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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 5519 |
19/06/2009 |
Fecha: |
25/06/2009 |
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Dependencia: |
RE-5519-2009-ONCCA |
Tema: |
INDUSTRIA LACTEA |
Asunto: |
Autorízase el pago de compensaciones. |
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VISTO el Expediente Nº S01:0239543/2009 del Registro del
MINISTERIO DE PRODUCCION, y |
CONSIDERANDO |
Que
mediante
la Resolución
Nº 2872 de fecha 1 de abril de 2009 de
la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, se autorizó el pago a la firma TINAS DEL
SUR S.A., por la suma total de PESOS TRESCIENTOS DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA
Y UNO CON TREINTA Y UN CENTAVOS ($ 302.381,31). |
Que
dicho pago se efectuó en concepto de la compensación establecida por las Reso 2007 y 40 de fecha 25 de enero de 2007, ambas del
entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y 1984 de fecha 13 de julio de
2007 y su modificatoria, ambas de la citada Oficina Nacional. |
Que
la liquidación abonada corresponde al OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) del
importe calculado, el cual consiste en la suma de PESOS CERO CON QUINCE CENTAVOS
($ 0,15) por cada litro de leche cruda destinada a elaborar productos lácteos
para su comercialización en el mercado interno. |
Que
la firma solicitante cuenta con informe favorable de
la SECRETARIA DE
COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS respecto del
cumplimiento de las pautas de precios internos acordados con el Gobierno
Nacional. |
Que
el Area de Lácteos de
la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ha constatado los extremos requeridos por
el Artículo 9º y concordantes de la mencionada Resolución Nº 1984/07,
conforme surge del informe técnico obrante a fojas 16/22. |
Que
la Coordinación Legal y Técnica de la aludida
Oficina Nacional, no ha presentado objeciones a la continuación del trámite. |
Que,
en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de la diferencia
entre el OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) abonado mediante la citada
Resolución Nº 2872/09 y la liquidación final resultante. |
Que el suscripto es competente para el dictado de la
presente medida en función de lo dispuesto por el Decreto Nº 1067 de fecha 31
de agosto de 2005 y por las Resoluciones Nros. 9 de
fecha 11 de enero de 2007, 40 de fecha 25 de enero de 2007, y 435 de fecha 26
de junio de 2007, todas del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y
1984 de fecha 13 de julio de 2007 y su modificatoria ambas de
la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO. |
Por ello, |
EL PRESIDENTE DE
LA OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE: |
Artículo
1º — Apruébase la diferencia de compensación a la
firma TINAS DEL SUR S.A., C.U.I.T. Nº 30-70963845-
5, C.B.U. Nº 3300512415120002136085 por la suma total de
PESOS CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UNO CON CUARENTA Y UN
CENTAVOS ($ 53.361,41) resultante de la liquidación final y el OCHENTA Y
CINCO POR CIENTO (85%) percibido mediante Resolución Nº 2872 de fecha 1 de
abril de 2009 de
la
OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO. |
Art. 2º — Autorízase el
pago de la compensación consignada en el Artículo 1º de la presente medida, a
la firma TINAS DEL SUR S.A., C.U.I.T. Nº
30-70963845-
5, C.B.U. Nº
3300512415120002136085 por la suma total de PESOS CINCUENTA Y TRES MIL
TRESCIENTOS SESENTA Y UNO CON CUARENTA Y UN CENTAVOS ($ 53.361,41). |
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Emilio Eyras. |
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