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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Nº 88 |
14/01/1993
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Fecha: |
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Dependencia: |
RE-88-1993-GMC
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Tema: |
MERCOSUR
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Asunto: |
AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE
INDUSTRIAS FARMOQUIMICAS
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VISTO: El Art. 13 del Tratado de Asunción, el Art. 10 de la Decisión Nº 4/91 del
Consejo Mercado Común, la
Resolución Nº 19/92 y Nº 59/92 del Grupo Mercado Común, y la Recomendación Nº
50/93 del Subgrupo de Trabajo Nº 3 “Normas Técnicas” |
CONSIDERANDO: Que los Estados Partes armonizaron y aprobaron los
contenidos del documento “Autorización de Funcionamiento de Industrias Farmoquímicas” |
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE: |
Art. 1º- Aprobar el Reglamentó Técnico sobre “Autorización
de Funcionamiento de Industrias Farmoquímicas”que
consta como Anexo |
Art. 2º- Los Estados Partes pondrán en vigencia las disposiciones
legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar
cumplimiento a la presente Resolución y comunicarán el texto de las mismas al
Grupo Mercado Común a través de la Secretaría Administrativa
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ANEXO |
AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE
INDUSTRIAS FARMOQUIMICAS |
AUTORIZACION
INICIAL |
RENOVACION
DE AUTORIZACION |
MODIFICACION
DE LA AUTORIZACION EXISTENTE |
INDICE |
Introducción |
Definiciones |
Cap. 1
- Consideraciones generales |
Cap. 2
- Personal |
Cap. 3
- Plantas y edificios |
Cap. 4
- Equipos |
Cap. 5
- Higiene |
Cap. 6
- Documentación |
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6A
- Formula patrón |
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6B
- Documentación de lotes |
Cap. 7
- Archivo de registros |
Cap. 8
- Producción |
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8A
- Procedimientos de proceso |
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8B
- Materias primas |
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8C - Productos intermedios |
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8D
- Productos farmoquimicos terminados |
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8E
- Embalaje y rotulado |
Cap. 9
- Control de Calidad |
Cap. 10
- Estudios de estabilidad |
Cap. 11
- Auto-inspección y auditoria de calidad |
Cap. 12
- Almacenamiento y distribución |
Cap. 13
- Reclamos y desvíos de calidad |
Cap. 14
- Retiros del mercado |
Cap. 15
- Materiales rechazados |
Cap. 16
- Devoluciones |
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INTRODUCCION |
La
presente Guía enmarca las prácticas y procedimientos de fabricación que se deben
aplicar para asegurar que las instalaciones, métodos y controles usados en la
elaboración de productos farmoquímicos sean
adecuados para asegurar la calidad, inocuidad y pureza de los mismos,
permitiendo su uso como principios activos en la elaboración de productos
farmacéuticos |
Las
recomendaciones de la presente Guía deben considerarse orientativas,
puesto que deben adaptarse a los diversos procesos químicos, físicos y/o
biológicos, (como ser: fermentación, extracción, sintesis
química, etc) que se aplican en la producción farmoquímica |
Los
Estados Partes podrán solicitar la actualización de la presente Guía con la
finalidad de acompañar los avances tecnológicos |
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DEFINICIONES |
Las
definiciones siguientes se aplicar a las palabras utilizadas en esta Guía.
Pueden tener significados diferentes en otros contextos. |
CALIDAD.
Que tiene la identidad y pureza adecuadas para el uso al que está destinado,
de acuerdo con los parámetros establecidos |
CALIBRACION.
Conjunto de operaciones que establece, con la mayor exactitud posible, y bajo
condiciones debidamente especificadas, la correspondencia entre los valores
indicados por un instrumento de medida y los correspondientes a un material
de referencia |
CONTROL
DE CALIDAD Conjunto de medidas diseñado para asegurar y verificar, en todo
momento, que los lotes de productos cumplen la calidad preestablecida |
CONTAMINACION
CRUZADA. Contaminación de una materia prima o de un producto, con otro material
o producto |
CONTROL
DURANTE EL PROCESO. Controles realizados durante la producción con el objeto
de monitorear y, si fuese necesario, ajustar el proceso con el objeto de asegurar
que el producto cumpla con sus especificaciones. El control ambiental o del
equipo puede ser considerado también como parte de un control de proceso. |
CUARENTENA.
Mantenimiento del producto (materia prima, intermedio, producto terminado,
material de empaque, etc)en aislamiento la espera
de una decisión acerca de su uso o rechazo |
DEVOLUCIONES.
Devolución al fabricante o distribuidor de un producto farmoquímico,
por estar en desacuerdo con las especificaciones, condiciones comerciales u
otros motivos |
EMBALAJE.
Son todas las operaciones que implican transformar un producto a granel en
producto terminado, incluyendo el envasado y rotulado |
ESPECIFICACIONES.
Descripción de requisitos que deben cumplir los productos y materiales
empleados. y/o obtenidos durante las fabricaciones |
ESTERIL.
Ausencia de organismos vivos |
ETAPAS
FINALES. Pasos que completan la fabricación, tales como purificación final, cristalización,
filtración, secado, molienda tamizado, mezclado, envasado y etiquetado |
FABRICACION.
Todas las operaciones y procesos necesarios para la obtención de un producto farmoquímico |
FECHA
DE REANALISIS. Fecha mas allá de la cual, un lote de un producto farmoquímico, intermedio o materia prima , no puede ser
usado sin un adecuado reanálisis previo |
FORMULA
PATRON. Un documento o conjunto de documentos que especifican las materias
primas a emplear,con sus respectivas cantidades,
que incluye una descripción de los
equipos, procedimientos y precauciones requeridas para producir y envasar una
cantidad determinada de un producto farmoquímico y
las instrucciones y controles que deberán cumplirse durante el proceso |
LOTE
O PARTIDA. Cantidad de producto producida en un ciclo de fabricación, cuya
característica esencial es la homogeneidad |
NUMERO
DE LOTE. Cualquier combinación de números y/o letras a través de la cual se
puede rastrear la historia completa de la fabricación de ese lote de producto |
MATERIA
PRIMA. Sustancia activa o no, empleada en la fabricación de productos farmoquímicos; puede formar parte (inalterada o
modificada) del producto final o desaparecer durante el proceso |
MATERIA
PRIMA CRITICA. Sustancia que interviene en la
elaboración de un producto farmoquímico, forma
parte de su estructura molecular y es de importancia determinante en el
proceso de fabricación |
MATERIAL
DE EMBALAJE. Cualquier material empleado para el embalaje de productos farmoquímicos. Los materiales de embalaje pueden ser
primarios o secundarios según tengan o no contacto directo con el producto |
PERIODO
DE VALIDEZ. Período después del cual un lote de producto farmoquímico
no puede ser utilizado como tal |
PERSONA
AUTORIZADA. Es toda persona calificada con resposabilidad
asignada fehacientemente para llevar a cabo una o más funciones |
PRODUCTO
FARMOQUIMICO. Toda sustancia elaborada para ser usada como principio activo
de productos farmacéuticos de uso humano y veterinario. Se considera sinónimo
de “producto farmoquímico”,a todos los efectos, la
denominación “producto químico-farmacéutico” |
PROCEDIMIENTO:
Conjunto de operaciones que deben ser realizadas, precauciones que deben ser adoptadas
o medidas que deben ser aplicadas directa o indirectamente, en ralación con la fabricación de un producto farmoquímico |
PRODUCTO
TERMINADO. Producto farmoquímico que ha cumplido
con todas las etapas de fabricación incluyendo su embalaje final |
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CAPITULO I |
Consideraciones generales |
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1.1
El fabricante debe elaborar los productos farmoquímicos
de forma tal que pueda asegurarse que los mismos son adecuados para la
finalidad pretendida y pueda garantizar en base a política preestablecida que
están de acuerdo con los requisitos de identidad, seguridad y pureza que se
derivan de políticas específicas de calidad |
La
política de control y garantía de calidad, y los conceptos de “Buenas
Prácticas de Fabricación”, están interrelacionados. Estos conceptos han sido
descritos para enfatizar sus relaciones y su importancia fundamental para la |
PRODUCTO
APROBADO. Producto que cumple con todos los requisitos de las
especificaciones |
PRODUCTO
A GRANEL. Todo producto terminado antes de su fraccionamiento y embalaje
definitivo |
PRODUCTO
INTERMEDIO. Todo material parcialmente procesado que debe ser sometido a
pasos posteriores de manufactura antes de convertirse en un producto farmoquímico |
PRODUCTO
RECHAZADO. Producto que no cumple con uno o más requisitos de las
especificaciones |
REGISTROS.
Documentos escritos que provee la historia de cada lote de producto y que acredite
la ejecución de procedimientos o acciones relacionadas con la fabricación y
destino |
RECUPERACION.
Adición del total o parte de lotes anteriores de calidad comprobada a otro
lote, en una etapa definida de fabricación |
REPROCESAMIENTO.
Reproceso de un producto de calidad inaceptable, a partir de una etapa
definida de producción, de forma que su
calidad se torne aceptable como consecuencia de una o más operaciones
adicionales |
ROTULO
Es la identificación impresa, litografiada, pintada, grabada a fuego, a
presión o calcada, aplicada directamente sobre recipientes, contenedores,
envoltorios o cualquier otro protector de envase primario . Los rótulos deben
tener dimensiones adecuadas, deben ser de fácil lectura y comprensión por el
usuario y deben estar colocadas tanto en el embalaje primario como en el
embalaje secundario, si lo hubiere |
VALIDACION.
Acción documentada de probar que un procedimiento, proceso, equipo, material,
actividad o sistema, conduce realmente a los resultados esperados |
|
CAPITULO 2 |
PERSONAL |
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2.1
El fabricante debe emplear personal con la calificación y competencia
necesarias para la producción y el control de calidad de los productos farmoquímicos que elabora. Debe contar con la cantidad
adecuada de personal, con una formación profesional, conocimientos técnicos y
experiencia práctica apropiados para el trabajo que llevan a cabo |
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2.2
El fabricante debe tener una organización definida,representada en un organigrama. Las
responsabilidades individuales deben estar claramente definidas, registradas
y defendidas con adecuada descripción de sus cargos,de manera de asegurarse que no haya brechas o
superposiciones. Las responsabilidades de cada persona no deben ser tan
extensas como para que exista algún riesgo de afectar la calidad. |
|
2.3
Los funcionarios de todos los niveles jerárquicos, deben estar entrenados
adecuadamente para las tareas y responsabilidades que se les ha asignado |
|
2.4
Deben tomarse medidas para asegurarse que ninguna persona afectada por una
enfermedad contagiosa o con lesiones expuestas en la superficie corporal ,
participe en alguna etapa de producción que involucre contacto con el
producto farmoquímico
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CAPITULO 3 |
PLANTAS Y EDIFICOS |
|
3.1
Las plantas y edificios, incluida el área de tanques, deben ser de
construcción apropiada. Los mismos deben proporcionar un entorno apropiado
para las operaciones de fabricación y ser del tamaño adecuado para el uso al
que están destinados .Los locales no deben contribuir a la confusión, ni a la
contaminación cruzada, real o potencial, de los productos farmoquímicos.
Su distribución debe proporcionar una secuencia lógica de trabajo |
|
3.2
Para algunas finalidades especiales, tales como la producción de productos
estériles y de ciertos antibióticos, hormonas y citostáticos,
debe contarse con áreas aisladas y separadas entre sí con sistemas de flujos
de aire completamente independientes, diseñados
específicamente para estos fines. |
|
3.3
Para mantener condiciones higiénicas de trabajo,los
locales deberán incluir las facilidades adecuadas para el cambio de ropa,lavado y toilatte, así
como para comer,beber y fumar |
|
3.4
La iluminación, temperatura, humedad, ventilación y extracción, deben ser adecuadas
a fin de no afectar adversa, directa o indirectamente tanto los productos farmoquímicos durante su fabricación y almacenamiento,
como el funcionamiento correcto de los equipos |
|
3.5
Todas las instalaciones deben ser proyectadas de modo de evitar lugares de
difícil limpieza |
|
3.6
Siempre que fuera posible el mantenimiento de las instalaciones debe hacerse
fuera del área de fabricación |
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CAPITULO 4 |
EQUIPOS |
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4.1
los equipos de fabricación deben estar diseñados, construídos,
ubicados y mantenidos de manera que: |
|
a)
sean apropiados para el uso al que están destinados; |
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b)
faciliten su limpieza cuidadosa; |
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c)
minimicen el riesgo de contaminación de productos y recipientes durante su
producción |
|
d)
posibiliten una operación eficiente y, de ser aplicable, confiable y
validada. |
|
4.2
Los equipos de producción y los de control deben ser limpiados, esterilizados
si fuera necesario, usados y mantenidos según instrucciones escritas
específicas. Antes de comenzar la producción de otro producto, los equipos
multipropósitos deberán ser limpiados cuidadosamente y controlado su estado
de limpieza |
|
Deben
guardarse registros apropiados de tales procedimientos |
|
4.3
De ser necesario, deberá demostrarse que los equipos utilizados para la
producción y control, son aptos para llevar a cabo los procesos para los cuales
fueron asignados |
|
4.4
Donde y cuando fuera necesario, debe haber sistemas para medir las variables
durante le proceso. Los equipos de medición, registro y control, deberán ser calibrados
y controlados a intervalos definidos por métodos apropiados. Deberán
guardarse registros de estos controles |
|
4.5
Los equipos defectuosos deben rotularse inmediatamente como tales y ser reparados
o eliminados lo antes posible. El mantenimiento y las reparaciones deberán
documentarse
|
|
CAPITULO 5 |
HIGIENE |
|
5.1
Deben estar disponibles programas escritos de higienización |
|
Los
mismos deben incluir procedimientos escritos y validados para limpieza de los
locales y equipos, un estándar de calidad para el agua, instrucciones de higiene
para la fabricación y manejo de bienes e instrucciones relativas a la salud,
prácticas higiénicas y vestimentas del personal, así como procedimientos para
deshacerse de materiales usados y residuos irrecuperables. |
|
5.2
Estos programas deben implementarse, insistiendo sobre ellos regularmente
ante el personal involucrado y enfatizarse especialmente durante el
adiestramiento continuo del mismo |
|
5.3
Deben utilizarse vestimentas y otros elementos protectores acordes con los
procesos que se llevan a cabo |
|
5.4
En las áreas de fabricación, no se debe permitir comer, fumar ni realizar
prácticas reñidas con la higiene. |
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CAPITULO 6 |
DOCUMENTACION |
Una
buena documentación constituye parte esencial de un sistema de garantía de
calidad y, claramente escrita, evita errores de comunicación verbal y permite
rastrear la historia del lote |
Las
especificaciones, fórmulas de fabricación, instrucciones, procedimientos y registros no deben tener errores ni
enmiendas no testadas y deben estar disponibles por escrito y firmadas por los
responsables que corresponda |
|
6.A
Fórmula patrón |
|
|
6.A.1
Deben estar disponibles instrucciones escritas que cubran cada etapa de
producción, almacenamiento y control de calidad, y ser actualizadas cuando sea necesario |
|
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6.A.2
Debe haber una fórmula patrón donde estén asentados por escritos las materias
primas y los materiales de embalaje (calidad y cantidad), así como los procedimientos
detallados de producción y control de calidad para cada producto farmoquímico. En lo posible, la fórmula patrón deberá
prepararse para un tamaño estándar de lote |
|
|
6.A.3 Personal
idóneo y calificado en producción y control de calidad, debe ser el
responsable del contenido y distribución dentro de la empresa, de las
instrucciones y fórmulas patrón. Estas fórmulas deben estar debidamente
fechadas y firmadas |
|
|
6.A.4
Las fórmulas patrón obsoletas deben eliminarse como documento vigente, pero
archivarse como referencia. Las copias de las fórmulas patrón deben
prepararse de forma tal que se evite cualquier posibilidad de error de transcripción |
|
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6.A.5
Bajo ciertas circunstancias, por ejemplo en los primeros lotes de producción
posteriores al desarrollo piloto,la fórmula patrón
podría necesitar correcciones. Cualquier corrección debe estar formalmente
autorizada y firmada por personal competente. |
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|
El
documento corregido debe ser reemplazado lo antes posible por una nueva
fórmula patrón |
|
6.B
Documetación de lotes |
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6.B.1
Para cada lote de producto intermedio o producto farmoquímico
final, debe prepararse un registro de fabricación. |
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|
El
mismo debe contener las partes relevantes de la fórmula patrón y luego de
complementarse durante la producción, debe incluir lo siguiente |
|
|
a)
nombre del producto o etapa de la fabricación, tamaño y número del lote; |
|
|
b)
fechas de las diferentes etapas de la producción; |
|
|
c)
detalles de la producción, incluyendo referencias a los principales equipos
utilizados y rendimiento; |
|
|
d)
el número de lote o número de referencia (o el número del control analítico)
de las materias primas y productos intermedios utilizados en la producción |
|
|
e)
un registro de los controles de proceso efectuado y de los resultados obtenidos |
|
|
f)
detalles de cualquier desvío de la fórmula patrón con su autorización
firmada. Cualquier desvío fortuito deberá ser investigado y considerado en
relación con la calidad del producto |
|
|
g)
cualquier material recuperado y los procedimientos aplicados; |
|
|
h)
inicialización por los operarios y firma de la persona responsable de las
operaciones de producción, consignando la fecha |
|
|
i)
todos los registros analíticos relativos al lote o una referencia para
exceder a los mismos; |
|
|
j)
la decisión para la aprobación o rechazo del lote o una referencia para
acceder a los mismos; |
|
|
k)
los registros de fabricación y control deben ser revisados y cualquier devergencia o falla debe ser cuidadosamente investigada.La investigación, de ser necesaria, debe ser
extendida a otros lotes del mismo producto o productos que puedan estar
asociados a la falla o discrepancia |
|
|
Debe
realizarse un informe escrito sobre el resultado de la investigación y deben
incluir en el mismo, las conclusiones y previsiones tomadas |
|
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6.B.2 Cuando
las circunstancias requieren un convenio con terceros para el empleo de
elementos de producción y o de control, este hecho debe asentarse en el
registro del lote. La información puede ser registrada mediante sistemas de
procesamiento electrónicos, fotográficos u otros medios confiables, pero las
fórmulas patrón y los procedimientos detallados de operación rutinaria
relativos al sistema en uso, deben estar disponibles y la exactitud de los
registros deben estar disponibles y la exactitud de los registros debe ser
controlada. Si la documentación se maneja por métodos electrónicos de
procesamiento, sólo el personal autorizado podrá modificar la información
ingresada en el sistema. |
|
|
Debe
haber un registro de los cambios introducidos en la fórmula patrón original.
El acceso debe estar restringido por claves de acceso u otros medios y el
resultado de la entrada de información crítica debe ser controlado en forma
independiente |
|
|
Los
registros de lotes almacenados electrónicamente deben estar almacenados
electrónicamente deben estar protegidos mediante copias de seguridad en cinta
magnética, microfilm, impresión sobre el papel u otros medios. Es particularmente
importante que durante su período de conservación, sea fácil el acceso a la
información |
|
CAPITULO 7 |
ARCHIVO DE REGISTROS Y MUESTRAS |
|
7.1
Los registros deben llevarse de manera tal que permitan rastrear las
actividades concernientes a la producción y al control de calidad de los
productos farmoquímicos |
|
7.2
Los registros y las muestras de referencia de los productos farmoquímicos, y donde sea necesario de los productos
intermedios, deben conservarse hasta por lo menos un año después del período
de validez o por un lapso especificado no menor de cinco años si no se indica
dicho período |
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CAPITULO 8 |
PRODUCCION |
|
Las
operaciones de producción deben seguir procesos claramente definidos y deben estar
de acuerdo con las “Buenas prácticas de Fabricación”,con
el objeto de obtener productos dentro de la calidad especificada. |
|
8.A
Procedimientos de proceso |
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|
8.A.1
El proceso debe ser llevado a cabo en concordancia con la fórmula patrón |
|
|
8.A.2
Deben definirse las etapas críticas para asegurar la calidad del producto farmoquímico y los procedimientos aplicados deben ser
validados |
|
|
8.A.3
El proceso debe ser supervisado y ejecutado por personas competentes |
|
|
8.A.4
Durante el proceso, los recipientes y equipos importantes deben ser rotulados
o identificados en forma inequívoca con el nombre del producto y el número de
lote |
|
|
8.A.5
Además de la documentación sobre le lote, debe estar disponible la
información sobre las actividades diarias en cada departamento involucrado en
el proceso |
|
|
8.A.6
Toda manipulación de materiales y productos tales como recepción, cuarentena,
muestreo, almacenamiento, identificación, movimiento, fabricación embalaje y
distribución, deben ser ejecutados de acuerdo a procedimientos o
instrucciones escritas y, cuando sea necesario, registradas |
|
|
8.A.7
Los deteriores en los recipientes o en cualquier otro problema que pueda
arriesgar la calidad de los materiales, deben ser evaluados, registrados e
informados a Control de Calidad |
|
|
8.A.8 Deben
efectuarse los balances de los materiales y verificarse los rendiminetos obtenidos. Cualquier discrepancia con los
límites preestablecidos debe informarse, investigarse y registrarse |
|
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8.A.9
Durante toda la fabricación, todos los materiales, productos a granel y
equipos principales deben estar etiquetados e identificados en cuanto a
producto, el material en proceso, el título cuando corresponda esta
indicación, debe mencionarse la etapa de la fabricación |
|
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8.A.10
El acceso a las áreas de fabricación debe restringirse a personas autorizadas
|
|
|
8.A.11
La fabricación de productos no farmoquímicos debe
ser prohibida, tanto en tareas, como en equipos destinados a la fabricación
de productos farmoquímicos cuando puedan colocar en
riesgo la calidad, seguridad y la pureza de estos últimos |
|
8.B
Materias primas |
|
|
8.B.1
Las materias primas deben ser recibidas, puestas en cuarentena, muestreadas,
identificadas, axaminadas para verificar el
cumplimiento de las especificaciones establecidas, aprobadas o rechazadas,
almacenadas, rotuladas y dispensadas para su uso, de acuerdo con
instrucciones escritas |
|
|
8.B.2
Algunas materias primas podrán no ser analizadas para su aceptación, por los
riesgos potenciales involucrados, ( ejemplo: pentacloruro
de fósforo, sulfato de dimetilo, etc) Esto es aceptable si el lote posee un certificado de
análisis provistos por el vendedor, el cual quedará archivado en los
registros de Control de Calidad |
|
|
8.B.3
La adquisición de materias primas es una operación importante que requiere un
completo y específico conocimiento de los proveedores |
|
|
8.B.4
Las materias primas deben ser adquiridas solamente proveedores aprobados, de ser
necesarios los mismos constar en la ficha de especificaciones. De ser posible
se adquirirán directamente del productor. |
|
|
8.B.5
Si una entrega del material está compuesta por diferente lotes del proveedor,
cada uno debe ser considerado separadamente para su muestreo, análisis y
aprobación. |
|
|
8.B.6
Solamente las materias primas aprobadas por Control de Calidad y que estén dentro
de su período de validez, pueden ser usadas para la fabricación de un
producto farmoquímico |
|
|
8.B.7
Debe haber un procedimiento escrito para la operación de mezcla de solventes frescos
o recuperados, con los ya existentes en los tanques de almacenamiento. Los
solventes deben ser previamente analizados y aprobados antes de su mezcla. El
material mezclado deberá ser reanalizado a intervalos de tiempo
preestablecidos |
|
8.C PRODUCTOS INTERMEDIOS |
|
Los
productos intermedios, cuando fuera necesario, deben ser analizados de
acuerdo con las especificaciones y deben ser claramente rotulados,
identificados y adecuadamente almacenados |
|
8.D
PRODUCTOS FARMOQUIMICOS TERMINADOS |
|
|
8.D.1
Cada lote de producto farmoquímico terminado tiene
que cumplir las especificaciones establecidas sobre identidad, calidad,
pureza y potencia, incluyendo donde
sean aplicables ensayos y límites para residuos de solventes y reactivos |
|
|
8.D.2
Los productos terminados deben ser mantenidos en cuarentena en las condiciones
establecidas por el fabricante hasta su liberación final. Después de su
liberación, el producto farmoquímico debe ser
almacenado en el sector del depósito de productos terminados en las
condiciones establecidas |
|
|
8.D.3
Además de las recomendaciones anteriores, los productos farmoquímicos
terminados estériles deben ser fabricados de acuerdo a las recomendaciones
para productos farmacéuticos estériles en las etapas en donde el proceso
pueda tener influencia crítica en los atributos de calidad del producto
terminado |
|
8.E
Embalaje y Rotulación |
|
|
8.E.1
Los materiales de embalaje para productos farmoquímicos
no deben tener efecto perjudicial sobre la sustancia, y deben brindar
protección adecuada contra influencias externas y contaminaciones
potenciales. Deben estar disponibles especificaciones escritas adecuadas |
|
|
8.E.2
Debe prestarse atención en todas las etapas para prevenir errores de
embalaje, Deben emplearse procedimientos seguros para proteger la calidad del
producto cuando se lo embala y para asegurarse que los rótulos que se aplican
a los recipientes, son los correctos. |
|
|
8.E.3
Debe prestarse especial atención en el manejo de los materiales impresos.
Estos deben ser almacenados de manera segura e impedir el acceso a los mismos
de personas no autorizadas |
|
|
8.E.4
Los embalajes deben estar claramente identificados con la siguiente
información |
|
|
a)
nombre del producto |
|
|
b)
título y/o potencia si está especificada |
|
|
c)
número de lote |
|
|
d)
fecha de vencimiento o de reanálisis, si están
especificadas |
|
|
e)
advertencias; si se requieren |
|
|
f)
condiciones de almacenaje, si están especificadas, y |
|
|
g)
nombre del fabricante y del proveedor si corresponde |
|
|
8.E.5
Los materiales de embalaje, primario e secundario fuera de uso deben ser
retirados de stock y este hecho debidamente documentado |
|
CAPITULO 9 |
CONTROL DE CALIDAD |
La
función de control de calidad no se limita solamente a las operaciones de
laboratorio sino que debe involucrarse en las actividades y decisiones que puedan
afectar la calidad del producto. |
|
9.1
Cada fabricante debe tener una unidad de control de calidad independiente
cuyo responsable debe responder directamente a la adminstración
superior de la empresa . Entre sus deberes
principales, la unidad “Control de Calidad” debe: |
|
a)
aprobar: |
|
I.
Las especificaciones y métodos de análisis para materias primas, productos intermedios,
materiales de embalaje y productos farmoquímicos; |
|
II.
especificaciones y metodología analítica de Control durante el proceso; |
|
III.
Los procedimientos de muestreo; |
|
IV.
Las instrucciones referidas a sanidad e higiene; |
|
V.
Los procedimientos de reproceso para lotes rechazados o materiales
recuperados; |
|
VI.
Otras instrucciones relacionadas con la calidad del producto |
|
b)
ser responsable de la liberación o rechazo de materias primas, de productos farmoquímicos,de materiales de embalaje y , si se
requiere , de productos intermedios; |
|
c)
asegurar el control y el seguimiento de la estabilidad de los productos farmoquímicos; |
|
d)
ser responsable de la investigación de reclamos y devoluciones relacionados
con la calidad de los productos farmoquímicos |
|
9.2
Todo fabricante debe contar con un laboratorio de control propio.El
laboratorio debe tener personal suficiente y calificado y estar equipado para
realizar todos los ensayos de control de calidad necesarios. Los ensayos deben
ser hechos de acuerdo a procedimientos escritos y validados, Los instrumentos
deben ser calibrados a intervalos adecuados; los reactivos deben ser de
calidad apropiada |
|
9.3
Cuando las circunstancias requieran el uso de laboratorios externos, tal
hecho debe estar asentado en los registros analíticos |
|
9.4
El personal de Control de Calidad debe tener libre acceso a las áreas de producción
para muestreo y verificaciones |
|
9.5 La siguiente documetación
vinculada al sector “Control de Calidad” debe estar fácimente
disponible en el sector: |
|
-Especificaciones
|
|
-Procedimientos
de muestreo |
|
-Métodos
de análisis y registros (incluyendo las hojas de cálculo o cuadernos de
anotaciones) |
|
-
Protocolos y/o certificados analíticos |
|
-
Registro del monitoreo ambiental donde fuera especificado |
|
-
Registro de validación d métodos cuando corresponda |
|
-
Procedimientos y registros de calibración y manutención de instrumentos y
equipos |
|
9.6
La documentación de Control de Calidad correspondiente a un lote, debe ser
mantenida por el lapso de año con posterioridad al período de validez o de
cinco años cuando los productos no tengan asignado dicho período |
|
9.7
El muestreo debe ser realizado de acuerdo a procedimientos escritos aprobados
que describan |
|
-
El método o criterio de muestreo |
|
-
Equipos de muestreo y elementos de protección personal cuando fueran
necesarios |
|
-
Tamaño de la muestra |
|
-
Instrucciones para la subdivisión de la muestra en caso necesario |
|
-
Tipo y condiciones del envase a utilizar |
|
-
Identificación de las unidades muestreadas |
|
-
Precauciones especiales a tener en cuenta con relación al muestreo de
materiales estériles o nocivos |
|
-
Instrucciones para la limpieza y almacenamiento de los elementos de muestreo |
|
-
Condiciones de almacenamiento de las muestras |
|
-
Destino de las muestras sobrantes |
|
9.8
Las muestras de retención para referencia futura deben: |
|
-
Tener etiqueta adecuada adentificando su contenido,
número de lote, fecha de muestreo y número de análisis |
|
-
Tener la cantidad suficiente para permitir como mínimo, la realización de dos
análisis completos |
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-
Las muestras de productos terminados deben ser mantenidas en envases lo mas semejantes posible al envases de
venta y ser almacenadas en las
condiciones especificadas |
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9.9
Tiempo de almacenamiento de las muestras para referencia futura: |
|
-Muestras
de materias primas: como mínimo hasta finalizar el lote ( excepto solventes, gases y agua ); se
exceptúan de este criterio las
materias primas críticas de un proceso, las que deben ser mantenidas por un
año, como mínimo, a contar de la fecha de agotamiento del lote |
|
-
Muestras de productos intermedios: deben ser mantenidas. como mínimo, hasta
la aprobación del producto terminado |
|
-
Muestras de productos terminados con período de validez especificado: deben ser
mantenidas por el lapso de un año, como mínimo a contar de la fecha de
expiración del mismo |
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-
Muestras de productos terminados que no poseen períodos de validez
especificados: deben ser mantenidas por no menos de cinco años |
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CAPITULO 10 |
ESTUDIOS DE ESTABILIDAD |
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10.1
Debe establecerse un programa escrito de estudios de estabilidad para los productos
farmoquímicos. Deben usarse planes y métodos
analíticos indicadores de estabilidad |
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10.2
Las muestras de los productos sometidos al estudio de estabilidad deben
almacenarse en recipientes adecuados, y en
envases similares a los usados para su comercialización, a temperatura
ambiente o la recomendada para su conservación y también en condiciones que
aceleren su envejecimiento |
|
10.3
Normalmente, no existe exigencia de asignación de fecha de vencimientos para
los productos farmoquímicos. Si un estudio de
estabilidad no indica un período de vida útil razonable,por
ejemplo dos años o más, bajo las condiciones de almacenaje previstas, el producto
debe ser rotulado con un período de validez apropiado no superior a cinco
años y debe ser reanalizado antes de esa fecha |
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CAPITULO 11 |
11. AUTO INSPECCION Y AUDITORIA DE
CALIDAD |
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11.1
Para mantener una estricta conformidad con las Buenas Prácticas de
Fabricación y con todos los procedimientos de fabricación y controles
prescriptos, es recomendable que la empresa designe a un experto o equipo de expertos
para que realicen inspecciones periódicas de sus procedimientos generales de
producción y control. Tales expertos deberán ser tan independientes como
fuera posible de los procedimientos de producción y control que inspeccionen |
|
11.2
El objeto de las auto-inspecciones es evaluar el cumplimiento por el
fabricante de las Buenas Prácticas de Fabricación en todos los aspectos de la
producción y del Control de Calidad. El programa de auto-inspección debe
estar diseñado para detectar cualquier
efecto en la implementación de las Buenas Prácticas de Fabricación y para
recomendar las acciones correctivas adecuadas. Los procedimientos y registros
para la auto-inspección deben estar documentados y debe haber un efectivo
programa de seguimiento. Las auto-inspecciones deben realizarse en forma
rutinaria, y podrán, adicionalmente, efectuarse en ocasiones especiales, por
ejemplo en casos de retiros del mercado, rechazados repetidos, o cuando se
anuncia una inspección por parte de las Autoridades Sanitarias. Puede ser
útil suplementar las auto-inspecciones con auditorias de calidad, que
consisten en un examen y evaluación de todo o parte de un sistema con el
objeto específico de mejorarlo. La auditoría
generalmente es realizada por especialistas externos o independientes o por
un equipo designado por la gerencia para tal fin. Las auto-inspecciones y las
auditorias deben quedar registradas |
|
CAPITULO 12 |
12. ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCION |
|
12.1
Los productos farmoquímicos deben ser almacenados
en las condiciones establecidas por el fabricante en base a estudios de
estabilidad |
|
12.2
El sistema de distribución debe operar de forma tal que se despachen en
primer lugar, salvo razones justificadas, los lotes mas
antiguos. Las condiciones de almacenamiento (temperatura, humedad, etc.)
deben ser compatibles con las requeridas para el producto y coincidir con las
indicadas en el rótulo del mismo. |
|
Para
aquellos productos que se requieran de condiciones de almacenamiento
especiales (temperatura y/o humedad controladas) debe contarse con áreas equipadas
para mantener tales condiciones y llevar los registros correspondientes |
|
12.3
Deben mantenerse registros sobre la distribución de cada lote de un producto farmoquímico para facilitar, si fuera necesario, el
retiro del mercado del lote, según procediminentos
escritos. |
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Los
mismos deben contener: |
|
-Nombre
y dirección del destinatario |
|
-
Número de lote, cantidad y fecha de provisión |
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CAPITULO 13 |
13. RECLAMOS Y DESVIOS DE CALIDAD |
|
13.1
El fabricante debe tener instrucciones escritas para tratar los reclamos y defectos
relativos a la calidad de los productos farmoquímicos |
|
13.2
Todas las acciones necesarias deben efectuarse rápidamente. Los reclamos
deben ser investigados a fondo y todos los hechos deben quedar registrados. |
|
13.3
El fabricante debe tener un sistema que le permita investigar todos los
productos que puedan haber sido afectados por un error repetitivo o una falla
en los procedimientos de la empresa |
|
13.4
Todo reclamo referente a desvío de calidad del producto deberá ser registrado
e investigado. El responsable de Control de Calidad debe estar involucrado en
el estudio de estos problemas y los registros deben incluir la siguiente
información: |
|
-Nombre
del producto |
|
-Número
de lote/partida |
|
-Nombre
del reclamante |
|
-Motivo
del reclamo |
|
-Respuesta
al reclamo |
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13.5
Todas las decisiones y medidas tomadas como consecuencia de un reclamo, deben
ser registradas, firmadas, fechadas y anexadas a los registros del lote
correspondiente |
|
CAPITULO 14 |
14. RETIROS DEL MERCADO |
|
Se
debe disponer de un sistema capaz de retirar pronta y eficientemente del
mercado, de ser necesario, productos que presenten desvíos de calidad o se
sospeche de la calidad de los mismos |
|
14.1
Debe ser designada una persona responsable para coordinar y ejecutar los
procedimientos sobre retiros del mercado, con suficientes recursos para
lograr este resultado con adecuado grado de urgencia |
|
14.2
Deben existir procedimientos escritos apropiados y actualizados para proceder
a cualquier actividad de retiro |
|
14.3
La persona responsable de los retiros debe tener fácil acceso a los registros
de distribución |
|
14.4
Los productos retirados deben ser identificados y almacenados en áreas
separadas y seguras hasta la resolución de su destino |
|
CAPITULO 15 |
MATERIALES RECHAZADOS |
El
fabricante debe tener instrucciones escritas con respecto al destino final de
los materiales rechazados, ya sean materias primas, productos intermedios,
materiales de embalaje o productos farmoquímicos
terminados. Los materiales rechazados deben ser identificados claramente como
tales y almacenados en forma controlada mientras esté pendiente su
destrucción, reprocesado o devolución a los proveedores |
|
CAPITULO 16 |
DEVOLUCIONES |
|
16.1
Los productos devueltos del mercado por cualquier motivo, deben ser
reanalizados |
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16.2
Si el producto devuelto está dentro de su plazo de validez, de acuerdo a los resultados
analíticos, se le puede dar los siguientes destinos: |
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-
Reembalaje y venta |
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-
Incorporación al proceso de fabricación de acuerdo a procedimientos escritos |
|
-
Reproceso para su recuperación |
|
-
Destrucción de acuerdo con procedimientos registrados |
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16.3
Cualquier decisión adoptada referente a devoluciones debe ser registrada y
aprobada por personal autorizado. La documentación correspondiente debe ser
anexada al registro del lote |
|
16.4
Productos devueltos por estar fuera de su plazo de validez deben ser destruidos
y el procedimiento empleado debe estar registrado. |
|