Detalle de la norma RE-924-1996-MEOSP
Resolución Nro. 924 Ministerio de Economia Obras y Servicios Publicos
Organismo Ministerio de Economia Obras y Servicios Publicos
Año 1996
Asunto Envíos Escalonados. Importación.
Boletín Oficial
Fecha: 23/07/1996
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución n° 924

17/07/1996

Fecha:

23/07/1996

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Dependencia:

RE-924-1996-MEOSP

Tema LOA:

 

Tema:

Envíos Escalonados. Importación.

Asunto:

Modifícanse los plazos para la utilización del régimen.

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VISTO el expediente N° 443.621/95 del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS, y

CONSIDERANDO: Que a través del expediente indicado en el VISTO, la firma SEVEL ARGENTINA S.A., solicita una prórroga adicional para la utilización del Régimen de Envíos Escalonados creado mediante la Resolución ME y OSP N° 1243/92.

Que la utilización de dicho régimen fue autorizada por la Disposición N° 7, de fecha 20 de enero de 1995, del Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria y prorrogada por la Disposición N° 105, de fecha 23 de noviembre de 1995, del mismo Departamento, con el objeto de la importación de los bienes que en la primera de ellas se enumeran.

Que si bien el artículo 5o de la mencionada Resolución ME y OSP N° 1243/92 establece que la autorización para la utilización del régimen que se trata puede ser prorrogada "por única vez", por un plazo que no exceda el del plazo originario, el caso que se presenta en el expediente N° 443.621/95 demuestra que pueden suscitarse impedimentos o razones de fuerza mayor que no le permitan al interesado concluir las operaciones de importación alcanzadas por dicho régimen en los plazos previstos, por lo cual se entiende necesario instrumentar algún mecanismo que contemple las situaciones referida sin que ello implique una desnaturalización del Régimen de Envíos Escalonados como resultado de una extensión excesiva de los plazos de validez del mismo.

Que se advierte como la mejor manera de contemplar los casos señalados, a la incorporación al régimen en cuestión de una previsión que permita la solicitud de una prórroga adicional al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS en los casos enunciados en el considerando anterior.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades que surgen de la Ley de Ministerios, texto ordenado en 1992.

Por ello,

El Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos Resuelve:

ARTICULO 1 ° - Sustitúyese el artículo 5o de la Resolución ME y OSP N° 1243/92 por el que a continuación se indica:

"ARTICULO 5°.- La ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS autorizará la utilización del régimen que por la presente se crea, por un plazo máximo de CIENTO OCHENTA (180) días, pudiendo prorrogarlo por un período que no podrá exceder el del plazo originario.

En los casos que mediaren impedimentos o razones de fuerza mayor debidamente justificados que no le permitieran al interesado concluir las operaciones de importación alcanzadas por el Régimen de Envíos Escalonados en los plazos previstos, se podrá solicitar al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS una última prórroga adicional que no excederá el plazo de NOVENTA (90) días."

ART. 2o - Prorrógase por NOVENTA (90) días el plazo autorizado por la ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS a través de las Disposiciones Nros. 7/95 y 105/95 del Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria, para la importación, mediante el Régimen de Envíos Escalonados, de las mercaderías enumeradas en la primera de las disposiciones citadas, por parte de la firma SEVEL ARGENTINA S.A.

ART. 3o - De forma.