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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of |
Resolución n° 59 |
13/12/1997 |
Fecha: |
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Dependencia:
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RE-59-1997-GMC |
Tema:
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MERCOSUR |
Asunto:
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PROGRAMA DE TRABAJO PARA EL DESARROLLO
DE
LA RED BASICA
DE INFRAESTRUCTURA VIAL DEL MERCOSUR |
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VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto,
la Resolución Nº 38/95
del Grupo Mercado Común y
la Recomendación Nº8/97 del SGT Nº5 “Transporte e
Infraestructura”. |
CONSIDERANDO: |
Que
la constitución del Mercado Común del Sur tiene como uno de sus objetivos
fundamentales la integración de los mercados nacionales, de modo de acelerar
los procesos de desarrollo de los Estados Partes. |
Que
la identificación y desarrollo de una red básica de infraestructura vial para
el transporte en el ámbito del Mercado Común del Sur, contribuye al logro de
dichos objetivos. |
Que
el desarrollo de una red vial básica a nivel del MERCOSUR, sólo puede
llevarse a cabo de manera progresiva, tendiendo en su evolución hacia la
implementación de una red intermodal de transporte. |
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE: |
Art.
1 Aprobar el desarrollo de la red básica de infraestructura vial del
MERCOSUR sobre la base del programa de trabajo consensuado que figura como
Anexo y forma parte de la presente Resolución. |
Art.
2 Encomendar al SGTN° 5 "Transporte e
Infraestructura" la coordinación y seguimiento de las acciones
tendientes a dar cumplimiento a la presente Resolución. |
XXVIII
GMC - Montevideo, 13/XII/97 |
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PROGRAMA DE TRABAJO PARA EL DESARROLLO
DE
LA RED BASICA
DE INFRAESTRUCTURA VIAL DEL MERCOSUR |
1. OBJETIVO DEL PROGRAMA |
Desarrollar
la RED BASICA
DE INFRAESTRUCTURA VIAL DEL MERCOSUR |
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2. OBJETIVO DE LA RED |
Dicha
Red se constituirá en el marco general de referencia destinado a incentivar
las acciones de los Estados Parte, encaminadas a realizar proyectos que
garanticen la circulación segura y continua de los vehículos que se ajusten a
los requisitos técnicos y operativos del MERCOSUR. |
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3. LINEAMIENTOS BASICOS |
La Red
Básica de
Infraestructura Vial del MERCOSUR, se desarrollará en forma progresiva y
deberá: |
a.
Garantizar la movilidad sostenible de personas y bienes en las mejores
condiciones de seguridad posible, teniendo en cuenta los objetivos del
Mercado Común. |
b.
Permitir una utilización óptima de las capacidades existentes. |
c.
Vincular en forma directa sin puntos de extrangulamiento,
a los Estados Parte entre sí, mediante una Red continua. |
d.
Unir los principales puntos de conexión de los países entre sí y definir
aquellos que los vincularán con los países extra zona. |
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4. LINEAS DE ACCION |
4.1.
En una primera etapa |
En
base a criterios de selección previamente consensuados entre los Estados
parte, se definirá una Red preliminar de Infraestructura Vial. |
4.2. En
una segunda etapa se realizará: |
4.2.1.
El relevamiento de las características de los
tramos definidos: descripción, tipo de calzada, estado, tránsito medio diario
anual, etc. |
4.2.2.
El relevamiento de los planes de inversión, a
desarrollarse sobre
la
Red Preliminar definida, en el período 1998-2000. |
4.2.3.
Diagnóstico y evaluación preliminar de
la Red definida. |
4.3. En
una tercera etapa se procederá a: |
4.3.1.
Realización de distintos estudios que tomando como ámbito de ejecución
la Red definida, permitan
contar con la información básica necesaria para: |
a)
la adecuación de las condiciones de la infraestructura existente, |
b)
el desarrollo de acciones de investigación y armonización de normas técnicas
de diseño de infraestructura, |
c)
el seguimiento y revisión periódica de los empredimientos en ejecución y programados sobre la red. |
4.3.2.
Redefinición a partir de los estudios realizados de
la Red Básica de
Infraestructura Vial. |
4.3.3.
Recomendar la realización de las gestiones para el logro de la cooperación y
celebración de acuerdos apropiados con terceros países afectados o
interesados en el desarrollo de la Red. |
4.4.
En una cuarta etapa |
Realización
de los estudios necesarios para integrar
la Red Básica de
Infraestructura Vial a las redes de los distintos modos de transporte
conformando
la RED DE
INFRAESTRUCTURA INTERMODAL DE TRANSPORTE DEL MERCOSUR. |
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