Detalle de la norma RE-83-2000-GMC
Resolución Nro. 83 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 2000
Asunto Integración y armonización metodológica de los bancos de datos-Mujer-
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Resolución n° 83 07/12/2000 Fecha: 01/02/2001 
 
Dependencia: RE-83-2000-GMC
Tema: MERCOSUR
Asunto: INTEGRACIÓN DE BANCOS DE DATOS Y ARMONIZACIÓN METODOLÓGICA DE INDICADORES SOBRE LA SITUACIÓN DE LA MUJER
 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión 23/00 del Consejo del Mercado Común, la Resolución 20/98 del Grupo Mercado Común y la Recomendación 4/00 de la Reunión Especializada de la Mujer.

CONSIDERANDO:

La necesidad de contar con un sistema de indicadores homogéneos y comparables para la región.

La importancia de que estos indicadores faciliten la elaboración de una base de datos regional sobre la situación de la mujer.

Que iniciativas en este sentido facilitan la elaboración de análisis y diagnósticos, que sirvan de base para la elaboración de programas y acciones para el mejoramiento de la situación de la mujer.

EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:

Art. 1 - Instar a los Gobiernos de los Estados Partes del MERCOSUR a realizar los esfuerzos necesarios para promover la integración y armonización metodológica de los bancos de datos existentes, con vistas a contar con indicadores regionales que sirvan de base para la formulación de políticas públicas sobre la situación de la mujer.  Para este fin, deberá tenerse en cuenta la posibilidad de cooperación técnica con entidades gubernamentales y no-gubernamentales que mantengan investigaciones de indicadores de género. 

Art. 2 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico  de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de organización o funcionamiento del MERCOSUR.

XL GMC - Brasilia, 7/XII/00