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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of
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Resolución n° 951
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26/03/1984
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Fecha:
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Dependencia:
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RE-951-1984-ANA
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Tema
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Tema:
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ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE ADUANAS
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Asunto:
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Procedimientos de aprobación de las subastas de
mercaderías.
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VISTO la necesidad de agilizar los procedimientos de
aprobación de las subastas de mercaderías, y
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CONSIDERANDO:
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Que a ese fin se han trazado las pautas
pertinentes con el Banco de la
Ciudad de Buenos Aires, para acelerar la comercialización
de las mercaderías que con tal fin se entregan a esa institución.
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Que para la concreción del objetivo propuesto, se
hace necesario dar a la tramitación de las subastas una aprobación inmediata.
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Que a efectos de concretar
dicha conformidad, la Administración Nacional de Aduanas, se ve en la
necesidad de delegar
las funciones de aprobación en agentes aduaneros designados a tales fines.
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Por lo
expuesto y conforme las facultades conferidas por el artículo 23 de la Ley 22.415,
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EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE ADUANAS RESUELVE:
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ARTICULO 1° - A
partir de los remates a concretarse por intermedio del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, y
preparados
por la Comisión
de Comercialización de Mercaderías, se adoptará el procedimiento de
aprobación inmediata.
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ARTICULO 2° - El
procedimiento citado en el artículo 1° de la presente, consistirá
en la designación de dos (2) agentes de esta Repartición, lo que deberán estar presentes en el
acto de cada remate y aprobarán o desaprobarán
las ventas que se concretan en el mismo acto, siguiendo las instrucciones
escritas previamente preparadas por esta Administración Nacional, y que
le serán entregadas en sobre cerrado y lacrado en el momento de comenzar cada remate.
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ARTICULO 3° - Las
instrucciones a que se refiere el artículo 2°, serán preparadas
por la Comisión
de Comercialización
de Mercaderías y refrendadas por el Jefe de dicha Comisión y el suscrito.
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ARTICULO 4° - De forma.
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BANA 65/1984
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