Detalle de la norma RE-7-2008-SDGLTA
Resolución Nro. 7 Subdireccion General Legales y Tecnica Aduanera
Organismo Subdireccion General Legales y Tecnica Aduanera
Año 2008
Asunto Prórroga Habilitación Provisoria Zona Operativa Aduanera de Uspallata.
Boletín Oficial
Fecha: 01/02/2008
Detalle de la norma
Resolución 7-2008-SDGLTA

Resolución 7-2008-SDGLTA

Prórroga Habilitación Provisoria Zona Operativa Aduanera de Uspallata.

Bs. As., 30/1/2008

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12367-15-2008, del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la Dirección Regional Aduanera Mendoza informa sobre la necesidad de prorrogar la habilitación provisoria de la Zona Operativa Aduanera ubicada en el predio de CUARENTA Y SEIS HECTAREAS NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 24/100 METROS CUADRADOS (46 Ha. 9356,24 m2) de superficie —según Mensura por Mayor Extensión, Unificación y Fraccionamiento, registrada como 03 29977—, sobre la Ruta 7, Km. 1151 de la localidad de Uspallata, Departamento de Las Heras, Provincia de Mendoza.

Que la citada habilitación fue otorgada mediante —publicada en el Boletín Oficial el 27 de julio de 2007—, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días.

Que tanto el predio como las instalaciones destinadas para la realización de operaciones aduaneras reúnen los requisitos para tal fin, por contar con las condiciones de infraestructura necesarias para ejercer el control aduanero, conforme lo informado por la Dirección Regional Aduanera Mendoza, iniciando sus operaciones el día 13 de julio del año 2007.

Que en función de lo expuesto, corresponde prorrogar la habilitación aduanera otorgada al citado lugar operativo, con igual carácter e idéntico alcance por el término de CIENTO OCHENTA (180) días a contar desde el vencimiento del plazo conferido por la Resolución Nº 46/2007 (DGA), hasta tanto se concreten las obras de infraestructura del Centro de Control de Cargas Uspallata, en el marco de los compromisos asumido en el Plan de Gestión 2007/2008 de la AFIP.

Que en autos han tomado debida intervención la División Aduana de Mendoza, la Dirección Regional Aduanera Mendoza y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior de la Dirección General de Aduanas.

Que el presente acto administrativo se dicta en uso de las facultades establecidas en el Artículo 6º de la Resolución General Nº 1924 y el Art. 1º de la Disposición Nº 113/06 (AFIP) del 17 de febrero del 2006.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL TECNICO LEGAL ADUANERA A CARGO DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

RESUELVE:

Artículo 1º — Prorrogar la habilitación provisoria de la Zona Operativa Aduanera otorgada mediante Resolución Nº 46/2007 (DGA), por el término de CIENTO OCHENTA (180) días a contar desde el vencimiento del plazo conferido, con igual carácter e idéntico alcance.

(Por la Resolución 48-2008 de la Dirección General de Aduanas  se prorroga la habilitación provisoria, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días a contar desde el vencimiento del plazo conferido, con igual carácter e idéntico alcance.)

Art. 2º — Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL. Tome conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional Aduanera Mendoza. Remítanse estos actuados a la División Aduana de Mendoza para su conocimiento y aplicación. — Jorge R. De Cicco.