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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 57 |
13/12/1997 |
Fecha: |
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Dependencia:
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RE-57-1997-GMC |
Tema:
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MERCOSUR |
Asunto:
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PAUTA NEGOCIADORA DEL SGT Nº 4 PARA EL
PERIODO 1998-1999 |
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VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto,
la Resolución Nº38/95 del Grupo Mercado Común y
la Recomendación Nº4/97 del SGT Nº 4 “Asuntos Financieros”. |
CONSIDERANDO: Que subsisten temas relevantes para la
profundización de la integración de los sistemas financieros de los Estados
Partes. |
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE: |
Art. 1 Aprobar la pauta negociadora del SGT Nº 4 para el
período 1998 - 1999, que figura como Anexo y forma parte de la presente
Resolución. |
XXVIII GMC - Montevideo, 13/XII/97 |
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SGT Nº4,
"Asuntos Financieros": |
Propuesta
de pauta negociadora, 1998-1999. |
1.- Anexo
sobre servicios financieros para el Protocolo de Servicios del Mercosur. |
2.-
Sistema bancario. |
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2.1.-
Intercambio de información sobre la evolución y funcionamiento del sector. |
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2.2.-
Adecuación de la regulación en la perspectiva de la integración del sector. |
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-
Homogeneización de la presentación de información contable de las entidades
bancarias. |
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-
Normas prudenciales. |
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-
Liquidez sistémica. |
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-
Seguro de depósitos. |
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2.3.-
Supervisión bancaria global consolidada. |
3.- Mercado
de Valores |
Negociación transfronteriza de fondos de inversión. |
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a.-
Redacción del proyecto de acuerdo y convenio de asistencia recíproca y
cooperación. |
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b.-
Definición de la información adicional exigible en el prospecto tipo que se
brindará a los inversores no calificados una vez que se supere el año desde
la venta de la primera cuotaparte. |
4.-
Seguros |
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4.1.-
Condiciones de acceso para la libertad de establecimiento: armonización de
las cuestiones que hacen al acceso a la actividad aseguradora, tales como autorización
previa para el funcionamiento, naturaleza jurídica de las sociedades, capital
mínimo, programa de actividades y otras. Se priorizará el estudio de acuerdos
dirigidos a admitir el acceso vía sucursales de empresas con sede en
MERCOSUR. |
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4.2.-
Programa general de supresión de asimetrías: elaboración de un programa con
ese contenido, con fijación de metas y plazos, encaminado a concretar las
condiciones indicadas en el punto 1. |
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4.3.-
Condiciones de ejercicio: elaboración de un acuerdo marco que contemple la
consolidación de las condiciones básicas de ejercicio consensuadas. |
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4.4.-
Protocolo de cooperación entre los supervisores de los Estados Partes:
elaboración de un protocolo de cooperación entre supervisores de seguros de
los países miembros de MERCOSUR, especialmente referido a tareas de
fiscalización e intercambio de información períodica. |
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4.5.-
Otros temas que planteen las autoridades del MERCOSUR. |
5.- Lavado
de dinero. |
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5.1.-
Acuerdo sobre regulación bancaria mínima. |
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5.2.-
Acuerdo sobre cooperación entre bancos centrales. |
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5.3.-
Capacitación técnica de funcionarios. |
6.-
Seguimiento de los indicadores económicos del MERCOSUR. |
7.-
Seguimiento de la evolución de la regulación cambiaria y de movimientos de
capitales. |
8.- Seguimiento
de los acuerdos de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones. |
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