Detalle de la norma AV-24-2002-DGA
Aviso Nro. 24 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2002
Asunto Modificaciones a la posición arancelaria. Autoliquidación LM CUE
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Aviso n° 24 20/09/2002 Fecha:  
 
Dependencia: AV-24-2002-DGA
Tema: Norma no publicada en los Boletines de la DGA
Asunto: Aviso 10/02 (DI TECN) Modificaciones a la posición arancelaria 4104.19.40 implementadas por el Decreto 690/02
 

BUENOS AIRES, 20 SET 2002

Visto lo dispuesto mediante el Aviso mencionado en el Asunto y,

CONSIDERANDO: que con la entrada en vigencia de la Resolución General AFIP 1342 se ha dejado sin efecto la Declaración Jurada (DEJU), se informa que a los fines de registrar las destinaciones de exportación para consumo de las mercaderías en cuestión corresponde utilizar la Autoliquidación denominada LM-CUE, aplicando sólo el porcentaje de derechos de exportación que surje de la excepción referida en el Aviso citado.

Queda bien entendido que la responsabilidad del exportador por el pago de los derechos de exportación emergentes del Decreto 690/02, subsistirá hasta que la Dirección de Promoción de las Exportaciones dé cumplimiento a lo establecido en su Nota Nro 270/02 recaída en el expediente ADGA N? 409.843/02.

Por lo expuesto queda sin efecto lo establecido en el Aviso N?10/02 (DI TECN).

Publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas.

Firmado:

Pedro Girondin

Director de Técnica

 
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona RE-269-2001-SCOME Autoliquidación LM CUE p/exportación