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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 67 |
04/09/2008 |
Fecha: |
09/09/2008 |
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Dependencia: |
RE-67-2008-DGA |
Tema: |
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS |
Asunto: |
Prórroga Habilitación Provisoria
Zona Operativa Aduanera Palpalá. Aduana de Jujuy. |
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VISTO
la
Actuación SIGEA Nº
12674-116-2008 del registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS, y |
CONSIDERANDO: |
Que
por Actuación SIGEA Nº 12237-4-2004 el Gobierno de
la Provincia de Jujuy
solicita la habilitación de una Zona Primaria Aduanera sobre un predio de
VEINTITRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 89/100 METROS CUADRADOS (
23.785,89 m2) de
superficie, ubicado sobre
la Colectora CAPRIA de
la Ruta Nacional Nº 66, de la localidad de Palpalá, Provincia de Jujuy,
en jurisdicción de
la
División Aduana de Jujuy. |
Que
mediante Escritura Nº 203 de fecha 17 de Noviembre de 2006 se concretó la
donación de dicho predio, efectuada por SUCRE S.R.L.
y RTV PIOLI S.R.L. a favor de
la Municipalidad de Palpalá, acto que fuera registrado en el Registro
Inmobiliario de
la
Dirección General de Inmuebles de
la Provincia de Jujuy el
17 de enero de 2007. |
Que
a fs. 220/221 de
la Actuación SIGEA Nº
12237-4-2004 luce Ordenanza Nº 885/07 del 27 de Septiembre de 2007, por la
que el Consejo Deliberante de
la Municipalidad de Palpalá presta acuerdo al Decreto Municipal Nº 433/07 mediante el cual dicha
Municipalidad dispone la donación con cargo a favor de
la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS de la fracción de terreno individualizado como
Circunscripción Uno, Sección Uno, Manzana X901, Parcela 61, Padrón P69966,
Matrícula P-14958 —según registro inmobiliario de
la Dirección General
de Inmuebles—, de una superficie de VEINTITRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y
CINCO CON 89/100 METROS CUADRADOS (
23.785,89 m2). |
Que
en virtud que
la Aduana
de Jujuy no cuenta con una Zona Operativa para realizar tareas de control de
cargas afectadas al comercio exterior, la misma fue habilitada en forma
provisoria por Resolución Nº 63/2006 (DGA), y prorrogada por Resoluciones Nº 14/2007 (DGA), 64/2007 (DGA), 72/2007 (DGA), 125/2007 (DGA), 19/2008 (DGA) y 41/2008
(DGA). |
Que
atento que a la fecha aún no se ha perfeccionado la disponibilidad jurídica
del inmueble para su habilitación definitiva como Zona Primaria Aduanera, y a
fin de no entorpecer el normal desarrollo del comercio exterior en la región,
resulta procedente autorizar una prórroga a la habilitación oportunamente otorgada,
con carácter provisorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, a
contar desde el vencimiento del plazo conferido por
la Resolución Nº 41/2008 (DGA). |
Que
en autos han tomado la debida intervención
la División Aduana
de Jujuy,
la
Dirección Regional Aduanera Salta y
la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras del Interior. |
Que la presente se dicta en ejercicio de las
facultades conferidas por el Artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto
Nº 618 del |
10 de julio de 1997. |
Por ello, |
LA DIRECTORA GENERAL DE
LA DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS RESUELVE: |
Artículo
1º — Prorrogar por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días a contar desde el
vencimiento del plazo conferido, con igual carácter e idéntico alcance, la
habilitación de
la
ZONA OPERATIVA ADUANERA del predio de VEINTITRES MIL
SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 89/100 METROS CUADRADOS (
23.785,89 m2)
ubicado sobre
la
Colectora CAPRIA de
la Ruta Nacional Nº 66, de la localidad de Palpalá, Provincia de Jujuy
en jurisdicción de
la Aduana
del mismo nombre, habilitada provisoriamente mediante Resolución Nº 41/2008
(DGA). |
Art.
2º — Regístrese. Comuníquese. Dése a
la DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y publíquese
en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL. Tome conocimiento
la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras del Interior y
la Dirección Regional
Aduanera Salta. Remítase a
la División Aduana de Jujuy para su conocimiento y
notificación. — María S. Tirabassi. |
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