Detalle de la norma RE-672-2006-MEP
Resolución Nro. 672 Ministerio de Economía y Producción
Organismo Ministerio de Economía y Producción
Año 2006
Asunto Productos del Sector Lácteo.
Boletín Oficial
Fecha: 25/08/2006
Detalle de la norma
LOA

Ministerio de Economía y Producción

Resolución 672/2006

Productos del Sector Lácteo. Fíjase el derecho de exportación de determinadas mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur. Derógase la Resolución Nº 406/2005.

Bs. As., 24/8/2006

VISTO el Expediente Nº S01:0262975/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 406 de fecha 22 de julio de 2005 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION incrementó transitoriamente el derecho de exportación de un conjunto de productos del sector lácteo.

Que la Resolución Nº 19 de fecha 19 de enero de 2006 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días la aplicación de la Resolución Nº 406/05 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y efectuó modificaciones en las posiciones arancelarias contenidas en sus Anexos.

Que la Resolución Nº 565 de fecha 19 de julio de 2006 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION prorrogó por el término de SESENTA (60) días corridos la vigencia de las medidas dispuestas por las resoluciones mencionadas precedentemente.

Que el incremento mencionado se dispuso con el fin de atenuar desequilibrios de oferta y demanda en el mercado local, frente a un escenario internacional caracterizado por precios elevados y una demanda sostenida.

Que los precios de los productos del sector, tanto internos como externos, se mantienen estables.

Que resulta conveniente mejorar la rentabilidad de éste a fin de contribuir a incrementar la oferta de productos lácteos en el mediano y largo plazo.

Que, por lo expuesto, se entiende oportuno retornar al nivel de derechos de exportación vigente con anterioridad al dictado de la Resolución Nº 406/05 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, excepto para las leches en polvo.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en función de lo previsto en la Ley Nº 22.415 (Código Aduanero), la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones y el Decreto Nº 2752 de fecha 26 de diciembre de 1991.

Por ello,

LA MINISTRA DE ECONOMIA Y PRODUCCION

RESUELVE:

Artículo 1º — Derógase la Resolución Nº 406 de fecha 22 de julio de 2005 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y sus modificatorias.

Art. 2º — Fíjase el derecho de exportación que en cada caso se indica, para las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que se consignan en la planilla que, como Anexo, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 3º — La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Felisa Miceli.

ANEXO

N.C.M.

D.E. (%)

0401.10.10

5

0401.10.90

5

0401.20.10

5

0401.20.90

5

0401.30.10

5

0401.30.21

5

0401.30.29

5

0402.10.10

10

0402.10.90

10

0402.21.10

10

0402.21.20

10

0402.21.30

10

0402.29.10

10

0402.29.20

10

0402.29.30

10

0402.91.00

10

0402.99.00

10

0403.10.00

5

0403.90.00

5

0404.10.00

5

0404.90.00

5

0405.10.00

5

0405.20.00

5

0405.90.10

5

0405.90.90

5

0406.10.10

5

0406.10.90

5

0406.20.00

5

0406.30.00

5

0406.40.00

5

0406.90.10

5

0406.90.20

5

0406.90.30

5

0406.90.90

5