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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 78 |
01/10/2008 |
Fecha: |
03/10/2008 |
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Dependencia: |
RE-78-2008-DGA |
Tema: |
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS |
Asunto: |
Prórroga de Habilitación Provisoria Muelle de
Cereales. Aduana de San Lorenzo. |
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VISTO el Expediente Nº 1-252733-2007 del registro de
la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, y |
CONSIDERANDO: |
Que
por la citada actuación la firma LDC ARGENTINA S.A. (CUIT 30-52671272-9) solicita
la prórroga de la habilitación aduanera otorgada con carácter provisorio
mediante Resolución Nº 65/08 (DGA), al solo efecto de realizar operaciones de
importación y exportación de cereales y subproductos oleaginosos en el sector
de atraque correspondiente al puerto particular de esa empresa, ubicado sobre
la margen derecha del Río Coronda, a la altura del kilómetro CUATROCIENTOS SESENTA
Y CUATRO (464) de
la Ruta
Troncal de Navegación, en la localidad de Timbúes, Provincia de Santa Fe, en jurisdicción de
la Aduana de San Lorenzo. |
Que
se encuentra acreditada en autos la continuidad de la situación que diera
origen a la habilitación provisoria solicitada, atento estar en trámite la
habilitación definitiva del puerto ante
la Secretaría de
Transporte (Expediente Nº S01:0286658/2006). |
Que
han tomado la debida intervención
la División Aduana
de San Lorenzo,
la
Dirección Regional Aduanera Rosario y
la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras del Interior. |
Que
en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la
habilitación oportunamente otorgada, con carácter provisorio y por el término
de NOVENTA (90) días, a contar desde el vencimiento del plazo conferido por
la Resolución Nº 65/08
(DGA). |
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
Artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de
1997. |
Por
ello, |
LA
DIRECTORA GENERAL DE
LA DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS RESUELVE: |
Artículo 1º — Prorrogar la habilitación aduanera provisoria
otorgada al muelle de cereales de la firma LDC ARGENTINA S.A. (CUIT 30-52671272-9),
ubicado sobre la margen derecha del Río Coronda, a la altura del kilómetro CUATROCIENTOS
SESENTA Y CUATRO (464) de la ruta troncal de navegación, en la localidad de Timbúes, Provincia de Santa Fe, mediante |
Resolución
Nº 65/08 (DGA), por el término de NOVENTA (90) días, a contar desde el
vencimiento del plazo conferido por esta última, con igual carácter e
idéntico alcance. |
Art.
2º — Regístrese. Comuníquese. Dése a
la DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de esta
DIRECCION GENERAL. Tome conocimiento
la Subdirección General
de Operaciones |
Aduaneras
del Interior y
la
Dirección Regional Aduanera Rosario. Cumplido, remítase a
la División Aduana
de San Lorenzo, para su conocimiento y reserva. — María S. Tirabassi. |
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