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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Bol/Of
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Resolución General n° 1612
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10/12/2003
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Fecha:
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Dependencia:
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RG-1612-2003-AFIP
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Tema:
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ADUANAS
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Asunto:
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Resguardo
Aduanero de Monte Caseros. Derogación de la Resolución General Nº 622-AFIP.
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Bs. As., 10/12/2003
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VISTO, los objetivos estratégicos incluidos en el Plan
de Gestión 2003 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
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CONSIDERANDO: Que los cambios en materia de política macroeconómica
han favorecido las relaciones comerciales entre las localidades fronterizas
de nuestro país con las de los países vecinos.
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Que se hace necesario que esta ADMINISTRACIÓN
FEDERAL amplíe la cobertura de fiscalización operativa.
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Que las razones expuestas en los considerandos
anteriores implican tomar acciones sobre los pasos fronterizos en que se
encuentran delegado el control aduanero en las Fuerzas de Seguridad.
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Que a tal fin, como resultado del análisis y
evaluación de la situación expuesta, las Direcciones Regionales Aduaneras han
propuesto aquellos pasos fronterizos, que en una primera etapa, se retomará
el control aduanero.
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Que en ese orden de ideas, se considera pertinente
asumir el control aduanero del Resguardo Aduanero de MONTE CASEROS,
dependiente de la Dirección Regional Aduanera POSADAS - División Aduana de
PASO DE LOS LIBRES - provincia de CORRIENTES, actualmente delegado en la
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA mediante Resolución General Nº 622 (AFIP).
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Que
se cuenta con la conformidad de la Dirección Regional Aduanera POSADAS, las
Subdirecciones Generales de Operaciones de Legal y Técnica Aduanera y de Operaciones
Aduaneras del Interior de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS.
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Que el presente acto administrativo se dicta en uso
de las facultades conferidas por los artículos 7º y 11º, del Decreto Nº 618
de fecha 10 de Julio de 1997.
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Por ello;
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EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:
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Artículo 1° — Autorizar a la Dirección Regional Aduanera POSADAS
- División Aduana de PASO DE LOS LIBRES - provincia CORRIENTES a que se
adopten los recaudos pertinentes de recursos humanos y materiales a los fines
de asumir el control aduanero del Resguardo de MONTE CASEROS.
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Art. 2º — Habilitar el Paso Fronterizo MONTE CASEROS -
BELLA UNION para la atención de los Regímenes de TRAFICO VECINAL FRONTERIZO y
EQUIPAJE.
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Art. 3º — Dejar sin efecto la Resolución General Nº 622
(AFIP).
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Art. 4º — Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín
de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS.
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Remítase
copia de la presente a la DIRECCION NACIONAL DE POBLACION Y MIGRACIONES,
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y a la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR.
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Cumplido, archívese. — Alberto R. Abad.
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