|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
Documento y Nro
|
Fecha
|
Publicado en:
|
Boletín/Of
|
Resolución General n° 1334
|
04/09/2002
|
Fecha:
|
09/09/2002
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-/
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
Dependencia:
|
RG-1334-2002-AFIP
|
Tema
|
Tema:
|
CONSOLIDACION DE
DEUDAS.
|
Asunto:
|
Procedimiento.
Decreto N° 1384/2001 y sus modificatorios. Consolidación de deudas. Exención de intereses, multas y demás
sanciones. Facilidades de pago. Resolución General N° 1159, sus modificatorias
y complementarias. Información de saldos técnicos a favor de los
contribuyentes y/o responsables. Resolución
General N° 1258, su modificatoria y su complementaria. Resolución General N°
1312. Su modificación.
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
VISTO la Resolución General N° 1312, y
|
CONSIDERANDO:
|
Que
la citada norma estableció la fecha de vencimiento
para la presentación del soporte magnético y del formulario de solicitud de
compensación por parte de los contribuyentes y responsables alcanzados por
los beneficios establecidos por el Decreto N° 1384 de fecha 1 de
noviembre de 2001 y sus modificatorios, que hayan realizado la compensación
de saldos técnicos, prevista en
el Título II del mencionado decreto.
|
Que
en virtud de las inquietudes formuladas por entidades representativas de los
profesionales en ciencias económicas, en el sentido de extender el plazo
fijado, resulta aconsejable acceder a lo peticionado, a fin de facilitar el
cumplimiento de la referida obligación.
|
Que
han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y
de Programas y Normas de Fiscalización.
|
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos
25 y 35 del Decreto N° 1384/01 y sus modificatorios, y por el artículo 7°
del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997 y sus complementarios.
|
Por ello,
|
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:
|
Artículo 1° - Sustitúyese en el artículo
3° de la Resolución General N° 1312, la expresión "... 30 de
agosto de 2002 ..." por la expresión "... 25 de octubre de 2002
...".
|
Art. 2° - De forma.
|
|
|
|