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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of
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Resolución n° 695
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05/09/2006
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Fecha:
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27/09/2006
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Dependencia:
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RE-695-2006-MEP
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Tema
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Tema:
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COMERCIO EXTERIOR
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Asunto:
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Aclárase que el alcance
de los Artículos 1º y 2º de la Resolución Nº 405/2006, comprende únicamente a
los aros terminados tanto exteriores e interiores para las series indicadas en
el Anexo de la referida Resolución.
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VISTO: el
Expediente Nº S01:0234922/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION,
y
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CONSIDERANDO:
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Que mediante la Resolución Nº 405
del 31 de mayo de 2006 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, publicada en
el Boletín Oficial el 6 de junio de 2006, se procedió al cierre de la
investigación por elusión que se llevara a cabo mediante el expediente citado
en el Visto para las operaciones de exportación hacia la REPUBLICA ARGENTINA
de rodamientos de bolas radiales, de UNA (1) hilera de diámetro exterior
comprendido entre TREINTA MILIMETROS (30 mm) y CIENTO VEINTE MILIMETROS (120 mm), originarias de la REPUBLICA POPULAR
CHINA, las que se despachan a plaza por la posición arancelaria de la Nomenclatura Común
del MERCOSUR (N.C.M.) 8482.10.10, fijándose valores mínimos de exportación FOB
a los aros exteriores e interiores correspondientes a las series detalladas
en el Anexo de la citada resolución.
|
Que, a tenor de lo indicado por la COMISION NACIONAL
DE COMERCIO EXTERIOR, organismo desconcentrado en el ámbito de la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION por medio de Acta Nº 1038 de fecha 30 de agosto de 2004, y de una
presentación que efectuara la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION por medio del Expediente Nº S01:0234922/2006 del
Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, resulta necesario aclarar el
alcance de la referida Resolución Nº 405/06.
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Que ha tomado la intervención que le compete la SECRETARIA DE
POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
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Que en concordancia con el Artículo 76 del Decreto
Nº 1326 del 10 de noviembre de 1998, la publicación de la presente resolución
en el Boletín Oficial se tendrá a todos los fines como notificación
suficiente.
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Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
|
Que la presente medida se dicta en uso de las
facultades conferidas por el Decreto Nº 1326/98, el Reglamento de
Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991 y el Decreto Nº
1283 del 24 de mayo de 2003.
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Por ello,
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LA MINISTRA DE ECONOMIA
Y PRODUCCION RESUELVE:
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Artículo 1º — Aclárase que el alcance de los Artículos
1º y 2º de la
Resolución Nº 405 del 31 de mayo de 2006 del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION, publicada en el Boletín Oficial el 6 de junio de 2006,
comprende únicamente a los aros terminados tanto exteriores e interiores para
las series indicadas en el Anexo de la referida resolución.
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Art. 2º — La presente resolución surtirá efectos a
partir de la entrada en vigencia de la Resolución Nº
405/06 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, publicada en el Boletín
Oficial el 6 de junio de 2006.
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Art. 3º — La publicación de la presente resolución en
el Boletín Oficial se tendrá a todos los fines como notificación suficiente.
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Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Felisa Miceli.
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