Detalle de la norma RE-62-2007-DGA
Resolución Nro. 62 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2007
Asunto Aduanas Especializadas.
Boletín Oficial
31245 Fecha: 24/09/2007
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución n° 62

19/09/2007

Fecha:

24/09/2007

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Dependencia:

RE-62-2007-DGA

Tema LOA:

0029

Tema:

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Asunto:

Aduanas Especializadas. R.G. Nº 1924 modificada por Res. Nº 52/07 (DGA). Otorga excepción en los términos del Art. 6º R.G. Nº 1924.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

VISTO la ACTUACION SIGEA Nº 12236-36-2007 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Actuación SIGEA 12808-276-2007 tramita la presentación realizada por el Socio Gerente SERGIO L. SCHIAVONI, en representación de la firma importadora GEOPATAGONIA S.R.L., CUIT Nº 30-65532632-0, requiriendo autorización de excepción en los términos del Artículo 6º al Régimen de Aduanas Especializadas establecido por la Resolución General Nº 1924, Anexo “I” sustituido por la Resolución Nº 52/07(DGA), a la División Aduana de Comodoro Rivadavia, para realizar el despacho por ante ella de las mercaderías correspondientes a la Posición Arancelaria NCM 8307.10.90.

Que fundamenta su pedido en que la División Aduana de Comodoro Rivadavia no está actualmente habilitada para la importación de mercaderías del Capítulo 83, tratándose en este caso en particular de Tuberías contínuas de acero flexible, utilizada para tareas de perforación y terminación de pozos de gas y petróleo, denominada “Coiled Tubing” que es originaria y procedente de los Estados Unidos.

Que sigue expresando que las mercaderías no serán destinadas a la comercialización y que se encuentra en viaje, próxima a arribar a esa ciudad una partida, por lo cual solicita se autorice por la vía de excepción continuar importando por la División Aduana de Comodoro Rivadavia.

Que atento las razones expuestas, y de acuerdo a lo opinado por la División Aduana de Comodoro Rivadavia en el E-mail Nº 103/07 (AD CORI) y por la División Fiscalización de Operaciones Aduaneras de la Dirección Regional Aduanera a fs.2, con la aprobación de la Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia, las mercaderías objeto de excepción no afectan la finalidad tenida en cuenta al instituirse el Régimen de Aduanas Especializadas, ni implican una importación que exija por parte de las áreas operativas de la Aduana de una verificación especializada.

Que la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, en razón de la opinión vertida por la Aduana local y la Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia recoge en los presentes los antecedentes colectados, y propicia la excepción en los términos del Artículo 6º de la Resolución General Nº 1924, Anexo “I” sustituido por la Resolución Nº 52/07(DGA), para la importación de las mercaderías declaradas bajo la Posición Arancelaria NCM 8307.10.90. por la División Aduana de

Comodoro Rivadavia.

Que han tomado la debida intervención la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Subdirección General Técnico Legal Aduanera en los términos de la Instrucción General Conjunta Nº 01/2006 (SDG OAI) y Nº 01/2006 (SDG TLA).

Que el presente acto administrativo se dicta en uso de las facultades establecidas en el Artículo 6º de la Resolución General Nº 1924.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS RESUELVE:

ARTICULO 1º — Autorizar a la firma importadora GEOPATAGONIA S.R.L., CUIT Nº 30-65532632-0, a documentar las mercaderías encuadradas en la Posición Arancelaria NCM 8307.10.90 por ante laDivisión Aduana de Comodoro Rivadavia, debiendo a tal efecto invocar la ventaja “ADUESPEXCVEN”.

ARTICULO 2º — Las mercaderías objeto de la presente tramitarán por canal rojo de selectividad.

ARTICULO 3º — Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETIN OFICIAL. Remítase copia a la División Arancel Informático, dependiente de la Dirección Técnica, para su conocimiento. Remítase copia a la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior para conocimiento. Gírese la actuación a la División Aduana de Comodoro Rivadavia a los fines de su conocimiento, aplicación y notificación a la peticionante.

Cumplido, agréguese el presente a la actuación SIGEA 12808-276-2007 y archívese por esa misma Dependencia. — Abog. RICARDO ECHEGARAY, Director General de Aduanas.

 

 

 

Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-29-2008-DGA Modifica Régimen de Aduanas Especializadas. Canal de selectividad
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RG-1924-2005-AFIP Otorga excepción NCM 8307.10.90