Detalle de la norma RE-8-1993-GMC
Resolución Nro. 8 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 1993
Asunto Aspectos institucuionales
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Resolución n° 8 01/04/1993 Fecha:  
 
Dependencia: RE-8-1993-GMC
Tema: MERCOSUR
Asunto: ASPECTOS INSTITUCIONALES.-
 

VISTO: Los Artículos 13 y 15 del Tratado de Asunción suscrito el 26 de marzo de 1991 y los Artículos 4 y 33 de la Decisión del Consejo del Mercado Común Nro. 4/91, que aprueba el Reglamento Interno del Grupo Mercado Común, y

CONSIDERANDO:

Que a fin de asegurar el avance hacia la constitución del Mercado Común resulta necesario, efectuar un relevamiento permanente de la entrada en vigor y la aplicación de las Decisiones  del Consejo del Mercado Común y de las Resoluciones del Grupo Mercado Común, en el orden interno de los Estados Partes

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

ART-1: Encomendar a la Secretaría Administrativa que efectúe un relevamiento trimestral de la puesta en vigencia y aplicación de las Decisiones del Consejo del Mercado Común y de las Resoluciones del Grupo Mercado Común, en el orden interno de los Estados Partes.

ART-2:  Encomendar a la Secretaría Administrativa que presente a las reuniones del Grupo Mercado Común un informe a los Estados Partes sobre el resultado del relevamiento trimestral, o en su caso el estado de situación que corresponda a normas específicas.