Detalle de la norma RE-7-1997-GMC
Resolución Nro. 7 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 1997
Asunto Ajuste Arancel Externo Común
Detalle de la norma

 

Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Resolución n° 7 25/04/1997  Fecha:  
 
Dependencia: RE-7-1997-GMC
Tema: MERCOSUR
Asunto: AJUSTE DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE AEC
 
 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 22/94 del Consejo Mercado Común, las Resoluciones Nº 35/95 y 36/95 del Grupo Mercado Común, la Directiva Nº 8/96 y la Propuesta Nº 1/97 dela Comisión de Comercio del MERCOSUR

CONSIDERANDO: Que es necesario ajustar la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo Común, instrumento esencial de la Unión Aduanera

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Art 1º - Ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común , conforme el estudio de solicitudes de apertura presentadas por los Estados Partes, que figura como anexo y forma parte de la presente Resolución

Art. 2º - La presente Resolución entrará en vigencia el 1º/VII/97

XXV - Asunción, 25/IV/97

 

ANEXO (VERSION EN ESPAÑOL)

1. SUSTITUCION DE CODIGOS

DONDE DICE:

6815.99.10

7118.10.00

Electrofundidas Monedas sin curso legal, excepto las de oro

DEBE DECIR:

6815.99.1

7118.10

Electrofundidas

Monedas sin curso legal, excepto las

de oro

2. MODIFICACION ES DE A.E.C

NCM

2921.51.12

3005.90.20

Diaminotoluenos

(toluilendiaminas)

Campos quirúrgicos de telas sin tejer

AEC

ACTUAL %

2

2

A.E.C ACORDADO %

12

12

3.SUSTITUCIONES DE TEXTO

DONDE DICE:

8517.50.22

8525.10.21

Sobre líneas de fibras ópticas, con velocidad de transmisión superior a 140 Mbits/s

En AM con modulación por ancho de pulso, totalmente a semiconductores y potencia de salida superior a 10 kW

DEBE DECIR:

8517.50.22

8525.10.21

Sobre líneas de fibras ópticas , con velocidad de transmisión superior a 2,5 Gbits/s

En AM con modulación por código o ancho de pulso, totalmente a semiconductores y potencia de salida superior a 10kW

 4.INCORPORACIONES

6815.99.11

Con un contenido de alúmina (AI2O3) superior o igual al 90%, en peso

A.E.C ACORDADO

%

2

 

6815.99.12

Con un contenido de sílice (SiO2) superior o igual al 90% en peso

2

 

6815.99.13

Con un contenido, en peso, de óxido de circonio (ZrO2) superior o igual al 50% incluso con un contenido de alúmina inferior al 45%

2

 

6815.99.14

Constituidas por una mezcla o combinación de alúmina (AI2O3), sílice (SiO2) y óxido de circonio (ZrO2), con un contenido, en peso, de alúmina superior o igual al 45%, pero inferior al 90% o con un contenido, en peso, de óxido de circonio  (ZrO2) superior o igual al 20%, pero inferior al 50%

2

 

6815.99.19

Las Demás

14

 

7118.10.10

Destinadas a tener curso legal en el país importador

16

 

7118.10.90

Las Demás

0

 

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-1263-1997-MEOSP Relaciona Nomenclatura Común del MERCOSUR