se cumplan durante
dicho plazo los requisitos establecidos por
la Resolución General
Nº 4104 (DGI), texto sustituido por
la Resolución General
Nº 259, sus modificatorias y complementarias. |
Art.
3º — Regístrese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. —Alberto R. Abad. |
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