Detalle de la norma RE-90-2000-GMC
Resolución Nro. 90 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 2000
Asunto Reunión Especializada de Municipios e Intendencias del MERCOSUR
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Resolución n° 90 07//12/2000 Fecha:  
 
Dependencia: RE-90-2000-GMC
Tema: MERCOSUR
Asunto: REUNIÓN ESPECIALIZADA DE MUNICIPIOS E INTENDENCIAS DEL MERCOSUR
 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 9/91 y 23/00 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 20/95 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

La conveniencia de establecer un foro que se preste al diálogo y la cooperación entre las autoridades de nivel municipal de los Estados Partes del MERCOSUR;

EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:

Art.1 – Crear la Reunión Especializada de Municipios e Intendencias del MERCOSUR, con la tarea de promover el diálogo y la cooperación entre las autoridades de nivel municipal de los Estados Partes del MERCOSUR, de manera de promover el bienestar y una mejor calidad de vida a los habitantes de las ciudades de la región.

Art.2 – La Reunión Especializada de Municipios e Intendencias del MERCOSUR será integrada por representantes de Municipios e Intendencias designados por los cuatro Estados Partes.

Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico  de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de organización o funcionamiento del MERCOSUR.

XL GMC - Brasilia, 7/XII/00

 

MERCOSUR/GMC/RES. Nº 90/00

REUNIÓN ESPECIALIZADA DE MUNICIPIOS E INTENDENCIAS DEL MERCOSUR

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 9/91 y 23/00 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 20/95 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

La conveniencia de establecer un foro que se preste al diálogo y la cooperación entre las autoridades de nivel municipal de los Estados Partes del MERCOSUR;

EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:

Art.1 – Crear la Reunión Especializada de Municipios e Intendencias del MERCOSUR, con la tarea de promover el diálogo y la cooperación entre las autoridades de nivel municipal de los Estados Partes del MERCOSUR, de manera de promover el bienestar y una mejor calidad de vida a los habitantes de las ciudades de la región.

Art.2 – La Reunión Especializada de Municipios e Intendencias del MERCOSUR será integrada por representantes de Municipios e Intendencias designados por los cuatro Estados Partes.

Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico  de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de organización o funcionamiento del MERCOSUR.

XL GMC - Brasilia, 7/XII/00