Detalle de la norma RG-1097-2001-AFIP
Resolución General Nro. 1097 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2001
Asunto Posición Arancelaria NCM 6114.30.00 y varias. Consultas
Boletín Oficial
Fecha: 25/09/2001
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of 

Resolución General n° 1097

20/09/2001

Fecha:

25/09/2001

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Dependencia:

RG-1097-2001-AFIP

Tema

Tema:

NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR

Asunto:

Consultas de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del Mercosur, según Resolución General N° 369. Expediente N° 251.614/2001.

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VISTO las actuaciones ADGA N° 435.327/99; 415.937/00; 427.282/00; 428.534/00; 428.533/00; 430.099/00; 433.268/00; 400.217/01 y 403.632/01 y el expediente EA 52 N° 0324/00 por los que se solicita la clasificación en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) de mercaderías de las cuales se adjunta muestra o información técnica según los casos, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones consignadas en el VISTO han sido analizadas a través de los Criterios de Clasificación N os 51 al 60/01 por la División Clasificación Arancelaria y aprobados por el Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria, según constancias que obran a fs. 1/10 los que se dan por reproducidos.

Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia aconsejan, en atención a una sana economía administrativa, definir en un solo acto resolutivo las referidas consultas de clasificación arancelaria de mercaderías.

Que han tomado la intervención que les compete el Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria, la Dirección de Técnica y la Subdirección General de Legal y Técnica Aduanera.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello;

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

Artículo 1° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 6114.30.00 a la siguiente mercadería: Prenda de vestir que cubre todo el contorno del cuerpo a la altura del busto, sin breteles ni abertura, que presenta un frunce en la parte central del frente y ajuste en el borde superior e inferior mediante cinta elástica, confeccionada con tejido de punto, con aproximadamente 90% de poliamida y 10% de fibras elastoméricas, conforme Criterio de Clasificación N° 51/01 recaído en la actuación ADGA N° 435.327/99.

Art. 2° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 9018.90.29 a la siguiente mercadería: Juego o surtido, constituido por: dos bisturíes, una pinza del tipo de las utilizadas en medicina o cirugía, tres pares de guantes de látex, una mascarilla de tela sin tejer, cinco tubos de plástico conteniendo sales, un cuchillo, una pinza universal, cuatro bolsas de plástico para residuos biológicos, tres etiquetas de aluminio autoadhesivas, un precinto de plástico, un impreso con instrucciones y planillas para completar con sus correspondientes bolsas de plástico, todo ello acondicionado en una caja para la venta al por menor, conforme Criterio de Clasificación N° 52/01 recaído en el expediente EA 52 N° 0324/00.

Art. 3° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 3921.90.19 a la siguiente mercadería: Placas, láminas, hojas y tiras de plástico no celular (copolímero estireno – acetato de vinilo) estratificado con fieltro, siendo el contenido de materia textil inferior al 50%, en peso, conforme Criterio de Clasificación N° 53/01 recaído en la actuación ADGA N° 415.937/00.

Art. 4° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 9603.21.00 a la siguiente mercadería: Juego o surtido constituido por un cepillo de dientes, de plástico, moldeado en una sola pieza y un mordillo provisto de mango y arandela, del mismo material, este último completo y desmontado, todo ello acondicionado para la venta al por menor, de los tipos utilizados por niños, conforme Criterio de Clasificación N° 54/01 recaído en la actuación ADGA N° 427.282/00.

Art. 5° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 6114.30.00 a la siguiente mercadería: Pantalón corto, ceñido al cuerpo, sin ningún tipo de abertura ni bolsillos, ajustado en la cintura y en las perneras mediante una cinta elástica, con un refuerzo acolchado incorporado en la parte interna de la entrepierna, estampado con publicidad en los laterales de la prenda, confeccionado con tejido de punto (80% poliamida y 20% elastómero), de los tipos utilizados para la práctica de ciclismo, conforme Criterio de Clasificación N° 55/01 recaído en la actuación ADGA N° 428.534/00.

Art. 6° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 6114.30.00 a la siguiente mercadería: Prenda de vestir que cubre la parte superior del cuerpo, provista de una abertura parcial en la parte delantera con cierre tipo cremallera, mangas cortas con ajuste mediante elástico, al igual que en el bajo, bolsillos en la parte posterior a la altura de la cintura, estampada con publicidad, confeccionada con tejido de punto 100 % fibras sintéticas, de los tipos utilizados para la práctica de ciclismo, conforme Criterio de Clasificación N° 56/01 recaído en la actuación ADGA N° 428.533/00.

Art. 7° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 6002.20.10 a la siguiente mercadería: Tejido de punto por urdimbre, 100% algodón, imitación puntilla, con sus dos bordes rectilíneos, de anchura inferior a 30 cm, presentado en rollos de longitud indeterminada, conforme Criterio de Clasificación N° 57/01 recaído en la actuación ADGA N° 430.099/00.

Art. 8° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 4901.10.00 a la siguiente mercadería: Impreso en hoja suelta, titulado "Evolvers", ilustrado a color y con narración continua, presentado de forma tal, que siguiendo una secuencia lógica de plegado muestra la evolución en cuatro episodios de uno de los personajes de "Pokemon", acondicionado en un sobre con el mismo título, conforme Criterio de Clasificación N° 58/01 recaído en la actuación ADGA N° 433.268/00.

Art. 9° — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 8513.10.10 a la siguiente mercadería: Manufactura compuesta por la unión de una lámpara portátil de fantasía cuyo cuerpo representa la figura de un animal y un anillo de acero en forma de argolla espiralada para colocar llaves, conforme Criterio de Clasificación N° 59/01 recaído en la actuación ADGA N° 400.217/01.

Art. 10. — Ubicar en la Posición Arancelaria NCM 7308.10.00 a la siguiente mercadería: Junta de dilatación para puente, compuesta por una estructura de acero inmersa en caucho, con espárragos, tuercas y arandelas de acero para su anclaje y fijación y perfiles de aluminio para drenaje, conforme Criterio de Clasificación N° 60/01 recaído en la actuación ADGA N° 403.632./01.

Art. 11. — Regístrese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Remítase copia al COMITE TECNICO N° 1, ARANCELES, NOMENCLATURA Y CLASIFICACION DE MERCADERIAS de la COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR y archívese en la División Clasificación arancelaria hasta la publicación de la Resolución General que incorpore a la normativa aduanera la pertinente directiva emanada de la citada Comisión. — José A. Caro Figueroa.