Detalle de la norma RE-562-1999-SENASA
Resolución Nro. 562 Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Organismo Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Año 1999
Asunto Registro de Productos Fitosanitarios en la República Argentina
Boletín Oficial
Fecha: 16/06/1999
Detalle de la norma

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of 

Resolución Nº 561

02/06/1999

Fecha:

 16/06/1999

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

Dependencia:

RE-561-1999-SENASA

Tema LOA:

 522

Tema:

SANIDAD VEGETAL

Asunto:

Extiéndese el plazo previsto por la Resolución Nº 440/98-SAGPA, mediante la cual se aprobó el "Manual de Procedimientos, Criterios y Alcances para el Registro de Productos Fitosanitarios en la República Argentina".

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

-

VISTO el Expediente Nº 5746/99 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, la Resolución Nº 440 del 22 de julio de 1998 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 440 del 22 de julio de 1998 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, se determinó un plazo de 180 (CIENTO OCHENTA) días a partir de su vigencia para que los establecimientos comprendidos en el Capítulo 9 se registraran en cumplimiento a dicha norma.

Que resulta necesario compatibilizar fechas de vencimiento de diferentes trámites a los efectos de prestar un servicio más ordenado y eficiente.

Que con ese objeto es procedente extender el plazo para el registro de establecimientos.

Que corresponde ratificar fechas de vencimiento de reinscripciones en el Registro Nacional de Terapéutica Vegetal.

Que el Consejo de Administración de este Organismo, se ha expedido favorablemente sobre el particular.

Que atento la proximidad de las fechas de vencimientos, previstos en la resolución, resulta conveniente la intervención del suscripto, con posterior ratificación del señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en el virtud de lo dispuesto en el artículo 8º, inciso m) del Decreto Nº 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA RESUELVE:

Artículo 1º — Extiéndase el plazo de vencimiento para el registro de establecimientos alcanzados por la Resolución Nº 440 del 22 de julio de 1998 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION al 30 de junio de 1999.

Art. 2º — Fíjase como fecha de vencimiento de reinscripción en término de productos fitosanitarios en el Registro Nacional de Terapéutica Vegetal al 30 de junio de cada año.

Art. 3º — Fíjase como fecha de vencimiento de reinscripción fuera de término de productos fitosanitarios en el Registro Nacional de Terapéutica Vegetal al 30 de noviembre de cada año.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Luis O. Barcos.

 

 

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Modifica RE-440-1998-SAGPA Prórroga Plazo registro establecimientos