Detalle de la norma RE-77-2007-DGA
Resolución Nro. 77 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2007
Asunto Régimen de Aduanas Domiciliarias.
Boletín Oficial
Fecha: 17/10/2007
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución n° 77

12/10/2007

Fecha:

 17/10/2007

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Dependencia:

RE-77-2007-DGA

Tema LOA:

 

Tema:

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Asunto:

Régimen de Aduanas Domiciliarias. Abbott Laboratories Argentina S.A. Su inclusión.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

VISTO: la ACTUACION SIGEA Nº 13662-29-2006 del 10 de abril de 2006, en trámite ante el Departamento Grandes Operadores y,

CONSIDERANDO:

Que con fecha 10 de abril de 2006, la firma ABBOTT LABORATORIES ARGENTINA S.A. a través de su representante legal, solicita su inclusión para operar en el Régimen de Aduanas Domiciliarias regulado por Resolución General Nº 596 (AFIP), aportando la totalidad de la documentación requerida al efecto, en el mes de octubre del corriente año.

Que a fin de determinar el efectivo cumplimiento de lo estipulado en la normativa referenciada, se efectuaron a través del Departamento Grandes Operadores consultas a las distintas dependencias de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, como también constataciones personales en la empresa.

Que reunida la información aportada por las áreas, la que obra agregada por cuerda al expediente principal, la División Aduanas Domiciliarias dependiente del Departamento Grandes Operadores eleva un pormenorizado informe a la Jefatura Departamental.

Que en base a este último informe y habiéndose verificado la existencia de las instalaciones para el establecimiento de la Aduana Domiciliaria y acreditado la presentación de la garantía requerida de conformidad a lo estipulado en el Anexo II, punto 4 de la Resolución General Nº 596 (AFIP), el Departamento Grandes Operadores propicia la inclusión de la firma en el régimen de Aduanas Domiciliarias, por entender que la misma cumple con todos los requisitos legales establecidos a tal fin.

Que en atención a lo expuesto, corresponde aprobar la incorporación de la firma ABBOTT LABORATORIES ARGENTINA S.A. para operar en el Régimen de Aduanas Domiciliarias.

Que han tomado la intervención que les compete, las Subdirecciones Generales Técnico Legal Aduanera y de Operaciones Aduaneras Metropolitanas.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º, apartado 2, inc. p) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997 y el artículo 2º de la Resolución General Nº 596 (AFIP).

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS RESUELVE:

Artículo 1º — Inclúyase a la empresa ABBOTT LABORATORIES ARGENTINA S.A., CUIT Nº 30- 50084630-1 con domicilio especial en Av. Valentín Vergara 7989, Ingeniero Allan, Florencio Varela, Provincia de Buenos Aires, en el Régimen de Aduanas Domiciliarias establecido por Resolución General Nº 596 (AFIP).

Art. 2º — Inscríbase a la empresa señalada en el artículo precedente en el Registro de Agente de Transporte Aduanero de esta Dirección General, una vez verificada la presentación de la totalidad de la documentación requerida al efecto.

Art. 3º — Acéptese para operar en el Régimen de Aduanas Domiciliarias, la garantía de actuación de PESOS DOCE MILLONES TRESCIENTOS MIL ($ 12.300.000,00) y procédase a su registración por el área competente.

Art. 4º — Fíjese el asiento de la Aduana Domiciliaria en las instalaciones destinadas al efecto por la firma ABBOTT LABORATORIES ARGENTINA S.A. de conformidad con los antecedentes y constancias que obran en estas actuaciones.

Art. 5º — Dentro de los TREINTA (30) días de publicada la presente en el Boletín Oficial, se procederá por el área competente a designar al personal que prestará servicios en la Aduana Domiciliaria con asiento en el establecimiento de la firma.

Art. 6º — Habilítese a la firma en los sistemas informáticos, para operar bajo el Régimen, una vez cumplido lo dispuesto en los artículos precedentes.

Art. 7º — Regístrese. Comuníquese. Notifíquese al representante legal de ABBOTT LABORATORIES ARGENTINA S.A. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. — Ricardo Echegaray.