Detalle de la norma RE-89-2000-GMC
Resolución Nro. 89 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 2000
Asunto Infraestructura común para los Estados Partes del MERCOSUR
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Resolución n° 89 28/06/2000 Fecha:  
 
Dependencia: RE-89-2000-GMC
Tema: MERCOSUR
Asunto: REUNIÓN ESPECIALIZADA DE INFRAESTRUCTURA DE LA INTEGRACIÓN
 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 9/91 y 23/00 del Consejo del Mercado Común y la Resolución N º 20/95 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

La conveniencia de establecer un foro destinado al análisis y al desarrollo de proyectos de infraestructura común para los Estados Partes del MERCOSUR, en el  contexto de la implementación de ejes de integración.

La prioridad conferida al desarrollo de una infraestructura común en el continente, por los Presidentes de la República de los Países de América del Sur, en la “Declaración de Brasilia” del 1º de setiembre del 2000.

EL GRUPO MERCADO COMÚN  RESUELVE:

Art.1 – Crear la Reunión Especializada de Infraestructura de la Integración , con la finalidad de analizar y desarrollar proyectos de infraestructura común para los Estados Partes del MERCOSUR, basado en la eficaz utilización de los recursos disponibles, en la preservación del medio ambiente y en el perfeccionamiento de las interconexiones físicas.

Art.2 – La Reunión Especializada de Infraestructura de la Integración será integrada por representantes gubernamentales de los cuatro Estados Partes y la coordinación de las respectivas Secciones Nacionales, será ejercida por los órganos nacionales que cada Estado Parte determine.

Art.3 – La Reunión Especializada de Infraestructura de la Integración podrá solicitar al Grupo Mercado Común que instruya a los Subgrupos de Trabajo Nºs 1 "Comunicaciones", 5 "Transporte"e Infraestructura" y 9 "Energía" la ejecución de tareas necesarias para el cumplimiento de sus objetivos.  

Art. 4 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico  de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de organización o funcionamiento del MERCOSUR.

XL GMC - Brasilia, 7/XII/00

 

MERCOSUR/GMC/RES.  Nº 89/00

REUNIÓN ESPECIALIZADA DE INFRAESTRUCTURA DE LA INTEGRACIÓN

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 9/91 y 23/00 del Consejo del Mercado Común y la Resolución N º 20/95 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

La conveniencia de establecer un foro destinado al análisis y al desarrollo de proyectos de infraestructura común para los Estados Partes del MERCOSUR, en el  contexto de la implementación de ejes de integración.

La prioridad conferida al desarrollo de una infraestructura común en el continente, por los Presidentes de la República de los Países de América del Sur, en la “Declaración de Brasilia” del 1º de setiembre del 2000.

EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:

Art.1 – Crear la Reunión Especializada de Infraestructura de la Integración , con la finalidad de analizar y desarrollar proyectos de infraestructura común para los Estados Partes del MERCOSUR, basado en la eficaz utilización de los recursos disponibles, en la preservación del medio ambiente y en el perfeccionamiento de las interconexiones físicas.

Art.2 – La Reunión Especializada de Infraestructura de la Integración será integrada por representantes gubernamentales de los cuatro Estados Partes y la coordinación de las respectivas Secciones Nacionales, será ejercida por los órganos nacionales que cada Estado Parte determine.

Art.3 – La Reunión Especializada de Infraestructura de la Integración podrá solicitar al Grupo Mercado Común que instruya a los Subgrupos de Trabajo Nºs 1 "Comunicaciones", 5 "Transporte"e Infraestructura" y 9 "Energía" la ejecución de tareas necesarias para el cumplimiento de sus objetivos.  

Art. 4 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico  de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de organización o funcionamiento del MERCOSUR.

XL GMC - Brasilia, 7/XII/00

 

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
DC-12-2012-CMC Deroga Grupos, Subgrupos de Trabajo, Grupos Ad Hoc y Reuniones Especializadas