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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Nº 71 |
21/06/1996 |
Fecha: |
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Dependencia: |
RE-71-1996-GMC |
Tema: |
MERCOSUR |
Asunto: |
RENEGOCIACION DE LOS ACUERDOS BILATERALES CON LOS DEMAS PAISES DE ALADI |
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VISTO: el
Art. 13 del Tratado de Asunción,
la Decisión N° 4/91 del Consejo del Mercado Común,
la Resolución 9/95 del Grupo
Mercado Común. |
CONSIDERANDO: La necesidad
de evitar perforaciones al AEC, preservando así la Unión Aduanera. |
Los avances logrados en el proceso de negociaciones de acuerdos de
libre comercio, de los que resultan la celebración del acuerdo entre Mercosur y
la República de Chile, así como la próxima
conclusión de los entendimientos en ese mismo sentido con
la Reqública de Bolivia. |
El interés en expandir la red de libre comercio en la región,
promoviendo el pleno aprovechamiento de las posibilidades de complementación
económica. |
Las manifestaciones expresadas por autoridades de países andinos y la
correspondencia dirigida al Ministro de Relaciones Exteriores de Brasil por
el presidente de
la
Comisión del Acuerdo de Cartagena, el 8 de agosto pasado,
en el sentido de que las negociaciones con el Mercosur,
conducentes al establecimiento de una zona de libre comercio, en el plazo de
diez años, entre los dos agrupamientos económicos subregionales,
debe darse de manera conjunta. |
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE: |
Art. 1. Iniciar negociaciones de un acuerdo de libre comercio con Colombia, Ecuador,
Perú y Venezuela, descartando la etapa previa de renegociación del natrimonio histórico. |
Art. 2. Encomendar al Grupo Ad Hoc Relaciones Externas la
conducción de dichas negociaciones. |
XII
Reunión Ext. GMC
Montevideo, 28 de agosto de 1996 |
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