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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Bo/Of 30800
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Resolución n° 58
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07/12/2005
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Fecha:
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13/12/2005
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Dependencia:
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RE-58-2005-DGA
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Tema
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Tema:
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ADMINISTRACION FEDERAL DE
INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
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Asunto:
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Inclusión de Ford Argentina Aduanas de Factoria
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VISTO: que
mediante Decreto Nro. 688/02 y su modificatorio, la Resolución Conjunta
Nro. 14/2003 –SICyM y General Nro. 1424 (AFIP), y las Resoluciones Generales Nro.
1448 (AFIP) y Nro. 1673 (AFIP) se crea y reglamenta el Régimen de Aduana en
Factoría para aquellos usuarios que reúnan determinados requisitos, y
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CONSIDERANDO:
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Que por la actuación del epígrafe, la empresa FORD
ARGENTINA S.C.A. (CUIT N° 30-67851968-1),solicita su inclusión como usuaria
del Régimen mencionado en el VISTO, aportando la documentación respaldatoria
correspondiente.
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Que de los informes producidos por las
Subdirecciones Generales de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, Técnico
Legal Aduanera y por la
Dirección General Impositiva, más precisamente Departamento
Gestión de Cobro de la
Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales,
surge que la peticionante acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos
por la normativa aplicable.
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Que asimismo se encuentra acreditado que el monto que
debe garantizar la peticionante ha sido actualizado en orden a lo dispuesto
por la Resolución N°
16/2005 (DGA).
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Que en consecuencia corresponde acceder a lo
solicitado por la empresa peticionante.
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Que han tomado la intervención que les compete las
Subdirecciones Generales de Técnico Legal Aduanera, de Operaciones Aduaneras Metropolitanas, de
Asuntos Jurídicos y la
Dirección de Legislación.
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Que la presente se dicta en uso de las facultades
conferidas por el artículo 9°, apartado 2, inc. p) del Decreto N° 618 del 10
de julio de 1997, y la delegación conferida por el artículo 3° del Decreto N°
688 del 26de abril de 2002.
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Por ello,
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EL DIRECTOR GENERALDE LA DIRECCION GENERAL
DE ADUANASRESUELVE:
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ARTICULO 1° — Incluir a la empresa FORD ARGENTINA
S.C.A., (CUIT N° 30-67851968-1), en el Régimen de Aduana Factoría establecido
por Decreto P.E.N. N° 688/02 y su modificatorio.
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ARTICULO 2° — Dar por cumplido lo dispuesto en el
Anexo II, Punto 1, de la Resolución Conjunta 14/2003 - SCI y M y General
1424 (AFIP), por haberse actualizado el monto de la garantía de conformidad
conlo previsto en la
Resolución N° 16/2005 (DGA).
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ARTICULO 3° — Regístrese. Comuníquese. Notifíquese
al representante legal de FORD ARGENTI-NA S.C.A.
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Dése para su publicación a la DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL y publíquese en el BOLETIN OFICIAL.
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Archívese. — Dr. RICARDO ECHEGARAY, Director General
de Aduanas.e. 13/12 N° 500.108 v. 13/12/2005
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