Detalle de la norma RE-840-2004-MEP
Resolución Nro. 840 Ministerio de Economía y Producción
Organismo Ministerio de Economía y Producción
Año 2004
Asunto Presupuesto Administración Gral de Puertos
Boletín Oficial
Fecha: 05/01/2005
Detalle de la norma

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución n° 840

29/12/2004

Fecha:

05/01/2005

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

Dependencia:

RE-840-2004-MEP

Tema:

ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS

Asunto:

Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del Ejercicio 2005 de la citada Sociedad del Estado, organismo actuante en la órbita de la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

VISTO: el Expediente Nº 5306/2004 del Registro de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, organismo actuante en la órbita de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de las Empresas Públicas y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente mencionado en el Visto el informe favorable sobre la medida propiciada por la Oficina Nacional de Presupuesto dependiente de la SUB SECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial Nº 3 de la Ley Nº 24.156, determina que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y PRODUCCIÓN RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto del Ejercicio 2005 de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, organismo actuante en la órbita de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSIÓN PUBLICA Y SERVICIOS de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º — Estímanse en la suma de PESOS NOVENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL ($ 98.668.000.-) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL SIETE ($ 77.972.007.-) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (SUPERAVIT DE OPERACION) estimado en PESOS VEINTE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES ($ 20.695.993.-), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II de la presente resolución.

Art. 3º — Estímanse en la suma de PESOS CIENTO CUATRO MILLONES CIENTO CUARENTA Y TRES MIL ($ 104.143.000.-) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL SIETE ($ 77.972.007.-) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS VEINTISEIS MILLONES CIENTO SETENTA MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES ($ 26.170.993.-), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II de la presente resolución.

Art. 4º — Estímanse en la suma de PESOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 7.400.000.-) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS TREINTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA MIL ($ 32.670.000.-) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3º de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el Ejercicio 2005 en PESOS NOVECIENTOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES ($ 900.993.-), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II de la presente resolución.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese

Roberto Lavagna.

NOTA DE LOA: Esta Resolución se publica sin anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar