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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of
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Resolución General n° 1270
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30/04/2002
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Fecha:
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06/05/2002
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Dependencia:
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RG-1270-2002-AFIP
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Tema
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Tema:
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NOMENCLATURA
COMUN DEL MERCOSUR
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Asunto:
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Consultas
de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común
del Mercosur, según Resolución General N° 369-AFIP. Expediente N°
251.232/2002.
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VISTO el Expediente AFIP Nº 251.232/02 y las actuaciones
ADGA Nº 422.290/00; 428.563/ 00; 433.578/00; 411.063/01; 412.698/01;
412.700/01 y 415.201/01 por las que se solicita la clasificación en la Nomenclatura Común
del MERCOSUR (NCM) de mercaderías de las cuales se adjunta muestra o
información técnica según los casos, y
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CONSIDERANDO:
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Que
las actuaciones consignadas en el VISTO han sido analizadas a través de los
Criterios de Clasificación No 26 al 32/02 por la División Clasificación
Arancelaria y aprobados por el Departamento Técnica de Nomenclatura y
Clasificación Arancelaria, según constancias que obran a fs. 1/7 del
Expediente mencionado en el VISTO, los que se dan por reproducidos.
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Que
razones de oportunidad, mérito y conveniencia aconsejan, en atención a una
sana economía administrativa, definir en un solo acto resolutivo las
referidas consultas de clasificación arancelaria de mercaderías.
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Que
han tomado la intervención que les compete el Departamento Técnica de
Nomenclatura y Clasificación Arancelaria, la Dirección
de Técnica y la Subdirección General
de Legal y Técnica Aduanera.
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Que
la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 7º
del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.
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Por ello;
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EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:
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Artículo
1° — Ubicar en la Posición Arancelaria
NCM 8705.90.90 a la siguiente mercadería: Vehículo diseñado especialmente
para mantenimiento y preparación de terrenos de nieve en pistas de esquí,
mediante operaciones de compactado y nivelado de la superficie nívea,
provisto de pala frontal, orugas a cuchillas y dispositivo trasero de rolido
con fresa rotativa y placa alisadora de huella, conforme Criterio de
Clasificación N° 26/02 recaído en la actuación ADGA N° 422.290/00.
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Art.
2° — Ubicar en la Posición Arancelaria
NCM 3924.90.00 a la siguiente mercadería: Percha para prendas de vestir, de
uso doméstico, constituida por: un soporte anatómico de plástico y un gancho
de alambre de acero, conforme Criterio de Clasificación N° 27/02 recaído en
la actuación ADGA N° 428.563/00.
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Art.
3° — Ubicar en la Posición Arancelaria
NCM 3903.19.00 a la siguiente mercadería: Poliestireno en gránulos, con el
agregado de pigmento (aproximadamente 0,3% en peso), no expandible, conforme Criterio
de Clasificación Nº 28/02 recaído en la actuación ADGA N° 433.578/00.
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Art.
4° — Ubicar en la Posición Arancelaria
NCM 8470.90.90 a la siguiente mercadería: Terminal de juegos de azar, que
dispone de pantalla de cristal líquido, lectores de códigos magnéticos y de
barras y teclado, que trabaja en combinación con una impresora vinculada
mediante conductores eléctricos; con capacidad para registrar, totalizar y
procesar boletas o tiques de apuestas, operando en conexión permanente
("on line") con un sistema para tratamiento o procesamiento de
datos, conforme Criterio de Clasificación N° 29/02 recaído en la actuación
ADGA N° 411.063/01.
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Art.
5° — Ubicar en la Posición Arancelaria
NCM 8479.10.90 a la siguiente mercadería: Implemento barredor frontal,
accionado hidráulicamente, compuesto por escoba mecánica rotativa,
rociadores, recinto para recolección de residuos y dispositivos de acople a
infraestructuras motrices, conforme Criterio de Clasificación N° 30/02
recaído en la actuación ADGA N° 412.698/01.
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Art.
6° — Ubicar en la Posición Arancelaria
NCM 8430.61.00 a la siguiente mercadería: Rodillo vibrador con elementos
metálicos salientes para compactar el terreno, accionado hidráulicamente, que
dispone de dos láminas que se montan sobre el mismo para cumplir la función
de apisonar (aplanar) y dispositivos que permiten su acoplamiento en
infraestructuras motrices, conforme Criterio de Clasificación N° 31/02
recaído en la actuación ADGA N° 412.700/01.
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Art.
7° — Ubicar en la Posición Arancelaria
NCM 9405.40.10 a la siguiente mercadería: Manufactura compuesta por la unión
de un aparato de alumbrado de metal común, conformado por un mástil
telescópico con cuatro reflectores con sus lámparas, y un grupo electrógeno
con motor de encendido por compresión (diesel) montado sobre semirremolque,
conforme Criterio de Clasificación N° 32/02 recaído en la actuación ADGA N°
415.201/01.
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Art.
8° — Regístrese, dése a la DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS. Remítase copia al COMITE TECNICO N° 1, ARANCELES, NOMENCLATURA Y
CLASIFICACION DE MERCADERIAS de la COMISION DE
COMERCIO DEL MERCOSUR y dése al autoarchivo por la División Clasificación
arancelaria hasta la publicación de la Resolución General
que incorpore a la normativa aduanera la pertinente directiva emanada de la
citada Comisión. — Alberto R. Abad.
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