Administración Federal de Ingresos Públicos
ADUANAS
Resolución General 1707
Publicación de Valores Referenciales de carácter
preventivo.
Bs. As., 21/7/2004
VISTO la Resolución General Nº 1004 (AFIP), por la
que se prevé que la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS establecerá
valores referenciales, de carácter precautorio, estimados por la DIRECCION
GENERAL DE ADUANAS, para evitar daños a la economía nacional y resguardar el
interés fiscal en la importación de mercaderías, y
CONSIDERANDO:
Que efectuado el análisis pertinente en relación a
los valores de determinada mercadería, corresponde la publicación de los mismos
de acuerdo a lo previsto en el artículo 2º de la Resolución General citada en
el VISTO.
Que ha tomado la intervención que le compete la
Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera.
Que la presente se dicta en ejercicio de las
facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618 de fecha 10 de
Julio de 1997.
Por ello;
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º —
Aprobar el Anexo I – LISTADO DE MERCADERIAS CON VALORES PROVISORIOS y el ANEXO
II – ORIGEN DE LAS MERCADERIAS – de esta Resolución General.
Art. 2º —
La presente Resolución será de aplicación para las solicitudes de destinación
de importación para consumo, que se oficialicen a partir del día siguiente de
su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 3º —
La garantía podrá constituirse además mediante seguro de garantía,
modificándose en tal sentido el Anexo II, Punto III de la Resolución General Nº
857 de fecha 7 de Junio de 2000.
Art. 4º —
Dejar sin efecto la Resolución General Nº 1661 de fecha 26 de marzo de 2004.
Art. 5º —
Regístrese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su
publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS.
Remítase copia a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA DEL MERCOSUR — Sección Nacional—,
a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA DE LA ALADI (MONTEVIDEO R.O.U), a la SECRETARIA
DEL CONVENIO MULTILATERAL SOBRE COOPERACION Y ASISTENCIA MUTUA ENTRE LAS
DIRECCIONES DE ADUANAS DE AMERICA LATINA, ESPAÑA Y PORTUGAL (MEXICO D.F).
Cumplido archívese. — Alberto R. Abad
ANEXO I
LISTADO
DE MERCADERIAS CON VALORES REFERENCIALES
ANEXO II