|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
Documento y Nro
|
Fecha
|
Publicado en:
|
Boletín/Of
|
Resolución n° 664
|
27/09/2006
|
Fecha:
|
02/10/2006
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
Dependencia:
|
RE-664-2006-SENASA
|
Tema
|
|
Tema:
|
SANIDAD VEGETAL
|
Asunto:
|
Amplíase el alcance del
artículo 1º de la
Resolución Nº 629/2004, permitiendo la emisión de
Autorizaciones Fitosanitarias de Importación para frutos frescos de
cucurbitáceas, originarios de determinados municipios del Estado de Goias de la República Federativa
del Brasil.
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
-
|
VISTO: el
Expediente Nº S01:0271104/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION,
las Resoluciones Nros. 181 del 16 de marzo de 2004, 629 del 2 de septiembre de
2004, 776 del 29 de octubre de 2004, 761 del 24 de noviembre de 2005, todas del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
|
CONSIDERANDO:
|
Que por la Resolución Nº 181 del 16 de marzo de 2004 del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se estableció la
suspensión en forma transitoria y preventiva, de la emisión de Autorizaciones
Fitosanitarias de Importación (AFIDIs) para frutos de cucurbitáceas
originarios de la
REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL.
|
Que por la Resolución Nº 629 del 2 de septiembre de 2004
del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se autorizó la
emisión de AFIDIs, únicamente para frutos frescos de cucurbitáceas originarios
del Municipio de Paranapuá y Urania del Estado de San Pablo, y de los
Municipios de Manga, Matías Cardoso, Pedra María da Cruz, Unaí, Joao Pinheiro,
Paracatú, Bom Despacho y Uberlandia del Estado de Minas Gerais, todos de la REPUBLICA FEDERATIVA
DEL BRASIL.
|
Que por las Resoluciones Nros. 776 del 29 de octubre
de 2004 y 761 del 24 de noviembre de 2005, ambas del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se autorizaron, respectivamente, la
emisión de AFIDIs, para frutos frescos de cucurbitáceas originarios de los
Municipios de Presidente Bemades y Mesópolis, ambos del Estado de San Pablo
del vecino país.
|
Que el Departamento de Sanidad Vegetal (DSV) de la SECRETARIA DE
DEFENSA AGROPECUARIA de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL solicitó la
ampliación del reconocimiento de área bajo enfoque de sistemas, a los
Municipios de Uruana, Jaragua, Itapuranga y Carmo do Río Verde, todos del Estado
de Goias, de ese país, y remitió la información correspondiente.
|
Que la
Dirección de Cuarentena Vegetal de la Dirección Nacional
de Protección Vegetal de este Servicio Nacional analizó la documentación presentada
por el Departamento de Sanidad Vegetal, encontrando que está en concordancia
con los enfoques de sistemas que ya se encuentran autorizados para algunos Municipios
de los Estados de Minas Gerais y San Pablo, mediante las Resoluciones SENASA
Nros. 629/2004, 776/2004 y 761/2005.
|
Que una misión técnica de este Organismo realizó la
correspondiente visita de auditoría a los Municipios de Uruana, Jaragua,
Itapuranga y Carmo do Río Verde del Estado de Goias, para verificar las
condiciones del área bajo enfoque de sistemas.
|
Que de acuerdo a las conclusiones del informe de
dicha misión de auditoría, los Municipios de Uruana, Jaragua, Itapuranga y
Carmo do Río Verde del Estado de Goias, dan cumplimiento a los requisitos
mínimos establecidos en el Anexo de la Resolución SENASA
Nº 629/2004.
|
Que la
Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de
su competencia.
|
Que el suscripto es competente para resolver en esta
instancia, conforme las atribuciones conferidas por el artículo 8º, inciso h)
del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº
680 del 1º de septiembre de 2003.
|
Por ello,
|
EL
PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA RESUELVE:
|
Artículo 1º — Amplíase el alcance del artículo 1º de
la Resolución Nº
629 del 2 de septiembre de 2004 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA permitiendo la emisión de Autorizaciones Fitosanitarias de
Importación (AFIDIs) para frutos frescos de cucurbitáceas, originarios de los
Municipios Uruana, Jaragua, Itapuranga y Carmo do Río Verde, del Estado de
Goias de la
REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL.
|
Art. 2º — La presente resolución entrará en vigencia
a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
|
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Jorge N. Amaya.
|
|
|