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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 57 |
08/08/2008 |
Fecha: |
11/08/2008 |
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Dependencia: |
RE-57-2008-DGA |
Tema: |
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS |
Asunto: |
Prórroga Habilitación Aduanera Provisoria Puerto
Villa Gobernador Gálvez. |
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VISTO:
la
Actuación SIGEA Nº
12542-703-2006 del registro de
la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, y |
CONSIDERANDO: |
Que
por la citada actuación la firma CARGILL S.A.C.I. (CUIT Nº 30-50679216-5)
solicita una nueva prórroga de la habilitación aduanera otorgada con carácter
provisorio mediante Resolución Nº 44/2008 (DGA), al sólo efecto de realizar
operaciones de exportación, el sector de atraque correspondiente al puerto
particular de esa empresa, ubicado en terrenos de su propiedad en el área
portuaria de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, entre las calles
Solís, Matienzo, Artigas, América, Bécquer, Verne, Obligado, Derqui y Varela
y la margen derecha del Río Paraná, a la altura del Km. CUATROCIENTOS OCHO
(408) del citado río, en jurisdicción de
la Aduana de Rosario. |
Que
se encuentra acreditada en autos la continuidad de la situación que diera
origen a la habilitación provisoria otorgada, atento estar en trámite la
habilitación definitiva del puerto ante
la Secretaría de
Transporte (Expediente Nº S01:0282714/05). |
Que en autos han tomado la intervención que les
compete
la División
Aduana de Rosario,
la Dirección Regional
Aduanera Rosario y
la
Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior. |
Que
en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la
habilitación oportunamente otorgada, con carácter provisorio y por el término
de TREINTA (30) días a contar desde el vencimiento del plazo conferido por
Resolución Nº 44/2008 (DGA). |
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 del |
10 de julio de 1997. |
Por ello; |
LA DIRECTORA GENERAL DE
LA DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS RESUELVE: |
Artículo
1º — Prorrogar la habilitación aduanera otorgada al puerto de la firma
CARGILL S.A.C.I. (CUIT Nº 30-50679216-5) mediante Resolución Nº 44/2008
(DGA), por el término de TREINTA (30) días a contar desde el vencimiento del
plazo conferido por ésta última, con igual carácter e idéntico alcance. |
Art.
2º — Regístrese. Comuníquese. Dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de esta
Dirección General. Tome conocimiento
la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras del Interior y
la Dirección Regional
Aduanera Rosario. Remítanse los presentes a
la División Aduana
de Rosario para su conocimiento y notificación. — Silvina Tirabassi |
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