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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of
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Resolución n° 75
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21/12/2006
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Fecha:
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27/12/2006
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Dependencia:
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RE-75-2006-DGA
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Tema LOA:
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Tema:
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PASOS FRONTERIZOS
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Asunto:
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Habilitación ocasional de Pasos
Fronterizos para tareas de exploración de cuerpos mineralizados.
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VISTO la ACTUACION
SIGEA AFIP Nº 13659 –
64/2006 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
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CONSIDERANDO:
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Que
por la actuación citada en el VISTO tramita la habilitación ocasional de
Pasos Fronterizos para tareas de exploraciones mineras, para el proyecto
minero de cobre y oro denominado “LAS FLECHAS”.
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Que
el Paso RINCON DE LA FLECHA
I se encuentra ubicado en las coordenadas 28º 46’ de latitud y 62º 42’ de longitud, en
jurisdicción de la Aduana
de SAN JUAN.
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Que
el Paso SIN NOMBRE – CORDON NEGRO se encuentra ubicado en las coordenadas 28º
47’ de
latitud y 69º 42’
de longitud, en jurisdicción de la
Aduana de SAN JUAN.
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Que
la solicitud de habilitación ocasional de los Pasos RINCON DE LA FLECHA I y SIN NOMBRE –
CORDON NEGRO tienen su origen en la presentación efectuada por la empresa
Desarrollo de Prospectos Mineros S.A. a los fines de desarrollar tareas de
exploración minera en el período comprendido entre 26 de Diciembre de 2006 al
31 de Abril del 2007.
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Que
se cuenta con el informe del Ministerio de Planificación Federal en donde consta
que el proyecto en trato se encuentra comprendido dentro del ámbito de
aplicación del Tratado sobre Integración y Complementación Minera Argentino -
Chileno.
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Que
la DIRECCION
NACIONAL DE ADUANAS DE CHILE dispuso la habilitación de
ambos Pasos Fronterizos mediante Resolución Nº 5308 de fecha 18 de octubre de
2006.
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Que
las razones expuestas se encuentran comprendidas en el marco del Tratado de Integración
y Complementación Minera Argentino – Chileno y el Acuerdo Complementario
sobre Apertura y Cierre de Pasos Fronterizos suscripto con CHILE.
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Que
dadas las características geográficas y de acceso del lugar, se considera
conveniente delegar el control del Régimen de Equipaje en el Escuadrón 25
“Jachal” de GENDARMERIA NACIONAL.
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Que
se cuenta con la conformidad de las Subdirecciones Generales de Control
Aduanero y de Operaciones Aduaneras del Interior.
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Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo
9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.
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Por ello;
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EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS RESUELVE:
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Artículo
1º — Habilitar con carácter precario, para el período comprendido entre el 26
de Diciembre de 2006 hasta el 31 de Abril de 2007, ambas fechas inclusive,
los Pasos Fronterizos RINCON DE LA FLECHA I y SIN NOMBRE – CORDON NEGRO, ambos en
jurisdicción de la Aduana
de SAN JUAN, al sólo efecto de realizar tareas de exploraciones de cuerpos
mineralizados.
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Art.
2º — Delegar el Control del Régimen de Equipaje equipaje en el Escuadrón 25
“Jachal” de Gendarmería Nacional Argentina.
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Art.
3º — Establecer que el registro de las destinaciones aduaneras a consumo definitivas
o suspensivas se efectúen con fiscalización por parte del personal de la Aduana de jurisdicción
correspondiente, con cargo a la empresa de los viáticos y transporte que se
susciten en cumplimiento de la operatoria.
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Art.
4º — Regístrese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su
publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS. Cumplido, archívese. — Ricardo Echegaray.
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