Detalle de la norma RE-7960-2008-ONCCA
Resolución Nro. 7960 Oficina Nacional de Control Comerial Agropecuario
Organismo Oficina Nacional de Control Comerial Agropecuario
Año 2008
Asunto Industria Láctea compensación a la firma TEMPLAC S.A. correspondiente a los meses de mayo y junio de 2007.
Boletín Oficial
Fecha: 04/12/2008
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución 7960

01/12/2008

Fecha:

04/12/2008

 

Dependencia:

RE-7960-2008-ONCCA

Tema:

INDUSTRIA LACTEA

Asunto:

Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco del mecanismo creado por la Resolución Nº 9/07 del Ministerio de Economía y Producción.

 

VISTO el Expediente Nº S01:0187680/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:  

Que mediante la Resolución Nº 1552 de fecha 27 de junio de 2008 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se autorizó el pago a la firma TEMPLAC S.A., por la suma total de PESOS NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON TREINTA Y DOS CENTAVOS ($ 964.554,32).

Que dicho pago se efectuó en concepto de la compensación establecida por las Resoluciones Nros. 435 de fecha 26 de junio de 2007 y 128 de fecha 5 de septiembre de 2007 ambas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y 1984 de fecha 13 de julio de 2007 y 4771 de fecha 8 de octubre de 2007 ambas de la citada Oficina Nacional.

Que la liquidación abonada corresponde al OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) del importe solicitado por la diferencia entre el precio mensual promedio por litro de leche cruda destinada a elaborar productos lácteos para su comercialización en el mercado interno abonado en el período comprendido entre el 1 de febrero y el 30 de abril de 2007 y PESOS CINCUENTA Y UN CENTAVOS ($ 0,51) y entre el 1 de mayo y el 30 de junio de 2007 o PESOS SETENTA CENTAVOS ($ 0,70), el que resulte menor, y PESOS CINCUENTA Y UN CENTAVOS ($ 0,51).

Que la firma solicitante cuenta con informe favorable de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION respecto del cumplimiento de las pautas de precios internos acordados con el Gobierno Nacional.

Que el Area de Lácteos de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ha constatado los extremos requeridos por el Artículo 10 y concordantes de las Resoluciones Nros. 1984/07 y 4771/07, conforme surge de los informes técnicos obrantes a fojas 22/27.

Que la Coordinación Legal y Técnica de la aludida Oficina Nacional no ha presentado objeciones a la continuación del trámite.

Que, en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de la diferencia entre el OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) abonado mediante la aludida Resolución Nº 1552/08 y la liquidación final resultante.

Que los montos que se aprueban por la presente, integrados a los percibidos en el porcentaje aludido precedentemente, no superan el máximo mensual establecido en las citadas Resoluciones Nros. 1984/07 y 4771/07.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en función de lo dispuesto en el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y en las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007, 40 de fecha 25 de enero de 2007, 435 de fecha 26 de junio de 2007 y 128 de fecha 5 de septiembre de 2007, todas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y 1.984 de fecha 13 de julio de 2007 y 4771 de fecha 8 de octubre de 2007, ambas de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del mencionado Ministerio.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase la diferencia de compensación a la firma TEMPLAC S.A. por la suma de PESOS NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON UN CENTAVO ($ 91.379,01) resultante de la liquidación final y el OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) percibido mediante Resolución Nº 1.552 de fecha 27 de junio de 2008 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, correspondiente a los meses de mayo y junio de 2007.

Art. 2º — Autorízase el pago de la compensación consignada en el Artículo 1º de la presente medida, a la firma TEMPLAC S.A., 30-70808726-9, Clave Bancaria Uniforme 0070138520000004429748, el que asciende a la suma total de PESOS NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON UN CENTAVO ($ 91.379,01).

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Echegaray.

 
 
 
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