Detalle de la norma RG-1280-2002-AFIP
Resolución General Nro. 1280 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2002
Asunto Posición Arancelaria NCM 8418.99.00 Consultas
Boletín Oficial
Fecha: 17/05/2002
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of 

Resolución General n° 1280

14/05/2002

Fecha:

17/05/2002

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Dependencia:

RG-1280-2002-AFIP

Tema

Tema:

NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR

Asunto:

Consultas de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del Mercosur, según Resolución General Nº 369-AFIP. Expediente Nº 251.354/2002.

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VISTO el Expediente AFIP Nº 251.354/02 y las actuaciones ADGA Nº 412.203/01; 426.302/01; 403.121/02 y 403.122/02 por las que se solicita la clasificación en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) de mercaderías de las cuales se adjunta muestra o información técnica según los casos, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones consignadas en el VISTO han sido analizadas a través de los Criterios de Clasificación Nos 33 al 36/02 por la División Clasificación Arancelaria y aprobados por el Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria, según constancias que obran a fs. 2/5 del Expediente mencionado en el VISTO, los que se dan por reproducidos.

Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia aconsejan, en atención a una sana economía administrativa, definir en un solo acto resolutivo las referidas consultas de clasificación arancelaria de mercaderías.

Que han tomado la intervención que les compete el Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria, la Dirección de Técnica y la Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello;

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

Artículo 1º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8418.99.00 a la siguiente mercadería: Condensador, de los tipos utilizados en aparatos de aire acondicionado de vehículos, conforme Criterio de Clasificación Nº 33/02 recaído en la actuación ADGA Nº 412.203/01.

Art. 2º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 9611.00.00 a la siguiente mercadería: Aparato de uso manual para imprimir etiquetas autoadhesivas acondicionadas en rollos, conforme Criterio de Clasificación Nº 34/02 recaído en la actuación ADGA Nº 426.302/01.

Art. 3º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8525.20.23 a la siguiente mercadería: Terminales fijas, sin fuente propia de energía, para sistema celular fijo punto-multipunto que utilizan la técnica de acceso múltiple por división de tiempo (TDMA) con reutilización de frecuencias y operan en las bandas de frecuencia de 10 ó 28 GHz, según modelo, compuesta por unidad de radio e interface al abonado, conforme Criterio de Clasificación Nº 35/02 recaído en la actuación ADGA Nº 403.121/02.

Art. 4º — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8525.20.21 a la siguiente mercadería: Estaciones base para sistema celular fijo punto-multipunto que utilizan la técnica de acceso múltiple por división de tiempo (TDMA) con reutilización de frecuencias y operan en las bandas de frecuencia de 10 ó 39 GHz, según modelo, compuesta por unidad interior concentradora de tráfico y unidad exterior de radio, conforme Criterio de Clasificación Nº 36/02 recaído en la actuación ADGA Nº 403.122/02.

Art. 5º — Regístrese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Remítase copia al COMITE TECNICO Nº 1, ARANCELES, NOMENCLATURA Y CLASIFICACION DE MERCADERIAS de la COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR y dése al autoarchivo por la División Clasificación Arancelaria hasta la publicación de la Resolución General que incorpore a la normativa aduanera la pertinente directiva emanada de la citada Comisión. — Alberto R. Abad.