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Documento y Nro
Fecha
Publicado en:
29/06/2001
Fecha:
02/07/2001
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Dependencia:
Tema:
Comercio exterior.
Asunto:
Modificación de la Resolución General 1030.
VISTO la Resolución General N° 1030 del 19 de junio de 2001 y,
CONSIDERANDO:
Que, a los fines de liquidar el Factor de Convergencia (FC) aplicable en materia de exportaciones con mayor rapidez, es necesario prescindir de las exigencias previstas en el Artículo 9o de la Resolución General mencionada en el VISTO.
La presente se dicta en uso de las facultades conferidas en el Artículo 7o del Decreto N° 618 de fecha 10 de julio de 1997.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:
Artículo 1o - Establécese que a los fines de la liquidación y percepción del Factor de Convergencia (FC) en las exportaciones se requerirá únicamente la presentación del cumplido de embarque o de la declaración postembarque, y el documento de transporte y la factura comercial.
Art. 2o - Derógase el artículo 9o de la Resolución General N° 1030. Art. 3o- Deforma.