Detalle de la norma RE-57-1992-GMC
Resolución Nro. 57 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 1992
Asunto Modelos de instrumentos de medición reglamentarios
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of 
Resolución Nº 57 15/12/1992 Fecha:  
 
Dependencia: RE-57-1992-GMC
Tema: MERCOSUR
Asunto: NORMAS GENERALES PARA LA APROBACION DE MODELO DE INSTRUMENTOS DE MEDICION
 

VISTO: El Art. 13 del Tratado de Asunción firmado el 26 de marzo de 1991, y la recomendación Nº 21 acordada por el Subgrupo de Trabajo Nº 3 - Normas Técnicas, y

CONSIDERANDO:

Que la reglamentación existente a la fecha difiere entre los Estados Partes

Que por tal motivo se hace necesario la adecuación sobre la actividad metrológica entre los Estados Partes.

Que la norma estudiada establece los requisitos generales y mínimos que deben  cumplir las presentaciones de solicitudes de aprobaciones modelos de instrumentos de medición reglamentarios, lo que permitirá a los Estados Partes comercializarlos sin la existencia de trabas no arancelarias

Que para la propuesta se han consensuado los requisitos exigidos en cada uno de los Estados Partes, según fuera acordado

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Articulo 1º - La documentación de las solicitudes de aprobaciones de modelos de instrumentos de medición reglamentados, grupos funcionales, dispositivos complementarios y variantes de los mismos, deberán efectuarse conforme lo dispuesto en los Anexos (1) UNO a (10) DIEZ que se incorporan a esta Resolución como Anexos se indican:

ANEXO I: Normas Generales  para la aprobación de modelo de instrumentos de medición

ANEXO II: Documentación para la aprobación de modelo de Instrumentos de pesar.

ANEXO III: Documentación para la aprobación de modelo de surtidores

ANEXO IV: Documentación para la aprobación de modelo de medidas de longitud

ANEXO V: Documentación para la aprobación de modelo de taxímetros

ANEXO VI: Documentación para la aprobación de medidas de capacidad, patrones de trabajo, medidas de capacidad de calibración

ANEXO VII: Documentación para la aprobación de medidas de masa

ANEXO VIII: Norma para aprobación de medidas de masa

ANEXO IX: Documentación para la aprobación de probetas graduadas, butirómetros y pipetas

ANEXO X: Formato, dimensiones y plegado de láminas o planos

Artículo 2º - Las solicitudes de aprobaciones de variante de modelo que se soliciten, deberán ser previamente autorizadas por el organismo competente en el tema, a efectos de determinar su condición de tal, ó si por las modificaciones introducidas corresponde una aprobación de modelo

Artículo 3º - Lo dispuesto en los Artículos 1º  y 2º  de la presente Resolución no será de aplicación  a los instrumentos de medición reglamentarios destinados a la exportación a terceros países

Artículo 4º - Los organismos competentes de los Estados Partes adoptarán las medidas pertinentes a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto precedentemente

Artículo 5º - La presente Resolución comenzará a regir a partir del primero de enero de mil novecientos noventa y tres  (01-01-1993)

 

ANEXO I

 

NORMAS GENERALES PARA LA APROBACION DE MODELO DE INSTRUMENTOS DE MEDICION

1º) Las firmas solicitantes de las aprobaciones de modelos deberán hacer constar en las correspondientes solicitudes, los datos mínimos que más abajo se detallan

2º Presentará una nota solicitando Aprobación de Modelo del instrumento de que se trate, en el que conste:

a) Lugar y fecha

b) Nombre, domicilio y teléfono de la firma

c) Definición del instrumento: denominación del modelo; características metrológicas; país de origen

d) variantes de capacidad, si las hubiera

e) Instalaciones o equipos de prueba necesarias para el ensayo de aprobación

3º) A los efectos de la aprobación, presentará en el lugar que el organismo competente en el tema indique, un instrumento en dos legajos:

Legajo “original”  y legajo “duplicado” correctamente ordenados y encarpetados. El legajo “duplicado” será devuelto será devuelto a la firma cuando la documentación sea aprobada definitivamente

Los escritos se harán en papel normalizado. DOSCIENTO DIEZ MILIMETROS (210mm) por DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILIMETROS (297mm),a máquina y en una cara.

Las dimensiones de los planos responderán a las medidas establecidas en el Anexo X

La documentación será presentada en el idioma del país donde se efectúe la presentación de aprobación de modelo, será rubricada folio por folio por la firma solicitante

Sólo se aceptarán las dimensiones expresadas en unidades del SI (Sistema Internacional)

5º) En ambos legajos se incluirán fotografías de TRECE CENTIMETROS (13cm) POR DIECIOCHO CENTIMETROS (18cm) como mínimo, del instrumento, en vista general con y sin cubierta, si corresponde

6º) Las variantes sean de construcción o de características metrológicas serán documentadas indicando y presentando la documentación descrita de la variante

7º) En caso de rechazo de la aprobación se devolverá el equipo presentado, quedando la documentación presentada original y en duplicado en poder del organismo competente en el tema

8º) La documentación requerida para cada tipo de instrumento se detalla en el correspondiente Anexo

IMPORTANTE: Una vez presentadas las carpetas y abonado el arancel correspondiente, el sólo hecho de no cumplir con la documentación solicitada corresponderá al rechazo de la aprobación de modelo o variante, perdiendo el citado arancel

 

ANEXO II

 

DOCUMENTACION PARA LA APROBACION DE MODELO DE INSTRUMENTOS DE PESAR

Estará compuesta por dos partes, en una se informarán las características técnicas y metrológicas y en la segunda se incluirá la documentación descriptiva del instrumento

 

1. CARACTERISTICAS TECNICAS Y METROLOGICAS REQUERIDAS

1.1 Generales

Indicadores indentificatorios tal como se especifica en la reglamentación vigente

1.2 Instrumentos mecánicos - Requerimientos especiales

- valor de la fuerza que equilibra el dispositivo receptor de carga después de ser transmitida por el dispositivo transmisor de carga, cuando la carga sobre el receptor de carga es nula

- Idem anterior pero para carga máxima

- Cuando corresponda, relaciones de los sucesivos brazos de palanca del dispositivo transmisor de carga

- Si se necesita un dispositivo auxiliar de verificación, las características del mismo

1.3 Instrumentos electromagnéticos y electrónicos - Requerimientos especiales

Características eléctricas de los principales componentes de medición, a saber:

- Valor de la frecuencia y de la tensión de alimentación, así como sus variantes admitidas

- Carga, admisible por componente de carga

- Sensibilidad a la temperatura

- Características técnicas (Por Ej: de la celda de carga)

- Requerimientos eléctricos y ambientales, así como sus variaciones admitidas

- Límites de temperatura y de tensión

2. DOCUMENTACION DESCRIPTIVA DEL INSTRUMENTO

2.1 Instrumentos mecánicos

- Memoria descriptiva del funcionamiento: descripción en forma clara y precisa del modo de funcionamiento y sus métodos de ajuste, correlacionando esta memoria con los planos y esquemas ilustrativos

- Lista de piezas y materiales con indicación de los tratamientos de los mismos

- Planos de subconjuntos o de detalles que muestren partes de interés metrológico, a saber:

- Sistema receptor de carga

- Sistema transmisor de carga (por Ej: sistema de levas)

- Sistema indicador

- Dibujo de la propuesta de precintado o sellado

- Dibujo en escala 1:1 ó facsímil de la chapa de identificación, su modo de fijación y su ubicación en el instrumento. La chapa de identificación deberá indicar como mínimo los datos exigidos por la Reglamentación correspondiente

2.2 Instrumentos electromecánicos y electrónicos

- Memoria descriptiva del funcionamiento: descripción en forma clara y precisa del modo de funcionamiento y sus métodos de ajuste, como así también de su modo de operación.

Los circuitos y dibujos esquemáticos (diagramas en bloques)

- Dibujos esquemáticos (diagrama en bloque) que muestren claramente la forma de operación del instrumento. Estos deben mostrar al menos: la fuente de alimentación, el sistema sensor de carga, los circuitos de medición, los sistemas auxiliares u operativos del instrumento y la forma de interconexión entre las distintas etapas o sistemas

- Descripción en detalle del sistema sensor de carga

* Dibujo en escala 1:1 del visor o dispositivo indicador con las leyendas establecidas en la norma correspondiente

- Los sistemas o subconjuntos mecánicos de estos instrumentos de pesar que sean de interés metrológico, se representarán en planos o dibujos esquemáticos en forma igual a lo exigido para los instrumentos mecánicos

- Dibujo de la propuesta de precintado o sellado

 

ANEXO III

 

DOCUMENTACION PARA LA APROBACION DE MODELO DE SURTIDORES

Estará compuesta por dos partes, en una informarán las caracteríticas técnicas y metrológicas y en la segunda se incluirá la documentación descriptiva del instrumento

 

1. CARACTERISTICAS TECNICAS Y METROLOGICAS

- Definición del instrumento

- Caudal máximo y mínimo

- Presión máxima de funcionamiento

- Características particulares (tensión, temperatura, frecuencia y variaciones limites de las mismas)

 

2. DOCUMENTACION DESCRIPTIVA DEL INSTRUMENTO

2.1 Surtidores con indicación mecánica

- Memoria descriptiva del funcionamiento: descripción en forma clara y precisa del modo de funcionamiento y sus métodos de ajustes, correlacionando esta memoria con los planos y esquemas ilustrativos

- Planos generales o de conjunto

- Planos de subconjuntos o de detalles que muestren partes de interés metrológico a saber:

- Medidor Volumétrico

- Sistema computador o indicador

- Sistema vuelta a cero

- Pico de despacho

- Para todos los planos se utilizan escalas de relación simple

- Dibujos esquemáticos que muestren claramente el funcionamiento del instrumento

- Dibujo de la propuesta de precintado o sellado

- Dibujo en escala 1:1 ó facsímil de la chapa de identificación. su ubicación, su modo de fijación y sellado. La chapa deberá indicar al menos: marca, número de serie y año de fabricación, caudal máximo, caudal mínimo, industria, lugar para el sellado de verificación primitiva, código de aprobación, nombre y dirección del fabricante o importador. Denominación del modelo.

2.2 Surtidores con indicación electrónica

- Se presenta además de lo requerido en el punto 2.1 la siguiente documentación:

- Memoria descriptiva del funcionamiento del cabezal electrónico: descripción en forma clara y precisa del modo de operación, instalación y meldos de ajuste, correlacionando esta memoria con los dibujos esquemáticos y diagrama en bloques

- Funcionamiento del transductor o generador de pulsos y sus características técnicas: tensiones de entrada (excitción) y salida, cantidad de pulsos o señales por vuelta del transductor y por vuelta del medidor volumérico

- Detalle del acoplamiento mecánico entre el medidor volumérico y transductor, indicando la relación de transmisión entre ambos

- Dibujo en escala 1:1 de la ubicación de los componentes indentificados en la/s plaqueta/s que conforman el circuito eléctrico del surtidor

- Dibujo en escala 1:1 del dispositivo indicador

 

ANEXO IV

 

DOCUMENTACION PARA LA APROBACION DE MEDIDAS DE LONGITUD

Estará compuesta por dos partes, en una informarán las características técnicas y metrológicas y en la segunda se incluirá la documentación descriptiva de la medida

 

1. CARACTERISTICAS TECNICAS Y METROLOGICAS

- Clase de precisión

- Longitud nominal

- Características particulares (temperatura de referencia, fuerza de tracción según la correspondiente reglamentación)

 

2. DOCUMENTACION DESCRIPTIVA DE LA MEDIDA

- Características constructivas: tipo de material con el que está construida

- Denominación de la medida de acuerdo a la norma correspondiente

- El lugar y forma de inscripciones obligatorias que establezca la reglamentación de las medidas de longitud

- Dibujos con detalles constructivos de la medida

 

ANEXO V

 

DOCUMENTACION PARA LA APROBACION DE MODELO DE TAXIMETROS

Estará compuesta por dos partes, en una informarán las características técnicas y metrológicas y en la segunda se incluirá la documentación descriptiva del instrumento

 

1. CARACTERISTICAS TECNICAS Y METROLOGICAS

- Definición del instrumento

- Constante K en vueltas/Km o impulsos/Km

- Velocidad de cambio (para las tarifas del momento)

- Características particulares (tensión de alimentación y sus variaciones limites

 

2. DOCUMENTACION DESCRIPTIVA DEL INSTRUMENTO

1. Instrumentos mecánicos

- Memoria descriptiva del funcionamiento: descripción en forma clara y precisa del modo de funcionamiento y sus métodos de ajustes, correlacionando esta memoria con los planos y esquemas ilustrativos

- Planos generales o de conjunto

- Planos de subconjuntos o de detalles que muestren partes de interés metrológico 

- Para todos los planos se utilizan escalas de relación simple

- Dibujos esquemáticos que muestren claramente el funcionamiento del instrumento

- Dibujo de la propuesta de precintado o sellado

- Dibujo en escala 1:1 ó facsímil de la chapa de identificación, su modo de fijación y su ubicación en el instrumento. La chapa de identificación deberá indicar como mínimo los datos exigidos por la Reglamentación correspondiente

 

2.2 Instrumentos electronecánicos

- Memoria descriptiva del funcionamiento: descripción en forma clara y precisa del modo de funcionamiento y sus métodos de ajuste, correlacionando esta memoria con los circuitos y dibujos esquemáticos (diagramas en bloque)

- Dibujos esquemáticos (diagramas en bloque) que muestran el principio de operación del instrumento

- Dibujo en escala 1:1 del frente correspondiente a los visores con las inscripciones requeridas por la reglamentación correspondiente

- Dibujo de la propuesta de precintado o sellado

- Dibujo en escala 1:1 o facsímil de la chapa de identificación, su modo de fijación y su ubicación en el instrumento. La chapa de identificación deberá indicar como mínimo los datos exigidos por la Reglamentación correspondiente

 

ANEXO VI

 

DOCUMENTACION PARA LA APROBACION DE MEDIDAS DE CAPACIDAD, PATRONES DE TRABAJO Y MEDIDAS DE CAPACIDAD DE CALIBRACION

Estará compuesta de dos partes, en una informarán las características técnicas y metrológicas y en la segunda se incluirá la documentación descriptiva del instrumento

 

1. CARACTERISTICAS TECNICAS Y METROLOGICAS

- Capacidad total

- Capacidad nominal e identificación de acuerdo a las especificaciones de la reglamentación vigente

-Dispositivo de referencia

 

2. DOCUMENTACION DESCRIPTIVA DEL INSTRUMENTO

2.1 Denominación del instrumento de medición de acuerdo a la norma correspondiente

2.2 Planos generales (vistas, cortes) o de conjunto

2.3 Planos o subconjuntos o detalles que muestren partes de interés metrológico

2.4 Dibujo en escala 1:1 o facsímil de la chapa de identificación, con todas las identificaciones que la reglamentación establezca, cuando las hubiere; su propuesta de ubicación, sellado y fijación

Nota: Para todos los planos se utilizarán escalas de relación simple

 

ANEXO VII

 

DOCUMENTACION PARA LA APROBACION DE MEDIDAS DE MASA

Estará compuesta de dos partes, en una informará las características técnicas y metrológicas, y en la segunda se incluirá la documentación descriptiva del instrumento

 

1. CARACTERISTICAS TECNICAS Y METROLOGICAS

- Clase de precisión

- Valor nominal de medida o de masa

- Carcaterísticas contructivas a saber: tipo de material con el que está construida la medida de masa, densidad de dicho material, forma de la misma (de UNA (1) pieza y de DOS (2) piezas) y cavidad de ajuste

 

DOCUMENTACION DESCRIPTIVA DEL INSTRUMENTO

2.1 Clasificación de acuerdo al grado de precisión a que corresponda según la reglamentación vigente

2.2 Planos de la medida de masa en planta, corte transversal y longitudinal, vistas laterales, detalles de la cavidad de ajuste y cierre, de forma tal que puedan apreciarse las partes que la componen. Las inscripciones obligatorias establecidas por la reglamentación vigente, deberán estar indicadas en los planos, en los que se especificara como serán grabadas

 

ANEXO VIII

 

NORMA PARA APROBACION  DE MODELO “SIMPLIFICADA” EN INSTRUMENTOS DE MEDICION

1. Presentará una nota solicitando Aprobación de Modelo “Simplificada” del instrumento que se trate, en la que constará

a) Lugar y fecha

b) Nombre, domicilio y teléfono de la firma

c) Definición del instrumento: y denominación del modelo: características metrológicas y país de origen

d) Número de instrumentos para los que se pide la aprobación

e) Instalación o equipos de prueba necesarias para el ensayo de aprobación de modelo

2. A los efectos de la aprobación, la firma presentará en el lugar que el organismo competente en el tema indique, un instrumento ajustado a las especificaciones y tolerancias reglamentarias, en perfecto estado de funcionamiento, para efectuar las pruebas necesarias

3. Junto con la solicitud y el instrumento modelo, la firma presentará la documentación del mismo en dos legajos: uno “original” y otro “duplicado”

Los escritos y planos se confeccionaran siguiendo lo establecido en el punto 4º del Anexo I de la presente

 

4. DOCUMENTACION PARA LA APROBACION DE MODELO “SIMPLIFICADA”

La documentación “simplificada” a incluir en ambos legajos constará esencialmente de:

A) Definición del instrumento y valores de sus características metrológicas

B) Memoria descriptiva simple y clara de su forma de funcionamiento y de su método de ajuste

C) Planos generales del instrumento

D) Esquemas o dibujos que muestren su modo de funcionamiento

E) Fotografía del instrumento de TRECE CENTIMETROS (13 cm) por DIECIOCHO (18 cm) como mínimo, en vista general con y sin cubierta

F) Dibujo en escala 1:1 o facsímil de la chapa de identificación, su modo de fijación y su ubicación en el instrumento. La chapa de identificación deberá indicar como mínimo los datos exigidos por la Reglamentación correspondiente

Nota: La aprobación de modelo “simplificada” se aplica a los instrumentos de medición destinados a satisfacer necesidades especiales, y para un número de hasta treinta (30) unidades

IMPORTANTE: Una vez presentadas las carpetas y abonado el arancel correspondiente, el sólo hecho de no cumplir con la documentación solicitada corresponderá el rechazo de la aprobación de modelo o variante, perdiendo el citado arancel

 

ANEXO IX

 

DOCUMENTACION PARA LA APROBACION DE MODELO DE PROBLEMAS GRADUADAS, BUTIROMETROS Y PIPETAS

Estará compuesta de dos partes, en una información las características técnicas y metrológicas y en la segunda se incluirá la documentación descriptiva del instrumento

 

1. CARACTERISTICAS TECNICAS Y METROLOGICAS

- Capacidad nominal e identificación de acuerdo a las especificaciones reglamentarias vigentes

- Características particulares (temperatura de referencia, si corresponde)

 

2. DOCUMENTACION DESCRIPTIVA DEL INSTRUMENTO

- Carcaterísticas constructivas

- Denominación del instrumento de acuerdo a la norma correspondiente

- El lugar y forma de las inscripciones obligatorias que establezca la reglamentación vigente

- Planos generales (vistas, cortes) o conjunto

- Dibujo en escala 1:1 ó facsímil de la escala graduada

 

ANEXO X

 

FORMATOS, DIMENSIONES Y PLEGADOS DE LAMINAS O PLANOS

1. Los escritos se harán en papel simple, en el tamaño de 210 mm de ancho por 297 mm del alto (según figura 10), a máquina y escritos en una sola cara

 

FIGURA SCANNER

 

2. Las dimensiones de los planos o laminas los que se detallan en las tablas I, II y III, y obedecen a formatos de hojas ya cortados

 

TABLA I

Designación

Medidas (mm)

AO

841 X 1189

A1

594 X 841

A2

420 X 594

A3

297 X 420

A4

210 X 297

 

TABLA II

Designación

Medidas (mm)

A3 X 3

420 X 891

A3 X 4

420 X 1189

A4 X 3

297 X 630

A4 X 4

297 X 841

A4 X 5

297 X 1051

 

TABLA III

Desiganción

Medidas (mm)

AO X 2

1189 X 1682

AO X 3

1189 X 2523

A1 X 3

841 X 1783

A1 X 4

841 X 2378

A2 X 3

594 X 1261

A2 X 4

594 X 1682

A2 X 5

594 X 2102

A3 X 5

420 X 1486

A3 X 6

420 X 1783

A3 X 7

420 X 2080

A4 X 6

297 X 1261

A4 X 7

297 X 1471

A4 X 8

297 X 1682

A4 X 9

297 X 1892

 

3. POSICION

Las hojas de dibujo pueden utilizarse con su lado más largo en posición horizontal (figuras 1 y 4) o vertical (figuras 2 y 3)

 

FIGURA SCANNER

 

4. ROTULO

Cada hoja de dibujo llevará un recuadro destinado al rótulo, estará situado dentro de la zona de dibujo, de forma tal que la zona de identificación del rótulo esté situado en el ángulo inferior derecho de la zona de ejecución del plano. Su sentido de lectura será el del dibujo (ver figuras 1 a 4)

4.1 Lista de informaciones

Las informaciones y los datos a indicarse en el rótulo se efectuarán en formatos A4 y mayores y, cuando no se prevea la consignación de modificaciones, se distribuirán preferentemente, en la forma indicada en la figura 11

FIGURA 11’

FIGURA SCANNER

1) para anotaciones complementarias (lo que no es general se anota en el plano): Tolerancias de posición y forma, tratamiento superficial, cantidad de hojas de la lista de materiales cuando se ejecuten por separado, etc.

2) escala del dibujo

3) método de dibujo, si correspondiere

4) tolerancias y rugosidades de superficie en general (salvo las especificadas) , si correspondiere

5) fechas y nombres correspondientes a la ejecución, revisión y aprobación del plano

6) nombres del cliente para el cual se confecciona el plano. Si no correspondiere, para el uso que se estime adecuado

7) denominación de lo representado

8) sigla o nombre de la empresa propietaria o confeccionadora del plano

9) clave o número de lo representado

10) espacio, cuando fuere necesario para consignar la fecha de emisión o del número del plano 

11) clave o número del plano que reemplaza o del plano reemplazante

4.2 Escalas

Cuando en un minuto plano se utilicen escalas distintas, se indicarán todas ellas en el rótulo, destacándose la escala principal con números de mayor tamaño. Las escalas secundarias se consignarán debajo de los dibujos correspondientes

 

5. MARGENES Y RECUADRO

5.1 Margen para el archivado

Se obtendrá dejando 25 mm en el borde izquierdo opuesto al rótulo en los formatos indicados en las tablas I, II y III. En el caso del formato AO, se empleará una cinta adhesiva, como lo indica el detalle A de la figura 9

5.2 Recuadro zona util

Se obtendrá la medida “a” en los bordes superior, inferior y derecho del formato fina (figura 5)

FIGURA SCANNER

 

6. PLEGADOS

6.1 Modulado

El formato A4 (210 mm por 297 mm) es el módulo del plegado; la forma de ejecución del, plegado de los diferentes formatos se realizará según la figura 6

6.2 Para encuadrar

El plegado realizado directamente para encuadrar se hará según la figura 7

6.3 Conversión

Si los planos ya han sido plegados por el método modulado, el plegado para encuadrar se obtendrá invirtiéndo los dobleces como indica la figura 6

6.4 Perforado

Los planos de cualquier formato se podrán perforar directamente en el margen izquierdo para ser encuadernados, en cuyo caso los de formatos A3 y mayores se plegarán como indica la figura 6