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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 71 |
18/09/2008 |
Fecha: |
23/09/2008 |
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Dependencia: |
RE-71-2008-DGA |
Tema: |
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS |
Asunto: |
Prórroga Habilitación Aduanera
Provisoria Puerto Villa Gobernador Gálvez. |
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VISTO
la
Actuación SIGEA Nº
12542-703-2006 del registro de
la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, y |
CONSIDERANDO: |
Que
por la citada actuación la firma CARGILL S.A.C.I.
(CUIT Nº 30-50679216-5) solicita una nueva prórroga de la habilitación aduanera
otorgada con carácter provisorio mediante Resolución Nº 57/2008 (DGA), al solo
efecto de realizar operaciones de exportación, el sector de atraque
correspondiente al puerto particular de esa empresa, ubicado en terrenos de
su propiedad en el área portuaria de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de
Santa Fe, entre las calles Solís, Matienzo, Artigas, América, Bécquer, Verne, Obligado, Derqui y
Varela y, la margen derecha del Río Paraná, a la altura del km CUATROCIENTOS OCHO (408) del citado río, en
jurisdicción de
la Aduana
de Rosario. |
Que
se encuentra acreditada en autos la continuidad de la situación que diera
origen a la habilitación provisoria otorgada, atento estar en trámite la
habilitación definitiva del puerto ante
la Secretaría de
Transporte (Expediente Nº S01:0282714/05). |
Que
en autos han tomado la intervención que les compete
la División Aduana
de Rosario,
la
Dirección Regional Aduanera Rosario y
la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras del Interior. |
Que
en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la
habilitación oportunamente otorgada, con carácter provisorio y por el término
de NOVENTA (90) días a contar desde el vencimiento del plazo conferido por
la Resolución Nº 57/2008 (DGA). |
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de
1997. |
Por ello, |
LA DIRECTORA GENERAL DE
LA DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS RESUELVE: |
Artículo 1º — Prorrogar la habilitación aduanera otorgada
al puerto de la firma CARGILL S.A.C.I. (CUIT Nº
30-50679216-5) mediante Resolución Nº 57/2008 (DGA), por el término de
NOVENTA (90) días a contar desde el vencimiento del plazo conferido por esta
última, con igual carácter e idéntico alcance. |
Art. 2º — Regístrese. Comuníquese. Dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación y publíquese en el Boletín de esta Dirección General. Tome
conocimiento
la
Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior
y Dirección Regional Aduanera Rosario. |
Remítanse
los presentes a
la
División Aduana de Rosario para su conocimiento y
notificación. — María S. Tirabassi. |
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