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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 61 |
02/09/2008 |
Fecha: |
05/09/2008 |
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Dependencia: |
RE-61-2008-DGA |
Tema: |
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS |
Asunto: |
Prórroga de Habilitación Provisoria
Muelle Cerealero. Aduana de Campana. |
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VISTO
la
Actuación SIGEA Nº
12574-2283-2008 del registro de
la Administración Federal
de Ingresos Públicos, y |
CONSIDERANDO: |
Que
por la citada actuación la firma MOLCA S.A. CUIT Nº 30-70130568-6 solicita
una nueva prórroga de la habilitación aduanera otorgada con carácter
provisorio mediante Resolución Nº 49/2008 (DGA), para la atención aduanera
del Muelle de Cereales, ubicado al Norte del predio que la empresa posee a la
altura del km CIENTO VEINTITRES (123), margen
derecha del río Paraná de las Palmas, con acceso sobre Ruta Nacional Nº 9
(Panamericana), km NOVENTA Y SEIS CON SESENTA Y
OCHO (96,68) de la localidad de Zárate, Provincia de Buenos Aires, en
jurisdicción de
la Aduana
de Campana. |
Que
se encuentra acreditada en autos la continuidad de la situación que diera
origen a la habilitación provisoria solicitada, atento estar en trámite la
habilitación definitiva del puerto por parte de
la Secretaría de
Transporte (Expediente Nº S01:0347539/2006). |
Que
en autos ha tomado la debida intervención
la División Aduana
de Campana,
la
Dirección Regional Aduanera
La Plata y
la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras de Interior. |
Que
en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la
habilitación oportunamente concedida, con carácter provisorio y por el
término de TREINTA (30) días, a contar desde el vencimiento del plazo
otorgado por
la
Resolución Nº 49/08 (DGA). |
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
Artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 del |
10
de julio de 1997. |
Por ello, |
LA DIRECTORA GENERAL DE
LA DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS RESUELVE: |
Artículo
1º — Prorrogar la habilitación aduanera provisoria otorgada al Muelle Cerealero de la firma MOLCA S.A. CUIT Nº 30-70130568- 6
mediante Resolución Nº 49/08 (DGA), por el término de TREINTA (30) días, a
contar desde el vencimiento del plazo conferido por esta última, con igual
carácter e idéntico alcance. |
Art.
2º — Regístrese. Comuníquese. Dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de esta Dirección
General. Tome conocimiento
la Subdirección General de Operaciones Aduaneras
del Interior y
la
Dirección Regional Aduanera
La Plata. Remítase
a
la División Aduana
de Campana para su conocimiento y notificación. — María S. Tirabassi. |
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