Detalle de la norma RE-7-1996-GMC
Resolución Nro. 7 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 1996
Asunto Pasaporte sanitario equino
Detalle de la norma
RE-7-1996

RE-7-1996

 

PASAPORTE SANITARIO EQUINO

 

 

 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 6/93 del Consejo del Mercado Común, la Resolución Nº 91/93 del Grupo Mercado Común y la Recomendación Nº 9/95 del Subgrupo de Trabajo Nº 8 “Agricultura”.

 

CONSIDERANDO:

 

Que es necesario facilitar el tránsito de los equinos dedicados a la práctica de actividades deportivas, a través del territorio de los Estados Partes.

 

Que es conveniente a tales efectos disponer de un documento de identificación armonizado.

 

EL GRUPO MERCADO COMUN

 

RESUELVE:

 

Art 1 - Aprobar el documento "Pasaporte sanitario equino", que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

 

Art 2 - Los Estados Partes pondrán en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resolución a través de los siguientes organismos:

 

Argentina:

 

SAPYA/SENASA

 

 

 

Brasil:

 

MAARA/SDA

 

 

 

Paraguay:

 

MAG/Subsecretaría de Ganadería y SENACSA

 

 

 

Uruguay:

 

MGAP/DGSG

 

Art 3 - La presente Resolución entrará en vigor en el Mercosur antes del 1º de julio de 1996.

 

 

XXI GMC, Buenos Aires, 19 de abril de 1996

 

 

 

 

 

ANEXO

 

PASAPORTE SANITARIO EQUINO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Nombre del Equino :

 

Número de Pasaporte :

 

Fecha de emisión:

 

 

 

Sello y Firma Oficial :

 

 

 

OBLIGATORIEDAD DE USO DEL PRESENTE PASAPORTE

 

 

 

* Equinos de las siguientes categorías:

 

-      Equinos dedicados a la práctica de actividades deportivas (carreras, trote, polo, cuadreras, salto, pato, adiestramiento, marchas, cabalgatas y otras).

 

-      Todo equino destinado espectáculos y competencias rurales de diversas índoles.

 

-      Quedan excluidos del uso del presente Pasaporte los equinos destinados a: reproducción, faena, trabajo y exposiciones.

 

 

 

NORMAS SANITARIAS APLICABLES

 

 

 

*          Todo animal en tránsito o comprendido por los alcances de uso de este Pasaporte deberá cumplir con lo siguiente:

 

-           Anemia Infecciosa Equina, test de inmunodifusión en gel de agar negativo, con validez diagnóstica de 60 días.

 

-           Vacunación contra Influenza Equina (tipo A) con validez entre 15 (quince) y 365 (trescientos sesenta y cinco) días.

 

 

 

 SEÑOR PROPIETARIO, TENEDOR O RESPONSABLE

 

 

 

Quien figure como último titular a cargo del animal, será responsable ante las Autoridades Sanitarias Oficiales frente a cualquier incumplimiento a las normas sanitarias vigentes.

 

 

 

 

 

INSTRUCCIONES

 

 

 

Utilización del Pasaporte

 

 

 

1.         Este pasaporte es otorgado al propietario del equino por el (MENCIONAR EL NOMBRE DEL SERVICIO VETERINARIO OFICIAL). Este es un documento de identificación que debe acompañar al equino en todos sus desplazamientos y debe ser presentado al ser requerido por las autoridades encargadas de los controles administrativos, técnicos y sanitarios.

 

2.         Las instrucciones para completar este pasaporte están detalladas como sigue. Las señas gráficas y las señas descriptivas deben estar fechadas, firmadas por un veterinario oficial o acreditado.

 

3.         Toda vacunación y control sanitario efectuado por un laboratorio debe estar claramente detallado en el pasaporte, con el sello oficial y la firma del veterinario oficial o acreditado.

 

4.         A cada cambio de propietario, el pasaporte debe ser inmediatamente devuelto por el anterior propietario, indicando el nombre y la dirección del nuevo propietario, al Servicio Veterinario Oficial que lo remitirá al nuevo propietario después de haberlo registrado.

 

5.         Si hubiere cambio de nombre de equino, el pasaporte debe ser, sin tardar, enviado al Servicio Veterinario Oficial indicando el nuevo nombre, a fin de proceder al nuevo registro.

 

6.         La pérdida del pasaporte debe ser inmediatamente declarada al Servicio Veterinario Oficial que otorgará un duplicado que llevará el mismo número.

 

7.         En caso de muerte o de sacrificio del equino, el pasaporte debe ser enviado para su anulación al Servicio Veterinario Oficial.

 

 

 

 

El Propietario

 

 

 

1.         Llenar la página “Propietarios sucesivos” salvo la columna 1 “Fecha de emisión”y la columna 6 “Sello del Servicio Veterinario Oficial y firma oficial”.

 

2.         El veterinario oficial o acreditado deberá llenar las señas descriptivas y gráficas y la página de “registro de vacunas” de manera conforme.

 

 

 

 El Veterinario Oficial o Acreditado

 

 

 

1.         Completar las señas descriptivas indicando el año de nacimiento, sexo, pelaje, el país de origen y la raza (si se conoce, obtener la información del propietario) en mayúscula. No debe dejarse líneas en blanco.

 

2.         Dibujar el contorno de las señas gráficas utilizando un bolígrafo rojo para las marcas blancas, sin llenar pero marcando suavemente si se desea, y un bolígrafo negro para los remolinos y las otras marcas. Tener especial cuidado con lo remolinos de la cabeza (universal), del cuello y del pliegue yugular (corriente) así como de los miembros anteriores y posteriores visto por detrás. Una cicatriz permanente será indicada por una flecha dirigida hacia el sitio de su ubicación. Las marcas, tales como los tatuajes o las marcas al hierro estarán indicados con croquis. Las áreas despigmentadas sobre los cascos (sobretodo en los caballos grises) serán indicadas con un croquis y coloreadas en rojo. Finalmente, fechar, sellar y firmar en la casilla apropiada para autenticar la identidad del equino.

 

3.         Completar la página “Registro de vacunas” de manera indicada. La vacunación inicial contra la gripe equina deben estar indicadas, así como las revacunaciones anuales (a menos de 1 año de intervalo).

 

4.         Completar los Controles Sanitarios de Laboratorio cuando tales controles son efectuados. Cada inscripción debe estar autenticada por el nombre y la firma del veterinario.

 

 

 

 Propietarios Sucesivos

 

 

 

1.         A cada cambio de propietario, el pasaporte debe ser inmediatamente devuelto por el anterior propietario, indicando nombre y la dirección del nuevo propietario. El Servicio Veterinario Oficial lo remitirá al nuevo propietario después de haberlo registrado.

 

 

 

2.         Si hay más de un propietario, o si el equino pertenece a una sociedad, se indicará en el pasaporte el nombre de la persona responsable del mismo y su nacionalidad. Si los propietarios son de nacionalidades diferentes, deben precisar la nacionalidad del equino.

 

 

 

Fecha de la emisión por el Servicio Veterinario Oficial

 Nombre del Propietario

 Dirección del Propietario

 Nacionalidad del Propietario

 Firma del Propietario

 Sello del Veterinario Oficial y firma oficial

 

Día

Mes

Año

 

 

 

Controles de identidad del equino descripto en este pasaporte

 

Se controlará la identidad del equino cada vez que lo exijan los Servicios Veterinarios Oficiales y se certificará, firmando esta página, que el equino presentado corresponde al caballo descrito en este pasaporte.

 

Fecha

 Ciudad y país

 Motivo del control (tránsito fronterizo, concurso, certificado sanitario, etc.)

 Nombre, firma y cargo del oficial verificando la identidad

 

Día

Mes

Año

 

Registro de vacunas

 

Todas las vacunas recibidas por el equino así como el nombre y la firma del veterinario, deben figurar de manera y detallada en el cuadro siguiente.

 

Fecha

 Enfermedad(es) transmisible(s) examinada

 Tipo del examen

 Resultado del examen

 Laboratorio oficial que ha analizada la muestra

 Nombre y firma del veterinario

 

Día

Mes

Año

 

 

Controles sanitarios efectuados por laboratorios

 

 

El veterinario del Servicio Oficial o Acreditado que solicita el control sanitario debe inscribir de manera clara y detallada en el cuadro siguiente el resultado de cada control.

 

 

Fecha

 Lugar

 País

 Protegido contra enfermedad(es)

 Vacuna / Vacuna

 Nombre, firma y sello veterinario

 

Día

Mes

Año

 

 

 

 Nombre

 No de lote

 

 OBSERVACIONES

 

 

 

 

 

________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

 

____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

 

pasaport.doc - 18/10/95

 

 

 

NOMBRE DEL PASAPORTE

 FIRMA Y SELLO OFICIAL

 

Nombre del Caballo

 

Cambio de nombre y fecha

 

Raza y numero del registro genealógico

 

 

 

Fecha

 País de nacimiento

 Altura al cruz (del pony) indicada en el certificido adjunto

 Padre

 

Sexo

 Capa

 

 Madre

 

Señas descriptivas

 

Escribir en mayusculas

 

Cabeza

 

 

 Al:

 

AD:

 

PI

 

PD

 

Cuerpo

 

 

 

Identificación adicional

 

 

Micro plaquette

 hierro ardiendo

 otro

 falta seña gráfica

 

 

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
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