DC-6-1998
ENTENDIMIENTO RELATIVO
A LA COOPERACIÓN Y ASISTENCIA RECÍPROCA PARA LA SEGURIDAD REGIONAL EN EL MERCOSUR, LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y LA REPÚBLICA DE CHILE
VISTO: El Tratado de Asunción,
el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 5/91 y 7/96, del Consejo del
Mercado Común, la Resolución Nº 32/98 del Grupo Mercado Común y el Acuerdo Nro.
5/98 de la Reunión de Ministros del Interior del MERCOSUR.
CONSIDERANDO:
La importancia de cooperación y la
asistencia recíprocas entre las fuerzas de seguridad de los Estados Partes del
MERCOSUR, de la República de Bolivia y de la República de Chile para las tareas de prevención, control y represión de las actividades
delictivas.
Que la lucha contra todas las
formas de delincuencia organizada impone una acción conjunta, coordinada y
acordada en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 - Aprobar la suscripción
entre el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile del “Entendimiento relativo a la Cooperación y Asistencia Recíproca para la Seguridad Regional en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile”, que figura como Anexo, en versiones español y portugués, y forma parte
de la presente Decisión.
XIV CMC - Buenos Aires, 23/VII/98
ENTENDIMIENTO
RELATIVO A LA COOPERACIÓN Y ASISTENCIA RECÍPROCA PARA LA SEGURIDAD REGIONAL EN EL MERCOSUR, LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y LA REPÚBLICA DE CHILE
La República Argentina, la República Oriental del Uruguay, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay, Estados Partes del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), la República de Bolivia, y la República de Chile,
CONSIDERANDO las Decisiones del
Consejo del Mercado Común del MERCOSUR Nº 14/96 “Participación de Terceros
Países Asociados en Reuniones del MERCOSUR” y Nº 12/97 “ Participación de Chile
en reuniones del MERCOSUR”,
EN CUMPLIMIENTO del Acuerdo 3/97 del
21 de noviembre de 1997, celebrado en la II Reunión de Ministros del Interior del MERCOSUR, Bolivia y Chile, por el que se creó un Grupo de Trabajo encargado de
elaborar un Proyecto relativo a la Seguridad Regional, el que ha preparado un Proyecto de Plan de Cooperación y Asistencia
Recíproca para la Seguridad Regional,
TENIENDO EN CUENTA la necesidad de que la
lucha contra todas las formas de la delincuencia organizada impone una acción
de conjunto, coordinada y acordada en toda la región.
TENIENDO PRESENTE el fenómeno de la
globalización y el proceso de integración regional que han generado nuevas y
desafiantes características al accionar criminal, el que ha adquirido una
creciente dimensión transnacional,
REAFIRMANDO los principios del
respeto a la soberanía nacional, de cooperación fraterna entre los países de la
región y los ideales que inspiran todo el proceso de integración de integración
del Tratado de Asunción,
CONSCIENTES del propósito común de
hacer cada día más eficiente la lucha contra todas las formas del crimen
organizado y del esfuerzo que realizan nuestras comunidades, a través de sus
fuerzas de seguridad y organismos competentes, a fin de asegurar la plena
vigencia de las instituciones democráticas y del estado de derecho en toda la
región,
ADOPTAN el presente
Entendimiento con su correspondiente Anexo.
1º Los Estados
Partes del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile asegurarán la cooperación y asistencia recíproca entre todas las
fuerzas de seguridad, policiales y organismos competentes de los países de la
región, a fin de hacer cada día más eficiente las tareas de prevención, control
y represión de las actividades delictivas, en especial, aquellas derivadas con:
el narcotráfico, terrorismo, tráfico de armas, municiones y explosivos, robo o
hurto de vehículos, lavado de activos, contrabando y tráfico de personas.
2º Se comprometen a
la adopción de todas las medidas, conforme a la legislación de cada país y a
las capacidades materiales y humanas de las que se dispongan, a fin de cumplir
los propósitos que animan el presente Acuerdo.
HECHO en Buenos Aires, República
Argentina, a los veintitrés días del mes de julio del año mil novecientos
noventa y ocho, en tres (3) ejemplares, en idiomas español y portugués, siendo
ambos textos igualmente auténticos.
PLAN DE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA
RECÍPROCA
PARA LA SEGURIDAD REGIONAL EN EL MERCOSUR
· INTRODUCCIÓN
El presente Plan,
referente a la seguridad regional, define las acciones que deberán
desarrollarse para el logro de los objetivos fijados, ajustándose a las
transformaciones derivadas de la globalización y del proceso de integración
regional que de hecho, se manifiestan en ella con una mayor demanda de
seguridad por parte de las comunidades que la integran.
Conforma un sistema que
propende al uso racional y eficiente del material, de las tecnologías
informáticas y de las comunicaciones, así como de la asistencia recíproca y de
la coordinación entre los organismos que actúan en la seguridad de la región,
para lo cual se tuvieron en cuenta, especialmente, las recomendaciones
formuladas por los mismos.
Su aplicación
implicará, fundamentalmente, la necesidad de profundizar la coordinación de las
disponibilidades de los recursos humanos de dichos organismos, de la
capacitación de su personal y del intercambio de experiencias y la colaboración
mutua.
· PRINCIPIOS
Las ideas rectoras que
dieron origen a la concepción de este Plan fueron: el respeto a la
legislación y a las políticas de seguridad interna de cada país, y la adecuada
instrumentación de los procedimientos y formas de colaboración en aquellos
temas que vulneran la seguridad comunitaria de los países signatarios,
especialmente en aquellos fenómenos que, por su naturaleza y características,
no pueden ser abordados eficazmente de manera individual, ya que no existen
soluciones únicas o aisladas que den respuesta a las necesidades de seguridad
en la región, fundamentalmente por la interacción entre los distintos
integrantes del sistema.
· PROPÓSITOS
1. Maximizar los niveles
de seguridad de la comunidad ante hechos delictivos en general y, en
particular, los que transcienden las fronteras, mediante el aumento de la
eficiencia en la prevención y control de aquéllos.
2. Colaborar, desde la
función específica, en el mantenimiento de la plena vigencia de las
instituciones del estado de derecho, en el ejercicio irrestricto de los
derechos y en el puntual cumplimiento de las obligaciones de todos los
habitantes, en el marco de los ordenamientos jurídicos nacionales y
comunitario.
· ESTRUCTURA DEL PLAN
El plan
está dividido en tres capítulos:
Capítulo I: Respuestas a
amenazas y condicionantes de la seguridad
regional.
Capítulo II: Optimización de los
medios de los organismos vinculados con
la seguridad
en la región.
Capítulo III: Áreas prioritarias
de cooperación.
CAPÍTULO I
RESPUESTAS A LAS AMENAZAS Y
CONDICIONANTES DE LA SEGURIDAD REGIONAL
1. CRIMEN ORGANIZADO
1.1. NARCOTRÁFICO
· OBJETIVOS
Incrementar en toda la
región las tareas de inteligencia, investigación, prevención y de control,
tendentes a detectar lugares o zonas de plantaciones ilegales, producción,
tráfico ilícito de drogas y sus delitos conexos y evitar el ingreso o egreso y
comercialización ilegal de sustancias químicas susceptibles de ser utilizadas
para la producción de drogas ilícitas, como también, posibles operaciones de
lavado de activos provenientes del narcotráfico.
En dichas actividades,
es necesaria la participación activa y decidida de los países involucrados, con
la finalidad de ejercer una labor eficiente, especialmente en las zonas de
fronteras.
· ACCIONES
1.1.1. Coordinar
y, en cuanto fuere posible, compatibilizar en toda la región y especialmente en
las zonas fronterizas de cada país, las actividades de control y fiscalización
para detectar el tráfico ilícito de drogas y de productos químicos controlados.
1.1.2. Elaborar
e intercambiar información sobre personas físicas y jurídicas involucradas en
el tráfico ilegal de drogas y de sustancias químicas controladas, lavado de
activos provenientes del narcotráfico y delitos conexos, etc., conforme a la
legislación de cada país signatario.
1.1.3. Coordinar
en zonas fronterizas las tareas de investigación y de inteligencia en materia
de tráfico ilegal de drogas y precursores químicos, propiciando el intercambio
de informativo a nivel horizontal entre los responsables de los organismos
competentes.
1.1.4. Ejecutar
en forma simultánea y coordinada, a través de los organismos responsables y en
las zonas fronterizas especialmente afectadas, operaciones sorpresivas de
control tendentes a la detección del tráfico ilícito de drogas y precursores
químicos.
1.1.5. Constituir
una red de comunicaciones de adecuado nivel de seguridad y de rápido accionar
entre los países signatarios, con sede en las unidades especializadas, a fin de
intercambiar información relacionada con: secuestros de drogas, precursores
químicos, detenciones de personas y toda otra información vinculada, cuya
acción o consecuencia pueda proyectarse en jurisdicción de otro país y que
permita, por parte del mismo, la adopción de medidas judiciales u operativas
oportunas.
1.1.6. Crear,
en los países signatarios en que aún no exista, un registro para el control
documental de toda persona física y jurídica, dedicada legalmente a la
importación, exportación y comercialización de precursores químicos,
supeditando tales datos a la posibilidad de consulta e intercambio con los
otros países.
1.1.7. Coordinar
por intermedio de los organismos competentes, el trabajo de las unidades
especiales de lucha contra el narcotráfico y delitos conexos, tendiendo a
perfeccionar el accionar de las mismas en operaciones simultáneas y
coordinadas, cada una dentro de sus respectivos territorios.
1.1.8. Confeccionar
e intercambiar (bimestralmente), entre los organismos competentes en la
materia, un informe de carácter reservado donde se consignen los procedimientos
llevados a cabo y los “modus operandi” observados (técnicas de ocultamiento y
traslados, caminos o vías utilizadas, origen cierto o probable de la droga,
etc.), excepto cuando las particularidades del mismo y/o la importancia que se
le asigne, determine la conveniencia de un intercambio puntual.
1.1.9. Buscar
los medios para que, en el menor plazo posible desde la vigencia del presente
Plan, se determine la ubicación, en cada país, de pistas de aterrizajes
clandestinas, laboratorios, plantaciones, centros de almacenamiento, rutas
clandestinas terrestres e fluviales, y todo otro dato de interés para la lucha
contra el narcotráfico y sus delitos conexos.
A partir de ello, la
información resultante deberá ser intercambiada y actualizada periodicamente
por parte de los organismos competentes.
1.1.10. Los
países signatarios deberán consensuar aquello que se entiende por precursores
químicos, cuando existan diferencias sobre la aplicación de las listas
acordadas en la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de
Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, teniendo especialmente en cuenta
los acuerdos que sobre la materia adopte la Comisón Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD).
1.2. TERRORISMO
· OBJETIVOS
Coordinar las
actividades de los organismos de la región competentes en la materia, para
lograr mayor eficacia en las medidas de prevención de actividades terroristas.
· ACCIONES
1.2.1. Elaborar,
en cada uno de los países signatarios, un “plan estratégico de reunión de
información”, destinado a detectar agrupaciones e individuos vinculados a
acciones terroristas, intercambiando periodicamente y en forma de resúmenes –
mediante todos los organismos competentes en la materia- toda la información
que pueda ser entregada sobre terrorismo y que sea de interés para los otros
países, a fin de garantizar la seguridad en toda la región.
1.2.2. Coordinar
procedimientos que permitan instrumentar una rápida colaboración entre los
organismos competentes de los países signatarios ante situaciones concretas de
riesgo terrorista.
1.2.3. Integrar
al “Sistema de Intercambio de Información de Seguridad del MERCOSUR, Bolivia y
Chile” la información relacionada con la accionar de agrupaciones y de individuos
vinculados con el terrorismo y sus acciones conexas.
1.2.4. Instrumentar,
en el menor plazo posible, un mecanismo ágil sobre pedido de antecedentes
relacionados con el terrorismo y “modus operandi” utilizados, a fin de
facilitar acciones preventivas y represivas oportunas.
1.2.5. Propender,
mediante el intercambio de experiencias y capacitación coordinada de técnicos y
especialistas con aportes provenientes de países afectados por el terrorismo, a
la optimización de las estrategias de los organismos competentes de los países
signatarios que permitan mejorar la profesionalización de los recursos humanos.
2. ASOCIACIONES ILÍCITAS
· OBJETIVOS
Coordinar las acciones
de los organismos de los países signatarios con competencia en la materia, para
incrementar la eficiencia y la eficacia de las acciones preventivas e
investigativas de delitos cometidos por asociaciones ilícitas que afecten la
región.
· ACCIONES
2.1. Instrumentar,
en el menor plazo posible, mecanismos de coordinación entre los organismos competentes
de los países signatarios que posibiliten la ejecución de acciones simultáneas,
que sean eficaces a la prevención y, eventualmente, para la neutralización de
actividades vinculadas con este tipo de ilícito.
2.2. Intercambiar
regularmente, en toda la región, informes acerca de organizaciones delictivas
que esten siendo investigadas o hayan sido desbaratadas en sus respectivas
jurisdicciones, (particularmente de organizaciones dedicadas al secuestro de
personas, robos a entidades bancarias, contrabando, falsificación de moneda,
tráfico ilícito de armas, municiones y explosivos, tráfico ilegal de órganos,
robo o hurto de vehículos, etc.), consignando “modus operandi” y todo otro
dato de interés que posibilite contar con una buena base informativa en cada
país.
2.3. Coordinar
la ejecución simultánea, por parte de las fuerzas competentes en cada país, de
patrullajes en zonas fronterizas, a efectos de prevenir o reprimir el accionar
de organizaciones delictivas asentadas en dichas zonas.
2.4. Incrementar
en toda la región, la colaboración y la cooperación por parte de los organismos
competentes en la materia, en base en un intercambio ágil y permanente de
informaciones relativas a pedidos de secuestro de automores o la decisión que
deja sin efecto a los mismos.
2.5. Instrumentar
en cada país signatario y en el más breve plazo posible, un mecanismo que
permita reforzar el control del origen de los automotores introducidos
ilegalmente en cada territorio, a fin de lograr mayor eficacia en la detección
de los vehículos sustraídos y su pronta restitución.
2.6. Procurar
la instalación, en zonas fronterizas de toda la región, de puestos para
verificación de automotores, a fin de detectar vehículos en situación
irregular.
3. DELINCUENCIA COMÚN
· OBJETIVOS
Contener el crecimento
de la delincuencia común, particularmente en los hechos de violencia asociados,
en base a medidas tanto coyunturales que muestren una respuesta del Estado al
fenómeno; así como estructurales tendentes a optimizar la acción preventiva e
investigativas.
· ACCIONES
3.1. Impulsar
operaciones coordinadas de seguridad y/o de control por parte de los
respectivos organismos juridisccionales con competencia en la materia, en las
regiones fronterizas de cada país signatario, con la finalidad de detectar y
reprimir la tenencia irregular de armas de fuego, inmigrantes clandestinos,
migraciones de personas con pedidos de capturas y todo otro ilícito de interés,
conforme la legislación vigente en las respectivas jurisdicciones.
3.2. Programar
a nivel regional campañas de difusión por intermedio de los medios de
comunicación social, de las medidas conjuntas adoptadas por los países
signatarios, en el ámbito de la seguridad regional.
3.3. Organizar
a nivel regional, un “centro de estudios sobre sistemas de prevención de la
criminalidad”, con el propósito de promover el desarrollo de estudios
interdisciplinarios que contribuyan a mejorar los mecanismos de prevención de
la criminalidad en los países signatarios.
3.4. Procurar,
ante a los organismos competentes en cada país signatario, la armonización de
la legislación penal, a fin de lograr una orientación común, a nivel regional,
en las políticas sobre criminalidad.
3.5. Implementar
un sistema de trabajo conjunto en toda la región, y especialmente, en las
zonas de fronteras, que permita con la debida celeridad, remitir al resto de
los demás países los datos filiatorios, morfológicos y fotográficos de
personas que estando involucradas en un proceso penal, hayan fugado - o
intentaren hacerlo - hacia alguno de los países signatarios.
4. TRÁFICO EN CORREDORES DEL
MERCOSUR
· OBJETIVOS
Acordar las bases,
ámbitos, principios, limitaciones y procedimentos de un sistema de colaboración
entre los países signatarios, destinado a racionalizar y optimizar los
controles en los corredores del MERCOSUR a fin de asegurar un desplazamiento
fluído; detectar ilícitos (en especial aquellos relacionados con el tráfico de
sustancias que puedan dañar el medio ambiente); prevenir accidentes; y asegurar
acciones de rescate eficaces en caso de que ocurriesen.
· ACCIONES
4.1. Coordinar,
en toda la región, los controles que realicen los organismos con competencia
en la materia sobre el transporte internacional de sustancias peligrosas que se
desplace por los distintos corredores regionales, a fin de mantener una
adecuada fiscalización durante su traslado, como asimismo posibilitar una
respuesta inmediata de los medios ante accidentes que pudieren ocurrir.
4.2. Establecer
en toda la región, un sistema de alerta y de comunicación permanente entre
los organismos de control del transporte (especialmente de sustancias
peligrosas) asentados en zonas de frontera, a fin de asegurar el cumplimiento
de las normas de seguridad en el tránsito y prevención de ilícitos.
4.3. Elaborar
un plan de contingencias comunes en los países signatarios, a fin de
estandarizar los modos de acción y cumplir con los objetivos fijados.
CAPÍTULO II
OPTIMIZACIÓN DE LOS MEDIOS
DE LOS ORGANISMOS VINCULADOS CON LA SEGURIDAD EN LA REGIÓN
1. CAPACITACIÓN
· OBJETIVOS
Procurar la
optimización, en el marco regional, de los sistemas de capacitación de los
organismos competentes en la seguridad regional, a fin de obtener una adecuada
nivelación en los recursos humanos y poder afrontar con idoneidad, las
amenazas a la seguridad.
· ACCIONES
1.1. Impulsar
estudios tendentes a regionalizar la capacitación de los funcionarios de los
organismos competentes, a fin de lograr un adecuado grado de preparación,
intercambiar experiencias y mejorar la coordinación en los procedimentos
simultáneos que se acuerden realizar.
1.2. Promover
la realización, a nivel regional de cursos, seminarios, congresos, jornadas,
etc., de carácter científico-técnico, con la participación de profesionales de
reconocida actuación en los ámbitos públicos y privados, y participar en
eventos similares que se realicen en cada país signatario o en otros, a fin de
obtener mayores conocimientos sobre terrorismo, narcotráfico, delitos
económicos, tráfico ilícito de armas, municiones y explosivos, lavado de
activos, tráfico ilegal de órganos, tráfico ilícito de precursores químicos y
en general toda otra materia vinculada con la seguridad regional.
1.3. Propiciar
a nivel regional el intercambio de experiencias y la capacitación conjunta de los
recursos humanos abocados a la problemática del terrorismo a fin de lograr una
adecuada interrelación entre los organismos competentes de los países
signatarios y una mayor especialización de sus integrantes.
1.4. Acordar
- por la vía que se considere más idónea - la capacitación de los recursos
humanos en la prevención, detección y manejo de situaciones conflictivas
vinculadas con el tráfico en los corredores del MERCOSUR, y, especialmente, en
temas relacionados con el transporte de sustancias peligrosas.
1.5. Intercambiar
conocimentos y experiencias entre los organismos de la región competentes en la
materia, sobre el perfeccionamiento de los sistemas de incorporación de
personal a fin de obtener un nivel de idoneidad adecuado y similar en el tema.
1.6. Intercambiar,
conocimientos y experiencias sobre mecanismos de control de gestión entre los
organismos de la región, que puedan ser aprovechados para perfeccionar el
sistema en los distintos países signatarios.
1.7. Incrementar
entre los organismos de los países intervinientees en el presente Plan, el
intercambio de personal en cursos regulares de formación general.
2. EQUIPAMIENTO
· OBJETIVOS
Propender a la
obtención del equipamiento adecuado, suficiente y de aceptable desarrollo
tecnológico que permita incrementar la capacidad operativa de los organismos
competentes en la materia de seguridad en la región.
· ACCIONES
2.1. Impulsar
estudios en cada país para la homogeneización del equipamiento de los
organismos competentes en materia de seguridad, a fin de facilitar la
ejecución de acciones coordinadas y simultáneas.
2.2. Realizar
en forma conjunta estudios que permitan demostrar la conveniencia, para los
organismos competentes en la materia, de acceder a un equipamiento similar y
acorde con las actividades operativas a desarrollar, como también, la necesidad
de compatibilizar los equipos informáticos y los medios de comunicaciones.
2.3. Desarrollar
actividades compartidas de experimentación de nuevos equipamientos, a fin de
compatibilizar su utilización y obtener una adecuada estandarización.
CAPÍTULO III
AREAS PRIORITARIAS DE COOPERACIÓN
1. ZONAS DE FRONTERAS
· OBJETIVOS
Favorecer
mediante la implementación de políticas de seguridad adecuadas en las zonas de
fronteras, la ejecución de los planes de desarrollo y de integración que lleven
adelante los países signatarios.
· ACCIONES
1.1. Coordinar,
en todas las zonas fronterizas, las acciones conducentes a maximizar la
eficiencia de los mecanismos de control existentes, que permitan la adecuada
prevención y la eventual represión ilícitos.
1.2. Incrementar
la interrelación de los organismos de frontera de los países signatarios, a
través del intercambio de observadores o enlaces, para posibilitar la
aquisición de experiencias compartidas respecto de los procedimientos o
acciones que se lleven a cabo en cada uno de ellos.
1.3. Incentivar
el intercambio permanente de información en lo referente a pedidos de capturas,
expulsados, impedimentos, radicaciones y visas concedidas o denegadas a
extranjeros extra-MERCOSUR a través del “Plan Sistema de Intercambio de
Informaciones de Seguridad del MERCOSUR, Bolivia y Chile”, a fin de mantener
actualizados los registros que correspondieren a cada zona fronteriza en
particular.
1.4. Ejecutar
periódicamente en forma coordinada y simultánea, en las zonas fronterizas,
patrullajes terrestres, fluviales y/o lacustres (incluso sus costas), a efectos
de prevenir o reprimir, todo tipo de actos ilícitos.
Dicha
tarea deberá ser debidamente coordinada y consensuada entre los países
limítrofes a fin de obtener un procedimento operativo adecuado.
2.
PASOS FRONTERIZOS
·
OBJETIVOS
Optimizar o sugerir -según el caso- a los
organismos competentes, las acciones de coordinación de seguridad
interfronterizas en los pasos a fin de agilizar las actividades de control que
se desarrollan y ofrecer un adecuado servicio a las personas que transitan por
ellos.
·
ACCIONES
2.1. Realizar
acciones que favorezcan aumentar la cantidad de Pasos Integrados de Fronteras
entre los distintos países signatarios, a fin de permitir su instalación en
aquellos lugares o zonas donde aún no los hubiere.
2.2. Ejecutar
en forma simultánea en los pasos fronterizos, por intermedio de los organismos
competentes en la materia, controles extraordinarios de ingreso y egreso a fin
de lograr un efecto preventivo y disuasivo de las actividades ilícitas en
dichos lugares.