Resolución 7-2008-SDGLTA
Prórroga Habilitación Provisoria Zona
Operativa Aduanera de Uspallata.
Bs. As., 30/1/2008
VISTO la Actuación SIGEA Nº 12367-15-2008, del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada
actuación la Dirección Regional Aduanera Mendoza informa sobre la necesidad de
prorrogar la habilitación provisoria de la Zona Operativa Aduanera ubicada en el predio de CUARENTA Y SEIS HECTAREAS NUEVE MIL
TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 24/100 METROS CUADRADOS (46 Ha. 9356,24 m2) de superficie —según Mensura por Mayor Extensión, Unificación y Fraccionamiento,
registrada como 03 29977—, sobre la Ruta 7, Km. 1151 de la localidad de Uspallata, Departamento de Las Heras, Provincia de Mendoza.
Que la citada
habilitación fue otorgada mediante —publicada en el Boletín Oficial el 27 de
julio de 2007—, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días.
Que tanto el
predio como las instalaciones destinadas para la realización de operaciones
aduaneras reúnen los requisitos para tal fin, por contar con las condiciones de
infraestructura necesarias para ejercer el control aduanero, conforme lo
informado por la Dirección Regional Aduanera Mendoza, iniciando sus operaciones
el día 13 de julio del año 2007.
Que en función de
lo expuesto, corresponde prorrogar la habilitación aduanera otorgada al citado
lugar operativo, con igual carácter e idéntico alcance por el término de CIENTO
OCHENTA (180) días a contar desde el vencimiento del plazo conferido por la Resolución Nº 46/2007 (DGA), hasta tanto se concreten las obras de infraestructura del Centro
de Control de Cargas Uspallata, en el marco de los compromisos asumido en el
Plan de Gestión 2007/2008 de la AFIP.
Que en autos han
tomado debida intervención la División Aduana de Mendoza, la Dirección Regional Aduanera Mendoza y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior de la Dirección General de Aduanas.
Que el presente
acto administrativo se dicta en uso de las facultades establecidas en el Artículo
6º de la Resolución General Nº 1924 y el Art. 1º de la Disposición Nº 113/06 (AFIP) del 17 de febrero del 2006.
Por ello,
EL SUBDIRECTOR
GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL TECNICO LEGAL ADUANERA A CARGO DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
Artículo 1º — Prorrogar la habilitación provisoria de la Zona Operativa Aduanera otorgada mediante Resolución Nº 46/2007 (DGA), por el término de
CIENTO OCHENTA (180) días a contar desde el vencimiento del plazo conferido,
con igual carácter e idéntico alcance.
(Por la Resolución
48-2008 de la Dirección General de Aduanas se prorroga la habilitación
provisoria, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días a contar desde el
vencimiento del plazo conferido, con igual carácter e idéntico alcance.)
Art. 2º — Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y
publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL. Tome conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional Aduanera Mendoza. Remítanse estos actuados a la División Aduana de Mendoza para su conocimiento y aplicación. — Jorge R. De Cicco.