Detalle de la norma RE-80-1995-SCI
Resolución Nro. 80 Secretaría de Comercio e Inversión
Organismo Secretaría de Comercio e Inversión
Año 1995
Asunto Importaciones Temporarias. Transfiérense funciones.
Boletín Oficial
Fecha: 26/09/1995
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución n° 80

18/09/1995

Fecha:

 26/09/1995

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Dependencia:

RE-80-1995-SCI

Tema LOA:

 

Tema:

Importaciones Temporarias.

Asunto:

Transfiérense funciones.

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VISTO el Expediente N° 031-003086/95 del Registro del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, y

CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 72/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos del 20 de enero de 1992, se instituyó un régimen de importación temporaria.

Que por Resolución N° 18/92 de la ex-Secretaría de Industria y Comercio del 27 de enero de 1992 se procedió a su reglamentación.

Que por Resolución N° 477/93 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos del 14 de mayo de 1993, se realizaron modificaciones al referido régimen.

Que el régimen de importación temporaria para perfeccionamiento industrial se sustentó en el criterio de ser considerado un estímulo a las exportaciones y por ende contribuir al incremento de la actividad productiva y al mejoramiento del nivel ocupacional.

Que las funciones atinentes al cumplimiento de lo dispuesto por las citadas Resoluciones las realiza el Departamento de Importación Temporaria de la Dirección de Importación de esta Secretaría.

Que a fin de asegurar el desenvolvimiento habitual de actividades, se hace necesario transferir a la Dirección de Promoción de las Exportaciones de esta Secretaria el Departamento de Importación Temporaria de la Dirección de Importación, el personal afectado al mismo, como así también las funciones asignadas por las normas citadas.

Que la presente medida tiende a mantener la continuidad de las actividades de ese sector y se fundamenta en que el régimen de importación temporaria constituye un estímulo a las exportaciones.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos ha tomado la intervención que le compete, expresando que la medida propuesta es legalmente viable.

Que la presente resolución se dicta en función de lo dispuesto por el Artículo 1o del Decreto N° 101/85 del 16 de enero de 1985 y el Artículo 24 de la Resolución N° 72/92 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

Por ello,

El Secretario de Comercio e Inversiones Resuelve:

ARTICULO 1°.- Transfiérese a la Dirección de Promoción de las Exportaciones el Departamento de Importación Temporaria de la Dirección de Importación, el personal afectado al mismo, así como también las funciones asignadas por las normas citadas.

ART. 2°.- Sustitúyese el texto del Artículo 22 de la Resolución N° 18/92 de la ex-Secretaría de Industria y Comercio del 27 de enero de 1992, por el siguiente:

"ARTICULO 22.- Los certificados de Tipificación y Clasificación serán firmados por el Director de Promoción de las Exportaciones o los funcionarios autorizados por comunicación a la Administración Nacional de Aduanas."

ART. 3°.- La presente resolución comenzará a regir a partir del día de la fecha.

ART. 4°.- De forma.