Detalle de la norma RG-1048-2001-AFIP
Resolución General Nro. 1048 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2001
Asunto Impuesto al Valor Agregado (Importación).
Boletín Oficial
29694 Fecha: 23/07/2001
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución General n° 1048

19/07/2001

Fecha:

23/07/2001

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Dependencia:

RG-1048-2001-AFIP

Tema

0073

Tema:

Impuesto al Valor Argregado (Importación).

Asunto:

Modifícase la Res. Nº 3431 DGI. Adicional del IVA.

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Buenos Aires, 19 de Julio de 2001

 - VISTO - el Decreto N° 161, de fecha 4 de marzo de 1999 (Guía 508, pág. 20178), que instauró para las operaciones de menor cuantía un régimen simplificado opcional de importación definitiva y la Resolución General N° 3.431 (DGI) (Guía 419, pág. 12918), sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO: Que la norma citada en último término estableció un régimen de percepción del impuesto al valor agregado, aplicable a las operaciones de importaciones definitivas de cosas muebles gravadas.

Que en virtud de la evaluación efectuada, y teniéndose en cuenta los objetivos que motivaron la instrumentación del régimen simplificado opcional de importación definitiva, se estima conveniente que las operaciones realizadas conforme al aludido régimen se encuentren exceptuadas de la percepción establecida por la Resolución General N° 3.431 (DGI), sus modificatorias y complementarias.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Fiscalización.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 27 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones; el artículo 22 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones; y el artículo 7° del Decreto N° 618, de fecha 10 de julio de 1997 y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Modifícase la Resolución General N° 3.431 (DGI), sus modificatorias y complementarias, en la forma que se indica a continuación:

- Sustitúyese el artículo 2°, por el siguiente:

"ARTICULO 2°.- Exceptúanse las operaciones de importación definitiva de cosas muebles gravadas que:

1. Tengan como destino el uso o consumo particular del importador, o

2. se encuentren comprendidas en el artículo 26 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, o

3. revistan para el importador el carácter de bienes de uso con el alcance previsto por el artículo 33 del Título V de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, excepto que se trate de importadores encuadrados en el inciso b) del artículo 3°, o

4. sean animales de la especie bovina, únicamente cuando el importador revista el carácter de responsable inscripto en el impuesto al valor agregado y se trate de un propietario, locatario, arrendatario, concesionario o cualquier otro titular bajo cuyo nombre y responsabilidad jurídico-económica funcione el establecimiento de faena, sea una persona física o jurídica -incluso entes nacionales, provinciales y municipales-, o

5. se introduzcan al territorio aduanero a través de aduanas de frontera, en los términos establecidos por el Decreto N° 161/99 y sus normas complementarias, mediante el cual se instrumentó el Régimen Simplificado Opcional de Importación.".

ART. 2°.- Las disposiciones de la presente norma serán de aplicación para las operaciones de importación que se perfeccionen a partir del quinto día hábil administrativo, inclusive, siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ART. 3°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

 

Nota de L.O.A.: La Resolución General Nº 1048/01 AFIP que antecede fue publicada en el Boletín Oficial del 23/07/2001.

 

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RG-2937-2010-AFIP Modifica IVA. Importación definitiva de cosas muebles gravadas
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica RG-3431-1991-DGI Artículo 2 Impuesto al Valor Agregado (Importación).